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Preguntas más frecuentes acerca de la normativa laboral 2012.

16 de abril de 2012

 

Siempre la legislación laboral ha suscitado muchas dudas pero tras la reforma laboral las mismas se han incrementado considerablemte.

Hemos podido apreciar que muchas de esas cuestiones son generales en muchas de las personas que se acercan a este espacio por lo que, hemos decidido dedicar uno de nuestros post a resolver las preguntas más frecuentes:

Si me modifican el horario de trabajo, ¿tengo derecho a rescindir el contrato?

Si las modificaciones que se llevan a cabo están amparadas en el art. 41 del Estatuto de los Trabajadores existe el derecho por parte del trabajador para solicitar la rescisión de su contrato de trabajo. Esta rescisión lleva aparejada una indemnización de 20 días de salario por año de servicio con un máximo de 9 mensualidades.

¿Qué hay que alegar para poder solicitar esa rescisión?

Simplemente hay que decirle al empresario que las modificaciones que ha llevado a cabo nos crean un perjuicio. No es necesario acreditar ese perjuicio en el cuidado de hijos ni nada por el estilo.

¿Tengo derecho a desempleo si rescindo mi contrato?

Si rescindimos el contrato en base a las dichas modificaciones sustanciales de contrato y hemos generado derecho a la prestación por desempleo, con el correspondiente certificado de empresa tendremos suficiente para poder solicitar la prestación. La explicación de que en este caso se pueda disfrutar de prestación por desempleo cuando en teoría ha sido el trabajador el que ha decidido rescindir su contrato, simplemente es que se da esta opción al trabajador para que el empresario no pueda «abusar» de las modificaciones con la intención de «putear» al trabajador para que este acabase solicitando la baja voluntaria de la empresa.

¿Me pueden despedir con un despido improcedente?

Con la Reforma Laboral introducida por el RD 3/2012 se suprimió el denominado despido expres por el que el empresario directamente reconocía la improcedencia del despido pagando una indemnización de 45 días de salario. Ahora mismo, esa opción no es posible, los despidos que se realicen tienen que estar basados en alguna de las causas objetivas (disminución del rendimiento, disminución de ventas, faltas injustificadas al trabajo…) o en ERE. Si al recibir la carta de despido el trabajador cree que las razones que expone el empresario no son justificativas para realizar ese despido entonces deberá acudir a un juez para que éste decida sobre la justificación o no de las causas y determine la procedencia o no del despido.

¿Si me doy de baja me pueden despedir?

La Ley establece que se entenderá como una falta injustificada al trabajo las faltas de asistencia al trabajo, aún justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses. Ese porcentaje se refiere, aproximadamente a 9 días en dos meses consecutivos, sea cual sea la causa de la baja y aunque sea la primera vez en 20 años que os dais de baja, si el empresario quiere efectuar el despido lo hará.

He oído que me pueden contratar con un año de prueba, ¿eso es así?

La reforma ha creado una nueva figura contractual, Contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores, es un contrato que podrán efectuar pequeñas y medianas empresas de menos de 50 trabajadores y que tiene como característica principal el hecho de ser un contrato consignado por duración indefinida y que tiene un período de prueba de un año de duración, sea cual sea el grupo profesional del trabajador. No sé si muchos empresarios decidirán hacer este tipo de contrato que tiene como ventaja que durante ese período de prueba tan largo las extinciones de contrato no tendrán ningún tipo de gasto asociado puesto que no hay que indemnizar al trabajador pero tiene por contrapartida el hecho de que la empresa que, en los seis meses anteriores a la celebración del contrato, hubiera realizado extinciones de contratos de trabajo por causas objetivas declaradas improcedentes por sentencia judicial o hubiera procedido a un despido colectivo no podrá realizar este tipo de contrato.

882 comentarios

  1. Soy auxiliar administrativa y hago contabilidad, impuestos, nominas… y me quieren cambiar a otra dirección de trabajo (a una inmobiliaria), con otro horario y, logicamente, con otras funciones que no hago ahora. Tengo una situación dificil con mi jefe, ya que intenta que me vaya para no pagarme la indemnización, pero me he informado que puedo rescindir el contrato (llevo 5 años) y tendria paro e indemnización de 20 dias por año trabajado con maximo de 9 meses. La cuestión es que, tanto su notificación como la mia tiene que ir muy bien explicado para que el inem no la eche para atrás y la considere baja voluntaria. ¿que pasos tengo que seguir? ¿estoy bien informada? agradezco todo tipo de información.


    • Hola Mayte,

      La ley dice que para que puedas rescindir tu contrato con derecho a indemnización y prestación por desempleo debes sufrir un grave perjuicio al modificarse tus condiciones de trabajo, es decir, que por ejemplo el cambio de centro de trabajo te implique un cambio de residencia o que el horario haga imposible la conciliación de tu vida laboral y personal.
      Es una cuestión un tanto peliaguda ya que los servicios de empleo son los que tienen la potestad para decidir si te conceden o no la prestación por desempleo por ser las razones que alegadas suficiente perjuicio.


      • La dirección del centro de trabajo es distinta pero en la misma localidad, el horario que me van a poner es comercial… ahora trabajo de 9:00 – 14:00 y de 15:00 – 18:00, de la otra manera es partido y termino a las 20:30 … trastorno me hace, pero poder demostrarlo…. bufff que lio
        gracias


      • perdona, otra cosita… eso en cuanto al desempleo, pero hay algun problema con la indemnización?? tambien tengo que demostrar el perjuicio…


      • En algunas ocasiones las empresas no ponen «pegas» en cuanto al perjuicio pero la ley indica que tiene que existir ese perjuicio por lo que lo debes indicar si la empresa lo solicita y ésta puede decir que no existe si no quiere que rescindas el contrato al entenderse una baja voluntaria en cubierto.


  2. Hola, mi empresa me ha trasladado a trabajar a Alemania por una temporada. Otros compañeros que trabajan por otras empresas les están aplicando el IRPF Alemán, que es mucho más elevado que el Español, por ser una estancia superior a 6 meses. En mi empresa nos están quitando de IRPF como si estuviera trabajando en España. Mi pregunta es ¿si supero la estancia de 6 meses, tengo que cotizar por Alemania? ¿tendría que pagar los atrasos? ¿es la empresa la que tiene que regular mi situación? y so no lo hace ¿soy yo la que tiene que hacer frente a una posible sanción en la declaración de la renta del año que viene?. Son muchas preguntas porque no me han explicado nada de nada. Simplemente me dicen que mi cotización es española y nada más. Pero me preocupa el tema bastante y estoy pensando en volverme antes de superar el periodo de 6 meses. Un saludo


    • Hola Maica,

      No soy una experta en temas fiscales pero si estás trabajando de manera temporal en Alemania para una empresa española debes tributar en España. Si n algún momento llegado el caso debieses tributar en Alemania por tener una estancia larga, debes cambiar tu domicilio fiscal a Alemania y en ningún caso debes pagar ningún tipo de atrasos ya que entre España y alemania hay un acuerdo tributario por el que se evita tener una doble tributación, es decir que únicamente pagarás el IRPF en uno de los dos paises.


  3. hola otra vez , com ya comente anteriormente, el 24 de abril termino de cobrar la paga de 426 euros, tngo una hernia discal con un 35 % de discapacidad, estoy en lista de espera para q me operen, tambien soy madre soltera, no puedo trabajar, tengo ansiedad y depresion desde ace muxos años, por favor, podria informarme si voy a seguir cobrando la paga, u otro tipo de de paga, ayudenme


    • Hola Patricia,

      Ya contestamos tu comentario anterior indicando como funcionaban las prórrogas de los subsidios. Ahora ya no podemos hacer más, deberás ir a los servicios de empleo para que sean ellos los que te indiquen si tienes derecho a una prórroga del subsidio.


  4. Hola muy buenas,

    LE expongo mi caso: llevo trabajar do 4 años en una empresa como comercial y me acaban de despedir. Me comentan que el motivo es que no salen las cuentas, porque a pesar de que la empresa declara haber crecido en ventas u. 26% y mi volumen de ventas sea superior al ejercicio anterior en unos 60.000 euros, me dicen que mi cuenta de explotacion da un resultats negativo, y que acumulan perdidas durante el primer trimestre y que Tienen que prescindir de alguien.

    Yo sinceramente creo que esto no es cierto, que los números salen ( tampoco tengo acceso a ellos ni me los han ensenado) pero que quiza mi perfil no encaje con la nueva orientación hacia la exportación de la empresa.

    Me ofrecen los 45 dias por Año y todo en regla, pero el argumento que esgrimen no es cierto ni justo.

    Tendria derecho a reclamar algo mas?

    Gracias,


    • Si ya te han pago 45 días reconociendo así la improcedencia del despido no hay más que reclamar ya que no se ha violado ningún derecho fundamental.


  5. HOLA ME LLAMO LOREDANA TENGO 33 ANÑOS Y LLEVO TRABAJANDO EN UN RESTAURANTE 5 AÑOS.RESULTA QUE EN LOS ULTIMOS 2 AÑOS NO ME PAGAN AL TIEMPO Y CADA MES QUE PASA NOS PAGA CON UN MES DE RETRASO,TAMBIEN ME DEBEN UNAS VACACCIONES DE HACE 5 AÑOS TAMBIEN DE UN AÑO SIN NINGUN TIPO DE VACACIONES LEVO CASI SIN COBRAR 3 PAGAS EXTRAS,TAMBIEN TENGO UN CONTRATO COMO AYUDANTE DE COCINA Y ME OBLIGAN TRABAJAR DE COCINERA Y AYUDANTE DE COCINA TRABAJO SOLA EN LA COCINA. LE PIDO MIS DERECIOS Y ME TRATAN MUY MAL CUANDO SE LO PIDO ,NO SEY QUE HACER PARA PODER SALIR DE ACHI PARA PODER COBRAR LO QUE ME DEBEN ,NECESITO SU CONSEJO PARA PODER TOMAR DECISIONES ANTES DE LIAR LA COSA PEOR ,MUCHAS GRACIAS


    • Indicarte antes de nada que únicamente puedes reclamar salarios de un año, los anteriores han prescrito, es decir que no podrás solicitarlos. Con las vacaciones pasa lo mismo, las de hace cinco años no tienes opción de reclamarlas.
      La legislación te permite poder solicitar una rescisión del contrato con la indemnización correspondiente en caso de retrasos continuados en el abono de los salarios. Para ellos debes acudir primero al tribunal de arbitraje y conciliación correspondiente y si no llegas a un acuerdo debes acudir a jucio.
      Esta es la fórmula correcta para poder defender tus derechos.


  6. hola, estoy cobrando la paga de los 426e, me dijeron que la cobraria durante 3 años en 11 meses cada 1, tengo una minusvalia de un 35% porque tengo 1 hernia discal y no puedo trabajar. el 24 de abril termino el primer año, pero me han dicho que ya no la puedo cobrar mas, me pueden decir si puedo o no seguir cobrandola? Gracias.


    • Hola Patricia,

      Sin conocer tus circunstancias personales no puedo saber si puedes o no cobrar ese subsidio durante mas tiempo o si tienes derecho a percibir una prestación de incapacidad permanente.
      indicarte que los subsidios por desempleo tienen como máximo una duración de 18 meses prorrogable 6 meses más por lo que si te indicaron que la duración sería de 3 años es una equivocación.


  7. buenas noches : tengo una consulta yo trabajo en una empresa terciarizada, una empresa me contrato por contrato a termino 3 meses y me hecho ,me tienen que pagar despido ? les paso mi correo para que me contesten christian16_88@hotmail.com saludos y gracias


    • Si se trata de un fin de contrato únicamente deben abonarte la parte proporcional de vacaciones devengadas y no disfrutadas y la proporción de pagas extraordinarias.


  8. Hola , quisiera saber si tengo de dar al jefe los 15 dias por irme yo del trabajo,es que tengo otro trabajo mejor y tendria que empezar enseguida
    Gracias


    • Si no das el preaviso el empresario puede sancionarte económicamente.


  9. Buenos dias, el pasado 21/01/2013 me dieron de alta en una empresa, firme el contrato pero no me dieron copia con lo cual no me fije de cuanta duracion era el contrato, pues bien mi periodo de prueba acababa el dia 21/01/2013 y el dia 23/02/2013 me dijeron verbalmente que ya no iba a trabajar mas desde ese dia pero que no me iban a dar de baja hasta el dia 28/02/2013, al ir al paro me han dicho que todavia estoy dado de alta, le he solicitado copia del contrato y los papeles de la liquidacion y certificado de empresa y me han dicho que no me lo dan hasta que no me den de baja y por como me he puesto me han dicho que para que ni ellos ni yo tenga ningun problema que si la quiero ya me tiene que dar de baja desde el dia 21/02/2013 que aun estaba de prueba pero yo le he dicho que no que me la den desde el 23/02/2013 ya que es hasta cuando fui a trabajar, ni ayer ni hoy he ido al trabajo porque asi me lo han indicado y me han aconsejado que para que no me puedan echar por faltar ya que estoy dado de alta todavia vaya al medico y me coja la baja…no se que hacer es la primera vez que paso por esta situacion y no se exactamente que es lo que hay que hacer o a donde ir ni siquiera que pedir, prodriais ayudarme??
    Gracias


    • Hola David,

      Si te han dicho que no vayas más a trabajar es conveniente que lo solicites por escrito, es decir, que te den un papel en el que digan que tienes un permiso retribuido del día tal hasta el día tal. Lo de ir al médico a pedir una baja no tiene mucho sentido ya que igualmente la baja debes entregarla a la empresa.
      Para que puedas ir a solicitar la prestación por desempleo deberán darte el certificado de empresa y es obligatorio que te lo den, si no puedes denunciarlos.


  10. Hola,Tengo un contrato 401, por fin de obra el cual finaliza el 22/sep/13. me figura en el contrato de trabajo, una obra antigua en la que no estoy actualmente. ya que es una empresa de servicios y ahora estoy en otra obra que no está reflejada en el contrato, está en fraude de ley el contrato? ya que me fgura la obra antigua todavia. cuantos dias me corresponden hasta la finalización del contrato, en caso de despido? me tienen que avisar con tiempo el despido?
    Firmo ó no la carta de despido?
    Muchas gracias, por vustra atención
    Un saludo


    • Hola Jose,

      Por lo que comentas puede ser que el contrato sea en fraude de ley pero eso no impediría que te despidieran de forma objetiva.
      Tendrás que reclamar si te indican que se produce un fin de contrato en lugar de un despido.


  11. Hola buenos días.

    Mi nombre es Susana.

    Trabajo en un hipermercado 12 horas semanales de cajera.
    Mi contrato es de 6 meses, se terminaría a principios de mayo.
    Me he enterado por otras fuentes que me van a despedir, la empresa aún no me ha dicho nada y esto son conjeturas, aunque es fiable quien me lo ha dicho.
    Los motivos son que una empleada, que estaba de baja maternal se incorpora, la chica a la que habían ampliado a 30 horas la vuelven a pasar a 12 horas, con lo cual yo sobro.
    Mi contrato no era por la baja de esa chica, era de 6 meses y punto.

    Me gustaría saber como reaccionar cuando me lo digan, que hacer y si tengo derecho a algo.

    Supongo que este fin de semana será el último que trabaje, pero como ya he dicho, en teoría son suposiciones, pero no me gustaría me cogiera desarmada.

    Creo que no me tienen que avisar con ningún tipo de antelación.

    Un saludo y muchas gracias por su atención.


    • Hola Susana,

      Si simplemente son rumores lo de tu despido lo mejor sería no hacer caso.
      Si se efectuase el mismo antes de que el contrato tempral llegase a su fin indicarte que deberían indemnizarte con 20 días de salario por año de servicio en la empresa.
      Si es un despido lo normal es que preavisen, si no lo hacen incluirán en el finiquito el período de preaviso.


  12. Si tengo un contrto fijo 40h pueden bajar 35h? Tienen k indenizarte los 6 años a 40/ h hacer un contrato nuevo35 h? O como va esto?


    • Te recomiendo que leas nuestro post titulado ERTE y modificaciones de horarios, en él encontrarás respuestas a todas tus preguntas.


  13. Quisiera saber si mi empleador modifica el contrato de trabajo, cambiando el horario jornada laboral y ademas rebajando el valor de los bonos q se entregan con motivo de meta , rebajando asi mi salario mensual en casi un 50%. Que pasa si yo me opongo a firmar ese nuevo ntrato la empresa me puede despedir , o tomarlo como unar enuncia que es lo que se nos esta indicando en la empeesa y que por lo tanto nos iriamos sin dinero, que aolo nos pagarian los dias trabajados


    • Para aclarar tus dudas te recomiendo que leas nuestro post acerca del ERTE y modificaciones de los horarios además de los comentarios ya que resuelven tus mismas dudas.


  14. HOLA: queria saber q pasa si firmo los papeles del paro sin haber cobrado, haciendo le firmar a la empresa un papel en el cual yo pongo q no he recibido nada …..xq el me habia dicho q me paga durante la semana….mi sueldo del mes de enero q me falta otra parte x cobrar y 17 dias del mes de febrero mas la indennizacion, porq me habia dicho q el 60% me paga el y el 40% me paga fogasa.
    podria yo reclamar en caso q el me llegue a pagar con el papel q le haga firmar a el….


    • Indicarte que los papeles que le hagas firmar al empresario diciendo que te debe dinero no son válidos en derecho, es decir, no valen nada si es que has firmado un finiquito como que estabas conforme y además transcurren 20 días hábiles desde que se produjo el despido.


      • MUCHAS GRACIAS


  15. Hola, soy Elena:
    Te agradeceria mucho pudieras ayudarme, verás estoy próxima a jubilarme en Julio y mi empresa ha presentado un ERE de extinción colectivo, nos debe más de 4 meses de salarios. Estamos en una concursal, el administrador dice que nos hará un certificado de deuda para que nos pague Fogasa, ya que la empresa es insolvente.
    MI pregunta es , ¿puede perjudicarme mi edad para cobrar los salarios de tramitación y la indemnización?
    Muchas gracias por atenderme. Un saludo


    • Hola Elena,

      La edad no es ningún impedimento para que te paguen lo que es tuyo, es decir, si has trabajado esos períodos de tiempo que te deben te los van a pagar independientemente de la edad que tengas.


  16. Hola, tengo una empleada de hogar mañana y tarde pero a partir de ahora solo me hara falta por las tardes ,quisiera sabercon cuanto tiempo le tengo que avisar ,si tengo que pagar lo mismo a la seguridad social,tema vacaciones cuanto le corresponde.Gracias


    • Hola María,

      Las cuotas a la seguridad social dependen del salario que reciba la empleada de hogar, supongo que si a partir de ahora trabaja menos le pagarás menos.
      Las vacaiones son las mismas que si estuviese a jornada completa, es decir, 30 días al año.


  17. Hola, mi problema es el siguiente, he ido hoy al inem a solicitar el paro, he entregado todos los papeles y me he encontrado con la sorpresa de que a la empresa se le ha olvidado darme de baja, el certificado de empresa que se ha quedado el inem pone que acabé el 31.1.13, me han dicho que mi empresa me tiene que dar de baja pero he llamado al gestor que se encarga de estos temas y me dice que en todo caso me da de baja otro dia para que entre en el período que ellos tienen para hacerlo, yo quiero saber si esto me va a perjudicar en algo ya que el inem se ha quedado el certificado de empresa a la espera de que me den de baja para tramitar la prestación, que puede pasar? Estoy perdida, muchas gracias


    • Lo único en lo que te puede perjudicar esta acción por parte de la empresa es que estarás más tiempo sin poder cobrar, pero el tiempo que continues de alta es tiempo que después te va a sumar para la prestación por desempleo.


  18. Hola mi consulta es la siguiente.Llevo 20 años trabajando en la misma empresa.Ahora nos comunican que ademas de quitarnos las comisiones nos van a pagar las pagas prorrogateadas.Hay algo que se pueda hacer para impedir estos cambios?En caso de no aceptar estas condiciones me corresponderia indemnizacion?Y paro?. Muchas gracias


    • El único medio del que dispones para impedir esas medidas es interponer una demanda ante los juzgados de lo social por entender que no hay justificación para imponer esas medidas.
      Tienes opción de solicitar la rescisión indemnizada de tu contrato por causarte esas modificaciones un grave perjuicio pero no creo que se aceptase la rescisión por ese motivo y en caso de que se acptase no creo posible que te aceptasen una prestación por desempleo.
      En el blog encontrarás varios post y comentarios en referencia a este mismo tema y que posiblemente te ayuden a aclarar tus dudas.


      • Muchas gracias por tu ayuda.Un saludo


  19. HOla mira no estoy trabajando ni tengo paro ni ayuda tuve un acidente esta fracturada mi muñeca yo quisiera saber si puedo solicitar la baja medica por enfermedad .


    • No necesitas ninguna baja médica y no te la van a dar por no estar incluida dentro del sistema de la seguridad social.


  20. Hola, necesito consejo urgente. Llevo 4 meses trabajando con el contrato de un año de prueba en una empresa. Quiero marcharme porque una de los jefes trata fatal a las empleadas: gritos, humillaciones, llamarte «mentirosa», etc., y luego habla como si no hubiera pasado nada. La ansiedad a la que estoy sometida me está afectando al rendimiento laboral y a mi salud. La última vez que renuncié a un trabajo fue en el 2011 porque me cambiaba a otro, y desde entonces he estado trabajando. ¿Podría tener derecho a paro? ¿Qué debo hacer?
    Gracias


    • No, en caso de baja voluntaria, incluso en períodos de prueba no genera derecho a percibir una prestación por desempleo.


      • Gracias por la respuesta.


  21. Hola me pongo en contacto con vosotros ya que tengo algunas dudas tengo un contrato fijo llevo año y medio trabajando en la empresa estoy embarazada yme van a despedir por que no puden cubrir los gastos que requiere la maternidad como la baja y el contratar a otra persona para que cubra mi puesto mientras estoy de baja quiero saber siesto es legal por que nunca me habia visto en una cituacion asi y tampoco tengo idea el paro que me corresponde grasias espero vuestra respuesta


    • No sé muy bien en qué va a basar la empresa tu despido, si puede fundamentar tu despido en causas económicas entonces será un despido procedente pero por los datos que me has indicado creo que más bien se trata de un despido nulo.
      Debes acudir a un Gradudado Social.


  22. Buenas espero alguien me pueda ayudar,me explico:yo llevo casi una década en mi trabajo en el sector de la hostelería (comida rápida) y me gustaría pedir una excedencia ,paa trasladarme de lugar de residencia. Podría trabajar en el mismo tipo de trabajo pero en una empresa diferente?.espero ayuda gracias


    • Si, no hay ningún impedimento mientras no hayas firmado ninguna cláusula de incompatibilidad con la empresa que te concede la excedencia.


  23. Buenas tardes, tengo una situación muy incomoda en el trabajo. Me estan haciendo «moving» para que deje mi puesto actual bajo un contrato indefinido. He tomado la decision de irme. El proceso son 15 dias de notificación. Me gustaría saber si:
    – Son 15 dias laborales o naturales?
    – Cuando entregue mi notificación, a partir de cuando empieza a contar?
    – Que ocurre con mis vacaciones de 2013? Me las pagarían o debo cogermelas?
    – Tengo derecho al cobro del paro si resigno de mi contrato?
    – Podría optar por recibir el paro en otro pais EU?

    Muchas gracias,
    David


    • Si es baja voluntaria no tienes derecho a recibir una prestación por desempleo.
      Es en el convenio de trabajo donde se indica si el preaviso es de días naturales, laborales o hábiles.


  24. Hola soy Emilia,
    Te expongo mi caso, en Julio me podré jubilar por la edad, de momento la empresa que está en una concursal, la administradora ha presentado un ERE de extinción para toda la plantilla, somos 26,llevo trabajando en esta emopresa más de 37 años.Mi pregunta es, al despedirme tan cerca de la jubilacion, FOGASA me indemniza a 20 días por año, máximo una anualidad? y me paga al doble de SMI hasta 120 días por salarios no percibidos?. Otra pregunta es, ante la presprectiva de nuevas normas para la jubilación en Abril , crees que me conviene jubilarme en cuan to aprueben lo del ERE que se supone tardará sobre 1 mes, o me conviene esperar. Muchas gracias


    • Hola Emilia,

      Creo que lo mejor será que te jubiles cuando llegue el momento. Yo no tengo conocimiento de ninguna reforma de las pensiones en Abril, puede ser que no me haya enterado… Por la reforma de las pensiones que entró en vigor en Enero de 2013 tienes derecho con los datos que me has ofrecido a jubilarte.
      Independientemente de que te jubiles o no si FOGASA te tiene que abonar algún tipo de indemnización lo hará respetando los límites legales. La jubilación no es impedimento para que no puedas solicitar los salarios o indemnizaciones devengados y no percibidos.


  25. Hola soy medico en una mutua en españa y mis jefes casi sistematicamente me hacen rechazar casos en mi opinion laborales, ademas los informes medicos que me solicitan los pacientes previamente son revisados por ellos, haciendome eliminar informacion que segun ellos es muy completa para el paciente.
    He cuestionado dichas conductas y me han dicho que debo seguir ordenes y no cuestionar.
    Me dicen madre teresa u ONG por las bajas que emito.
    Manifiestamente me dijeron que no era el tipo de medico que querian en la compañia.
    Llevo más de un año soportando estas conductas y no renuncio porque necesito el empleo,
    Tengo pruebas de dichas vulneraciones contra los pacientes e incluso contra mi.
    Puedo denunciarlos pero continuando en la empresa? no quiero que estas practicas continuen y me he revelado varias veces, inclusoo ya hable con el sindicato pero no me fio mucho.
    Deberia denunciar en el juzgado social? para reclamar una indemnizacion por coaccionarme? vulnerar mi derecho a libre exprresion? y vulneracion de derechos de los pacientes?
    Gracias.


    • Hola Jordi,

      Creo que más bien se trata de un asunto penal al no dejarte ejercer libremente y aplicar tu código deontológico.
      Puede ser que una vez que tengas una sentencia penal pudieses acudir por la jurisdicción social a la rescisión indemnizada de tu contrato.

      Creo que deberías consultar con un abogado penalista.


      • Ok.
        Gracias.


  26. Hola, quisiera saber lo siguiente: acabo de entrar a una compañia algo grande en el ramo de consultoria, llevo un mes y no me han puesto a hacer nada :S según esto hubo un problema en RH con la asignación a proyecto, me mandaron a una entrevista interna para que se me asignara un proyecto, sin embargo me preguntaron cosas muy difíciles y siento que hasta me grabaron la forma de que conteste. mi contrato es de 3 meses, mi pregunta es: me pueden despedir sin haber concluido ese contrato y si es asi aque tengo derecho?.

    Saludos y muchas gracias por la asesoria¡¡¡¡¡


    • Te pueden despedir cuando ellos quieran en cualquier momento.
      Si estás todavía en período de prueba es más fácil que te puedan despedir ya que no hay que justificar nada ni tampoco correspondería indemnización.


  27. buenas tengo un contrto indefinido con un año de prueba que me cumple el 15/02/13 con cuanto tiempo tienen que avisarme si decidieran echarme ,gracias y un saludo


    • Para rescindir un contrato durante el período de prueba no hay preaviso.


  28. Tendré derecho a alguna indemnización. Por haber trabajado con ellos 3 años y 7 meses y el despido según ellos es por bajo rendimiento en venta y 1 expediente disciplinario


    • Si es despido es disciplinario no, si es por causa objetiva de 20 días de salario por año de servicio con un máximo de 9 mensualidades.


  29. Si la empresa no da parte al inss. Entonces la baja no la podre cobrar? Si ó no


    • No vas a cobrar ninguna baja porque has devengado salario. Percibir salario es más favorable que una IT.


  30. Me han comunicado la carta de despido puedo yo presentar el parte de baja 11 dias despues de que el doctor me lo haya dado. El doctor me dio la baja el 31/1/13 y me han comunicado la carta de despido el 8/2/13. Puede la empresa ir en contra mia por presentar el parte de baja fuera de tiempo cuando ellos me han presentado la carta de despido


    • No cambia nada el despido que entregues el parte de baja ahora, simplemente como ya te comenté, al haber transcurrido más de cinco días la empresa no dará parte al INSS por lo que no contará que hayas estado en situación de IT.


  31. Hola, me llamo José Manuel.
    Tengo un contrato indefinido de 8 horas y me lo quieren cambiar a 6 horas. ¿Se puede modificar? En caso afirmativo, ¿cuánto me deberían de indemnizar? ¿Me perjudica a la hora de tener un accidente o para el desempleo? Si me despiden, ¿cuánto me deberían de indemnizar?
    La antigüedad de mi contrato es desde el 1/1/1999.


    • Si lees nuestros post te quedarán resueltas todas tus dudas.


  32. Hola,buenas tardes. Estoy en una situacion laboral que no se como actuar y necesito su ayuda. Mi empresa va a cerrar y van a hacer un despido general. Mañana seria la fecha de cierre de la empresa y el lunes me darian de alta en otra empresa pero dentro del mismo circulo. Queria saber si esto afecta algo en cuanto al finiquito o al paro? Si existe alguna posibilidad de que empezando a trabajar en la otra empresa,ya no reciba el finiquito ya que se trata de un despido general por declarar la empresa en quiebra?


    • Cuando una empresa cierra debe efectuar un ERE por lo que debe extinguir los contratos de todos los trabajadores e indemnizarles con 20 días de salario por año de servicio con un máximo de 9 mensualidades, independientemente de si después empezarás a prestar servicios o no con otra empresa.
      Con este tipo de extinción los trabajadores tienen derecho a solicitar prestaciones por desemple siempre en caso de que la hayan generado.


  33. Hola: buenas tardes mi nombre es Milagros tengo 24 años, tengo una inquietud.
    Hace dos años estuve laborando para una micro empresa por un lapso de cinco años lo cual trabajaba doce horas sin derecho a descansos y con un sueldo mensual de 500.00 nuevos soles al termino de los cinco años me despidieron sin razón alguna y tan solo pagándome 800.00 nuevos soles por todo los cinco años que estuve.
    Mi pregunta es ; aun puedo demandarlos o que me recomiendan
    Pese que no soy la única de esa empresa que tuve ese problema
    también me quisieron hacer firmar un papel en blanco.
    espero sus respuestas. gracias.


    • Siento decirte que no podemos ayudarte ya que únicamente podemos contestar asuntos de derecho laboral de España.


  34. Hola; buenas tardes mi nombre es Fanny tengo 23 años y desearía informarme un poco mas sobre mis derechos en cuanto a lo laboral. actualmente estoy laborando para una empresa de cosméticos el asunto es que desde que entre siempre me renovaban el contrato cada dos meses así estado nueve meses en ese mismo plan pero luego me renovaron el contrato pero con otra razón social por dos meses y medio, la cual la razón social anterior sigue existiendo, y sigo trabajando en el mismo lugar. pero ya no tengo derecho a mis vacaciones ni a utilidades que me corresponderían al cumplir el año con el anterior razón social , claro esta que me dieron una liquidación que correspondería a los nueve meses de la primera razón social.
    Pero el asunto es que, actualmente tengo cuatro meses y medio de gestación y aun no e informado a la empresa por temor de que me despidan o ya no me renueven el contrato, por que perdería mi seguro a la cual estoy asistiendo para el control de mi embarazo la cual pertenece a la razón social anterior.
    agradezco de antemano me ayuden aclarar estas inquietudes.


    • Siento decirte que no podemos ayudarte ya que únicamente podemos contestar asuntos de derecho laboral de España.


  35. Tengo una baja medica desde el 31/01/2013. Todavía no lo he comunicado a la empresa. sigo trabajando porque se que me quieren despedir. Me están acosando constante. La baja es por depresión el medico me ha dicho que puede ser 45dias de baja. Por el tratamiento. Puedo presentar este parte de baja haviendo transcurrido 5 días laborable. Pueden despedirme por este hecho.de despedirme coblaria alguna indernizacion por ello. Llevo 3 años y 7 Meses. Con ellos. Cuanto cobraría por la indemnización. De tenerla


    • Hola Amanda,

      Al no haber entregado los partes de baja a tiempo puede entenderse que te encuentras en situación de alta, es decir, que las causas de la baja no existen. No entiendo porqué aceptaste un parte de baja si ibas a seguir trabajando.
      Si la empresa quiere despedirte puede hacerlo en cualquier momento, te encuentres o no en situación de baja.
      No esperes más tiempo y entrega ya los partes de baja y comunica tu situación a la empresa a ver si todavía quieren comunicarlos al INS.


  36. hola me gustaria hacer una pregunta y es la siguiente mi marido trabaja (ahora despedido) en una empresa que tiene como convenio el metal. a estado entrando y saliendo desde 2008 hasta ahora con contratos de dias o meses pero siempre le dabanel despido esta ultima vez entro en junio de 2012 y lo han despedido en enero de 2013 le dicen que tiene que estar fuera seis meses y que lo volveran a llamar pero lo que a mi no me cuadra que le dicen que el despido es por llevar dos años contando desde 2008 hasta ahora yo he mirado su vida laboral y sumando dias llega raspado al año me gustaria que me ayudaran a resolver nuestras dudas pues si fuera como dicen cobraria ocho meses de para pero nada mas que tiene cuatro


    • Creo que lo mejor será que comprobeis si durante todos los contratos ha estado dado de alta a la seguridad social y si no ha estado dado de alta el tiempo indicado en los contratos interponer una demanda a la empresa.


  37. hola mi nombre es PEPI ,llevo 8 años en esta empresa,en turno de 9 a 1 y de 4 a 8.30 de la tarde..surgio un problema de salud conuna compañera que hacia el turno de 1 a 8.30 y para no crear conflictos porque en ese horario solo estaba mi compañera sola en 5.000 metros cuadrados,cogi yo ese horario aparte porque se incentivavan ,porque en ese horario no entran apenas clientes, y bajaban las comisiones en las ventas.LLevo 5 meses esperando cobrar esos meses y me han estado engañando.Ahora decido volver a mi turno normal,y mi superior me aconseja que no lo haga.Mi pregunta es..¿me pueden despedir sin liquidacion y sin paro por eso?

    gracias.


    • Hola Pepi,

      Si la empresa decide despedirte puede hacerlo, por eso el despido es libre. La prestación por desempleo no es la empresa quien decide si puedes disfrutarla o no, son los servicios de empleo y depende de si la relación laboral finalizó por voluntad del trabajador o del empresario.
      Si te despiden sin indemnización o finiquito teniendo derecho al mismo lo que tienes que hacer es interponer una demanda de conciliación.


    • Hola soy pepi,y al final creo que me van a hacer un ere por perdidas,en tres trimestres,me gustaria saber ,cuanto me tendrian que pagar por llevar cerca de 8 años,indefinida,.

      GRACIAS NUEVAMENTE


      • La indemnización correspondiente a un ERE es de 20 días de salario por año de servicio con un máximo de 9 mensualidades.


  38. Buenos días,
    Yo he solicitado la resicion de mi contrato, cuanto es en tiempo que pasa desde que lo solícitas hasta que se hace efectivo el despido?


    • No hay un tiempo mínimo o máximo estipulado.


  39. e pedido la baja voluntaria, voy a trabajar a otro sitio, no se cuanto tiempo, después de tres meses la actual empresa me da los papeles del paro tengo los derecho al paro de los años trabajados atrás?


    • Al solicitar una baja voluntaria no puedes solicitar la prestación por desempleo.


  40. He tenido un accidente hoy viernes de tráfico en horario laboral,fui al hospital y me dijeron que fuera a la mutua de trabajo después de hacerme pruebas allí,lo comente en trabajo para que me dijeran la mutua pero me dijeron que me lo dirían el lunes que les mandará el parte.¿pueden despedirme el lunes sabiendo que voy a ir a la mutua ,antes de que vaya?
    Gracias


    • Pueden despedirte en cualquier momento, por eso se indica siempre que el despido es libre.


  41. Buenas estoy de baja desde diciembre 2012 por embarazo deriesgo, ese mes tenia una semana de vacaciones que no disfrute, tengo contrato de obra y servicio que finalizo ayer, me indican que esas vacaciones las he perdido y que no me las pagan, es correcto? Un saludo gracias


    • Cuando las vacaciones están concertadas en un calendario y coinciden con un período de baja no suele cambiarse por otro período de vacaciones y se entiende que se han disfrutado las mismas.


  42. Buenas tengo una carta de mi jefe donde me obliga hacer 4 horas más a la semana sin cobrarlas ,aldecir que no me despide por disciplinario inventado,tengo alguna opción ante un juez si les demuestro el verdadero motivo,gracias


    • Hola Jesús,

      No entiendo bien eso de que no te despide por disciplinario inventado, no sé qué es a lo que te refieres.


      • Me despideb simplemente Pq dicen sin mas que carecen de mi confianza ,no se quevalidez tiene ni lo que me deberian pagar


      • Seguramente se trate de un despido objetivo, lo tiene que indicar la carta de comunicación del despido. Si se trata de despido objetivo la indemnización debe ser de 20 días de salario por año de servicio.
        Si no estás de acuerdo con el objeto del despido por considerarlo injustificado debes demandar a la empresa.


  43. BUENAS TARDES, MI NOMBRE ES ALEX, TRABAJO COMO EMPLEADA DE HOGAR HACIENDO UNAS TAREAS ESPECIFICAS, DESDE HACE 3 AÑOS EN UNA CASA, AHORA MI COMPAÑERA HA RENUNCIADO Y MIS JEFES QUIEREN CAMBIAR MI CONTRATO MODIFICANDO MI SUELDO POR LAS TAREAS DE MAS QUE VOY A REALIZAR, MI PREGUNTA ES SI ME MODIFICAN EL CONTRATO CON EL NUEVO SUELDO Y AL CABO DE UNOS MESES ME DESPIDIERAN, SOBRE QUE SUELDO TENDRIA DERECHO A RECIBIR MI INDEMNIZACION Y QUE ME CORRESPONDERIA RECIBIR COMO INDEMNIZACION??

    ESPERO HABER SIDO CLARA CON MI PREGUNTA, MUCHAS GRACIAS


    • Hola Alex,

      En el caso de despido de una empleada de hogar corresponde, en caso de que el contrato se haya formalizado a partir del 1/1/12, de 12 días de salario por año de servicio con un máximo de 6 mensualidades. Si el contrato se concertó con fecha anterior la indemnización sería de 7 días de salario también con un máximo de 6 mensualidades.


  44. Buenas Tardes… Mi nombre es Angel… Trabajo en la hosteleria y tengo un contrato indefinido de apoyo a los emprendedores, es decir, con un año de prueba… Llevo 4 meses y me temo que me van a despedir, o mejor dicho, desestimarme el Contrato, ya que al estar de prueba, no es un despido… Bien, pues mis dudas son, tengo derecho a paro? puedo hacer algo para demostrar que me echan no porque no he pasado el periodo de prueba? Puedo darme yo de baja voluntaria y por el retraso de dos meses seguidos en pagarme la nómina, tener la empresa que indemnizarme (esto es según pone en el E.T.)???
    Gracias de antemano por sus respuestas.


    • Hola Ángel,

      Es muy difícil que puedas demostrar que te despiden porque no has pasado el perído de prueba y si tú solicitas la baja voluntaria no tendrías derecho a percibir prestación por desempleo ni ningún subsidio.
      Por otro lado lo que indica la normativa, art. 50 ET, es que tienes que tener tres salarios seguidos sin cobrar y que a partir de ahí puedes interponer una demnada pero no te indemnizan hasta que un juez lo decide y tu contrato sigue en vigor hasta que el propio juez lo establece.


      • Gracias por responder, entonces si me echan ellos por no pasar el periodo de prueba, tengo derecho a paro… me tienen que dar certificado de empresa?


      • Sí, tendrías derecho a prestación por desempleo siempre que hayas generado ese derecho.


  45. Buenos días,quería preguntar q consecuencias tiene qt obliguen a trabajar haciendo horas extras,bajo amenazas,y cuando la empresa está «haciendo un ere» a otros compañeros les obligan a irse habiendo mucho trabajo,incluso obligándoles a llevarlo a casa. Si viene una inspección y pilla a los trabajadores,q consecuencias tiene pra el empleado,multa? Quitarnos el paro? Qs puede hacer en una situación tan denigrante,abusiva y vejatoria.
    Gracias


    • Ante esa situación al no estar el ERE justificado ya que hay que realizar horas extraordinarias y la carga de trabajo es excesiva lo correcto es interponer una demnada, mejor colectiva ante los tribunales para que se impugne ese ERE.


  46. Buenos dias.

    Estoy en una empresa que va a comenzar un ERTE.
    Nos piden que metamos horas en fin de semana, pero sin cobrar disponibilidad.
    Es legal que metamos horas?.
    Nos pueden quitar las disponibilidades?.
    Cuando entra en vigor?, nos pueden quitar lo que ya hemos metido antes de que comienze el ERTE?

    Un saludo y gracias.


    • Hola Luis,

      No entiendo a qué te refieres con eso de que «metais horas en fin de semana». Si puedes explicarlo de otra forma puede que podamos orientarte.


      • Trabajamos 40 horas semanales y a parte hay trabajos que solo se pueden hacer durante el fin de semana, cobramos por esos trabajos un importe fijo por día en concepto de disponibilidad y otro variable según el numero de horas. Al activarse el ERTE nos dicen que hay que realizar esos trabajos pero que no nos pueden pagar disponibilidades y las horas ya veremos pero en otro concepto en nomina.
        Es legal meter horas estando la empresa en un ERTE? Aunque no afecte a nuestro grupo de trabajo? Se pueden negar a pagarnos por los trabajos extra realizados antes de la fecha de la activacion del ERTE?
        Gracias.


      • Si la empresa está en ERTE no se pueden realizar horas extraordinarias, únicamente es posible realizar la jornada que se indique en el acuerdo de ERTE, si la empresa desea que algún trabajador realice más horas de las acordadas debe «sacarlo» del ERTE.


    • Buenos días! Mi pregunta es muy sencilla? Puede mi empresa hacerme un ERTE del 30% y al mismo tiempo aplicarme la reducción del salario un 20% por el art. 41? Esa reducción del salario la tiene que aprobar la autoridad laboral o la puede hacer unilateralmente el empresario? Muchas gracias por adelantado.


      • Puede aplicar las dos cosas a la vez y la autoridad laboral no tiene que dar el visto bueno a ninguna de ellas.


  47. quisiera saber que puedo hacer, tengo trabajando en una empresa desde nov del 2008, es decir 4 años 2 meses, pero todos mis contratos han sido mes con mes, es decir tengo mas de 50 contratos seguidos, es una empresa que de reparto de utilidades me da $400 a $600 de aguinaldo nos da una quincena, y ahorita en enero nos van a despedir argumentando que hay cambio de proovedor y a compañeros que ya les toco el recorte les estan pidiendo la carta de renuncia voluntaria para poder decirles solamente decirles cuanto les toca de finiquito, hasta la fecha y ya tiene mas de un mes de eso no les han dicho cuanto les van a dar.
    esta actuando conforme a la ley la empresa, esta bien y nosotros estamos mal tratando de exigir algo que no nos corresponde…?

    les agradeceria mucho me pudieran asesorar


    • Hola Arturo, como se indica en la cabecera del blog únicamente podemos resolver cuestiones acerca del derecho laboral español por lo que me parece que no podemos ayudarte.


  48. Hola,
    Actualmente estoy en España cobrando la prestacion por desempleo, me queda medio año y al ver que no mejora aquí la cosa me he propuesto buscar trabajo fuera. En el caso de que encontrase trabajo, tendria que ir al inem a darme de baja aquí, es asi? Y en el caso de irme a trabajar fuera, si resulta que no acaba de gustarme el pais o el trabajo y quiero volverme a España, podría usar el medio año de paro que me queda actualmente??
    Gracias de antemano.


    • Es mejor que esa cuestión la consultes con los servicios de empleo para conocer los plazos exactos u otras cuestiones.


  49. Entre hace 4 meses a trabajar a una empresa, y mi contrato es por 6 meses; pero ultimamente han habido problemas y como que tratan de hacerme la vida imposible en el trabajo. Si estos empleadores llegan a despedirme es decir a rescindir mi contrato, que beneficios tendria yo? O que problemas podria tener? Espero su respuesta! Gracias


    • Hola Jorge,

      Tu pregunta es un poco extraña, no sé qué beneficios tiene un trabajador en un despido o que problemas. En principio tiene los beneficios que tú quieras verle, si te ha ido bien que te despidan y problemas… además de quedarte sin trabajo…


  50. hola trabajo en un bar de tapas. mi jefe tiene 7 extranjeros sin dar de alta alguno de estos esta cobrando el paro o la ayuda familiar , o pencion. y ami me quiere echar y no tengo ninguna ayuda ni de paro ni ayuda familiar que hago


    • Tienes que poner una denuncia ante la inspección de trabajo para que acudan inmediatamente al lugar de trabajo.


  51. Trabaje 5 años con la misma razón social después cambiaron la razón social me salí de ese trabajo pero me fui a trabajar con la persona que dure 5 años pero con otra razón social deben finiquitaren por cambio de razón social ?


    • Los finiquitos únicamente corresponden cuando se extingue una relación laboral.


  52. HOLA SOY UNA TRABAJADORA SOCIAL CON 18 ANOS DE ANTIGUEDAD Y FINALICE MI RELACION DE TRABAJO DESEO CONOCER QUE ME CORRESPONDE POR VACACIONES VENCIDAS


    • En un finiquito se incluyen las vacaciones pendientes de disfrutar no las vencidas.


  53. BUENAS TARDES,TENGO UNA DUDA,POR SI ME PUEDEN AYUDAR.ENTRE A TRABAJAR EN UNA EMPRESA A TRAVES DE ETT DURANTE 2 MESES Y A CONTINUACION ME CONTRATARON POR LA EMPRESA CON UN CONTRATO TIPO 402 DURANTE 3 MESES CON UNA PRORROGA DE 7 MESES MAS,HASTA HACER UN TOTAL DE 12 MESES.AHORA MISMO LA EMPRESA NO QUIERE HACERME INDEFINIDO CON LO QUE MI PREGUNTA ES SI ME PUEDEN HACER OTRO TIPO DE CONTRATO TEMPORAL O CUANTO TIEMPO TENDRIA QUE ESTAR FUERA DE LA EMPRESA PARA QUE ME PUEDAN VOLVER A CONTRATAR TEMPORALMENTE.ESPERO SU RESPUESTA.GRACIAS.


    • Actualmente los contratos temporales se pueden encadenar hasta un máximo de 24 meses antes de que éste tenga que hacerse de forma indefinida.


  54. estoy de baja por contingencias comune 2meses.noes accident de trabajo.queria saber -se paga cuota la seg social, quien paga el trabajador o el empleado y quanto se paga


    • La cuota a la segurdad social siempre se paga y cada uno paga su parte, es ilegal que el empresario pague la del trabajador y viceversa.


  55. Buenas tardes.
    Actualmente me encuentro trabajando en una empresa en la que se ha hecho un ERE, desde el més de Noviembre, con una reducción de jornada del 35% con lo solo trabajo de tardes y dos mañanas. Debido a una visita al médico tengo que faltar una tarde que me toca trabajar.
    ¿Tengo que recuperar las horas perdidas, llendo a trabajar una de las mañanas que no me tocaba?. La cita me la ha dado la seguridad social y este especialista solo tiene consulta por las tardes.
    Muchas gracias por su ayuda.


    • Todo depende de tu convenio colectivo. Hay convenios colectivos en los que se concede un permiso para ir al médico, dicho permiso es retribuido por lo que no es ecesario recuperar las horas perdidas. Si en el convenio no existe ese permiso faltar al trabajo por ir al médico puede considerarse una falta injustificada al trabajo.
      Consulta el convenio colectivo y también consúltalo con tus jefes.


  56. Hola,mi nombre es Daniel y mi pregunta es la siguiente:
    Que resarcimiento economico deberia recibir de mi empleador ya que es mi ultimo mes trabajando para el en un servicio de tecnica electromecanica,llevo 8 años y medio trabajando en negro sin pago de aguinaldo y con un sueldo actual de $5.500 mensuales, desde ya muchas gracias.


    • Hola Daniel,
      Siento no poder ayudarte, únicamente contestamos cuestiones acerca del derecho laboral español.


  57. Bueno y otra pregunta… Pienso poner a una cocinera tambien…La necesito solo 6H diarias y dia libre a la semana, cual es sueldo minimo de una cocinera?Gracias


  58. me despidieron alegando causas economicas y me indemnizaron con 20 dias por por año trabajado, estoy con reduccion de jornada por cuidado de dos menores, es legal el despido, la ley no me protege, que puedo hacer.


    • Hola Roxana,

      Las trabajadoras embarazadas, las que han vuelto de baja de maternidad y los trabajadores con reducción de jornada por cuidado de hijos están protegidas frente a los despidos. A estos trabajadores en un principio no se les puede despedir, por ejemplo, antes de la entrada en vigor de la reforma no estaba permitido hacerles un despido improcedente, se consideraba que ese despido era nulo.
      Con la reforma laboral hay diferentes formas de justificar los despidos, como el despido objetivo por causas económicas, por este motivo si entiendes que el despido que te han realizado por causas económicas no está suficientemente justificado por no existir dichas causas económicas, por no haberse detallado en la carta de despido (simplemente indica despido objetivo causas económicas) o has sido la única trabajadora a la que han despedido, entonces interpón demanda.


  59. Hola,mi caso es diferente de todos los de arriba.
    Bueno,aer.. Estoy pensando en reabrir un negocio de hostelería y ponerme a mi de camarera, ya que no sé como van a ir las cosas… como haré 11 h diarias.. y no podré con todo porque el local es bastante grande…. pensaba en poner un camarero a 4H diarias y un día libre a la semana… De ley …cuanto tendría que pagarle? y si está de prueba unos días es obligatorio hacerle un contrato?, No quiero explotarlo, ni ser injusta solo busco la manera de que me salga mas barato y estando dentro de la ley.Gracias.


    • Hola Andy,

      Respondiendo a tus dos comentarios:
      Un trabajador desde el primer día, aunque esté en período de prueba tiene que tener un contrato, es decir, tiene que estar dado de alta a la seguridad social. Piensa que si le pasa algo o tienes una inspección sorpresa se te cae el pelo y no te conviene en absoluto.
      El sueldo depende del convenio colectivo de aplicación de cada región, en hostelería suele haber muchos convenios colectivos y en todos hay salarios diferentes para las categorías profesionales diferentes, si me dices bajo que convenio te vas a regir te puedo indicar el salario que deberían percibir el camarero y la cocinera.


      • convenio de la coruña


      • Según unos cálculos aproximados teniendo en cuenta la tabla salarial de 2011 del convenio de la Coruña de hostelería si abres un café-bar, deberías pagar a un cocinero por las horas que me has indicado unos 776.31€ y a un camarero por las horas que me has dicho, unos 621.048€


  60. hola mi hija tiene 14 años y empezo a trab en una verduleria pero y ahora estan poniendo escusas para dejarla sin trab si la despiden que puedo hacer


    • Hola Ely,
      Quería informarte que en España es ilegal que un menor de 16 años trabaje, no es posible que le hagan ningún tipo de contrato y ten en cuenta que si un inspector de trabajo conoce esa situación podrían incluso denunciarte a tí por permitir esa situación.


  61. hola soy marcos necesito saber si renuncio a mi empleo y al tiempo vuelvo a retomarlo la antiguedad me sirve para las vacacciones actuales.


    • No entiendo bien la pregunta.
      Cuando te finiquitan en un trabajo se finiquitan también las vacaciones por lo que aunque después de unos meses vuelvas a trabajadar en la misma empresa no tendrás las vacaciones anteriores, se entenderán «finiquitadas».


  62. HOLA. SOY MIRIAN. HACE 2 SEMANAS COMENCE A TRABAJAR EN UNA HELADERIA. ESTOY A PRUEBA. TRABAJO EN NEGRO.. QUISIERA SABER EN CUANTO TIEMPO TENGO DERECHO A PREGUNTAR O TRATAR EL TEMA CONTRATO Y APORTES. NO ENTIENDO MUCHO DEL TEMA. MUCHAS GRACIAS.


    • Hola Miriam,

      Trabajar en negro, sin contrato y sin cotizar es totalmente ilegal.
      Los trabajadores tienen derecho a estar dados de alta en la seguridad social desde el primer día en el que empiezan a prestar servicios, incluso durante el período de prueba.
      Denuncia inmediatamente esa situación a la inspección de trabajo, no debes permitirla.


  63. buenas tardes.mi pregunta es que mi mujer trabaja en una tienda pequeña de todo a cien que ya no es de nada a cien por el euro.mi mujer es una empleada y solo esta ella,,su jefa quiere traspasarlo a quien sea por jubilacion el local¿TIENE MI MUJER DERECHO A UNA INDECNIZACION O SOLO EL DESEMPLEO.?lleva cuatro años y tiene contrato indefinido.MUCHAS GRACIAS DE ANTEMANO,SALUDOS.


    • Hola Juan,

      Por jubilación del empresario al empleado le pertoca una «indemnización» de un mes de salario además de la prestación por desempleo que le corresponda.
      Si traspasa el local todo estaría correcto pero si lo que traspasa fuese el negocio entero que tu mujer tenga en cuenta que ella pasaría a ser trabajadora del nuevo empresario ya que también se «traspasa» a los empleados.


  64. Hola en septiembre tuve un accidente laboral
    Pq el sitio de trabajo no cumplia con una limpieza debida para un trabajador.la mutua me dio el alta por mejoria pero sin estar bien
    Me mando rehabilitacion pero la empresa el mes pasado no me dio turnos debidos para poder asistir c cierta frecuencia.alguien me puede ayudar


    • Habla con el empresario para que este junto con la mutua te den un horario de rehanilitaciones compatibles con el trabajo.


  65. llebo trabajando 13anos en una empresa de la construcion me acaban de echar y me deben 9meses mas la liquidacion.
    esos 9meses hay alguna manera que me los pague alguien porque fogasa solo paga 4meses..
    tambien quisiera saber cuantos dias por ano me corresponden de liquidacion,si al llebar tantos anos todabia me rige la normativa antigua de 45 dias.
    gracias.espero su contestacion.


    • Hola,

      La indemnización de 45 días solo se paga en caso de despido improcedente y no por tener mucha antigüedad en la empresa.
      El resto de dinero que no te abona FOGASA queda pendiente de pago, es decir, si llegase el caso de que el empresario solicitase concurso de acreedores podrías presentarte como acreedor de la deuda y cobrar cuando se liquidase el concurso.


  66. Buenos dias, me llamaron de un trabajo el martes para empezar el lunes siguinte, pero tenia que ir miercoles jueves y viernes para aprender y conocer el trabajo, pero justamente el jueves hize una entrevista para otro trabajo con mejores condiciones y que me interesa mas, y no se si, en caso que me coja en el segundo empleo, podria rescindir el contrato, porque en teoria lo firmo el mismo lunes que empiezo, y me avisarian de la segunda empresa durante el fin de semana..necesito ayuda irgente porfavor…


    • Aunque no hayas firmado todavía el contrato la empresa ya te ha dado de alta en la Seguridad social ya que es ese el paso previo por lo que debes avisar a la empresa que no deseas continuar prestando servicios para la misma y que procedan a darte de baja.


  67. hola tengo un finiquito en blanco de 2010 de la empresa que trabajo me dijo que no era nada y me puso firmarla pa descubrir que el mismo dia me dio de baja y a 2 dias me volvio dar de alta es legal que tengo que aser


    • Es ilegal firmar un finiquito en blanco y después utilizar el mismo en caso de despido. Si simplemente te dieron de baja y después de alta pudo ser un error administrativo, lo que tienes que hacer es pedir explicaciones y que te repongan esos dos días en los que no cotizaste.


  68. Me despidieron en noviembre dedpues de seis años, ytoda esta situacion me ha provocado ansiedad y ataques de panico los cuales me impiden buscar empleo. Si me doy de baja por depresion pierdo igualmente la prestacion. De que me serviria pedir la baja si me descuentan el paro?? Gracias


    • Para lo que sirve es para que no aparezcas como demandante de empleo durante el periódo en el que estés en situación de incapacidad temporal por lo que no te llamarían para ningún empleo con lo que no perderías la prestación al no aceptar un puesto de trabajo.


  69. Hola muy buenas a ver si me pueden ayudar ustedes, estoy de baja por enfermedad común trabajo para una empresa pero estoy contratada a traves de una agencia la pregunta es,que esta empresa cambia de una agencia a otra y a mi me despiden al estar de baja,el despido es improcedente?,deben pagarme las vacaciones que no he disfrutado mientras he estado de baja?,y despues del depido quien seguirá pagandome y que cantidad ya que actualmente cobro menos del mínimo de desempleo?, muchas gracias.


    • Hola Carmen,

      Despedir a una persona que se encuentra en situación de incapacidad temporal no causa despido improcedente, se determina si el despido es improcedente cuando la causa de despido no queda suficientemente justificada.
      Las vacaciones que no hayas disfrutado te las pagarán siempre que estás no estuviesen programadas durante el periódo en el que estuvieses en situación de incapacidad.
      El desempleo no tiene un mínimo por lo que si has generado derecho al mismo te pagarán los servicios de empleo aunque estés en situación de IT.


  70. Una pregunta tengo 4 meses de estar trabajando y tengo contrato pero no dice hasta que fecha llega. me despidieron sin justa razon tengo derecho a indennisacion si o no??? gracias 🙂


    • Depende del motivo por el que se efectuó el despido. Si el mismo fué durante el período de prueba no tienes derecho a indemnización.


  71. Acaban de despedirme en mi empresa y es la primera vez que estoy en el paro, he oido que si me hago autonomo cobro el 60% de mi paro en un unico pago, es cierto? Donde tendria que ir a gestionar esto?


    • Dirígete a las oficinas de empleo.


  72. hola espero puedan ayudarme, hace dos meses no me pagan el sueldo y por lo que veo diciembre tampoco me lo van a pagar, trabajo para un local de ropa en un shopping y mi pregunta es si me puedo considerar despedido


    • No debes considerarte despedido hasta que la empresa no te entrega una carta de despido y el correspondiente certificado en el que indica que ya no existe relación laboral.
      Como hemos indicado en innumerables ocasiones hasta que no haya habido tres salarios continuados impagado no se puede interponer demanda judicial para que sea el juez quien decida la extinción del contrato de trabajo y así quede el trabajador desvinculado del mismo.
      No te han despedido y deberás continuar prestando tus servicios hasta que tengas una sentencia favorable que te indique que puedes abandonar tu puesto de trabajo.


  73. hola queria saber si me pueden asesorar sobre mi caso,tengo depresion y gran parte de ella es a causa de mi trabajo llevo 12 años en la empresa con un contrato de 24h semanales no me puedo permitir pedir una escedencia y no cobrar nada y tampoco quiero darme de baja pero ya estoy en un punto q no puedo mas.Mi pregunta es puedo pedir mi finiquito voluntariamente y solicitar el paro?gracias


    • Si rescindes de forma voluntaria tu contrato de trabajo sin causa jurídica que lo justifique no tienes derecho a indemnización ni a prestación por desempleo.
      Si padeces de una enfermedad crónica que no te permite realizar tu trabajo habitual puedes hablar con tu médico para gestinar una incapacidad permanente.


  74. buenas tardes, mi contrato comenzó el 06 de agosto y termina el 21 de diciembre…tengo derecho a la dotación??mil gracias


    • Hola Caludia,

      No sé qué es dotación.


  75. Hola,,mi pregunta es la siguiente, mi amrido esta trabajando d ecamarero, le hicieron un contrato primero de 3 meses, luego le han hehco de 6 meses y en enero del 2013 se supone que le haran fijo,,,su contrato acaba el 15 de enero del 2013, le deben 22 dias de vacaciones,y no se la kiere pagar el jefe ni que las disfrute,,mi pregunta es,,,se puede tomar mi amrido las vacaciones avisandole antes? ya que el 31 de diciembre sera por finalizado y las perdera no?y si mi marido quisiera que no le renovasen el contrato al cumplir los 6 meses,,tendria que avisar a su jefe 15 dias antes? o simplemente que le finikitara al finalizar el contrato, muchas gracias d eantemano,
    marisa


    • Hola,

      De forma unilateral no se puede ir de vacaciones, las vacaciones las debe aprobar el empresarioy si no le permite que las disfrute ni se las paga lo que tiene que hacer es solicitar una conciliación. Si decide cojerse vacaciones en contra de la voluntad empresarial puede entenderse abandono del puesto de trabajo.


      • entonces, que tendria que hacer, a donde tendria que dirijirse para hacer la conciliacion? y otra pregunta, el 15 de enero termina su contrato de 6 meses y le tendria que hacer fijo, si mi amrido no quiere que le haga fijo por que quiere finalizar von esta empresa,,,,¡debe avisar antes de fin de contrato o simplemente esperar a su finiquito..mcuhas garcias por su contestacion. marisa


      • Lo de avisar o no depende, es decir, tu marido debe saber cuál es la intención del empresario, es decir, si el empresario desea que después de ese período continúe en la empresa o no. Si el empresario quiere que continúe pues que le avise que no tiene intención de continuar. Si el empresario no tiene intención de que continúe no tiene que avisar.
        La conciliación se tiene que realizar en los tribunales adecuados para ello, en cada provincia se llaman de forma diferente, por ejemplo en Baleares es el TAMIB, en Madrid SMAC… y así en cada provincia.


  76. hola,resulta que llevo trabajando 5 años y medio en una empresa de hosteleria,mi jefe se jubila,y traspasa el local,y me preguntaba si tengo derecho a indemnización,tambien me han comentado,que si no arreglo los papeles del paro antes que se cumplan 6 años,puedo perder el derecho al paro,la verdad es que como cambian las leyes tanto y nunca he cobrado el paro no tengo idea,y otra cuestion,es que si cuando termine de trabajar aqui,empezara a trabajar en otro sitio,si pierdo el paro acumulado,gracias


    • Hola Luis,

      Cuando un empresario se jubila, hablo de empresario como un trabajador autónomo con trabajadores a su cargo y no de una sociedad anónima (s.a. o s.l.) no se paga indemnización a los trabajadores, se paga un mes de salario como «compensación».
      Sobre lo del desempleo no te preocupes que no pierdes tu derecho en caso de que empieces a trabajar en otro sitio, simplemente ten en cuenta de que en caso de que fueses tú el que causase baja voluntaria no tendrías derecho a percibir dicha prestación.


  77. hola ¿que tal? . soy empleado de una fabrica , y estoy hace aproximadamente 4 meseess, en negro , el dueño me dijo que tenia un contrato por produccion , contrato que dice tener pero que yo ni mis compañeros nunca vimos, y segun escuche no nos van a pagar el aginaldo , sumado a eso tampo tenemos obra social ni aportes :/ . ¿que puedo hacer para q me reconoscan esas cosas? y que pague el aguinaldoo.


    • Interpon rápidamente una denuncia ante la inspección de trabajo si es que estás trabajando sin estar dado de alta en la seguridad social.


  78. Mi pregunta es la siguiente estoy embarazada de 5 meses casi 6 y mi encargada me obliga hacer horas extras, yo trabajo media jornada viernes(5 horas), sábados(9 horas) y domingos(8 horas). La chica que trabaja por la mañana es la mujer del dueño así que ella los festivos no los trabaja así que entre mi compañera y yo estamos obligadas a heces esas horas las cuales nos las pagan normal. Esto es legal?? Bueno y muchas más que nos hacen desde ya gracias.


    • Hola María José,

      Si tu médico ni la mutua de trabajo te ha pueto restriciones no hay ningún problema en realizar horas rxtraordinarias estando embarazada. En lo que respecta al contrato de media jornada, la reforma laboral introdujo la posibilidad de que los contratos a tiempo parcial realizasen horas extraordinarias.


  79. hola, mi contrato laboral termina el 20 de febrero del 2012. Estoy en el área de ventas y no he llegado a la meta que se me ha establecido. Como especie de castigo, me quitaron mi computadora, acceso a estacionamiento y mi lugar de gerente. Mi jefe dice que si llego a la meta me regresa esos «privilegios». Puedo llegar a un acuerdo para terminar la relación laboral y que se me pague lo correspondiente hasta el mes de febrero que dice mi contrato? ¿Puedo pedir rescisión de contrato? ¿Si renuncio, no se me paga nada? Saludos.


    • Hola Oscar,

      Cuando dices que tu contrato termina el 20 de febrero supongo que te refieres al 2013 y no al año 2012 ya que si no estaría extinguido ya…
      Por lo que indicas no puedes rescindir tu contrato porque no se ha modificado ninguna cláusula contractual, supongo que en contrato o de forma verbal se había establecido que si no cumplías con los objetivos se te «sancionaría».


  80. Hola.
    Mi caso es peculiar. La empresa de mi pareja le traslada a otro pais. Yo tengo contrato fijo y tendria que dimitir para seguirla. Tengo derecho al paro? Y podria exportar mis derechos de paro en el pais de acogida (europa)?
    Gracias por vuestra ayuda


    • Hola,

      Para percibir la prestación por desempleo es imprescindible que no hayas abandonado tú el puesto de trabajo (baja voluntaria) ni que abandones España para residir en otro estado aunque sea un estado miembro de la unión.


  81. HOLA, TRABAJO EN UNA EMPRESA DE LIMPIEZA Y QUIERO SOLICITAR UN CENTRO DE TRABAJO DISTINTO DONDE ESTOY, POR EL HORARIO. Y CREO QUE POR ANTIGUEDAD ME CORRESPONDE PUES LLEVO 17 AÑOS.. ME PODIIA, IMFORMAR COMO REDACTARLO


    • Hola Ana,

      Ese tipo de traslados siempre quedan a disposición del empresario y de las vacantes de tu misma categoría que haya en ese momento en el centro que solicitas. La antigüedad siempre que no haya una bolsa de trabajo no otorga como privilegio el reclamar un cambio de centro de trabajo.
      No hay nimgima fórmula legal que poder indicarte para redactar esa carta.


  82. Hola:

    Segun tengo entendido, para este año 2012 no hay convenio laboral firmado en la rama (derivados del cemento)en la provincia de Avila. Mi pregunta es: ¿nos regimos por el anterior convenio laboral en cuanto a horas laborales?

    Muchas gracias de antemano.


    • Después de la reforma laboral los convenios colectivos no se prorrogarán en el tiempo así que la normativa mínima es la que indica el estatuto de los trabajadores.


  83. Saludos mi inquietud es cuando inicie a trabajar tenia un contrato que decia asi 24 meses 0 80% terminacion de la obra ahora me dicen que ahora es por tres meses y me pasaron la carta de terminacion del contrato a que tengo derecho, cuan me dijeron que minimo trabajaria por los dos años gracias por su respuesta


    • Hola,

      Si tienes un contrato por obra o servicio determinado tu contrato durará como máximo lo que dure esa obra o servicio.


  84. Hola tenia una duda sobre lo que han hecho en mi empresa. Me han bajado el sueldo por lo que tengo en la nomina el sueldo base pero sigo trabajando la jornada completa solo que ahora cobrare el sueldo base no se hasta que punto esto es posible que se haga.


    • Te han realizado una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, eso es que el empresario ha decidido bajarte el salario respetando siempre el salario mínimo y que tú lo has aceptado en algún momento de forma tácita o de forma explícita.
      Pueden bajarte el sueldo siempre teniendo como límite el salario mínimo interprofesional (para jornada completa).


  85. Hola, mi empleador me informo que no tengo que presentarme a trabajar por que van a hacer una modificación en el sistema y no voy a tener forma de trabajar. Mi pregunta es si tengo derecho a cobrar esa semana a pesar de no ir a trabajar?, aclaro que estoy tercerizado prestando servicio en una empresa realizado tareas administrativas. Estoy con el convenio de comercio.
    Saludos


    • Lo correcto sería que durante esa semana te hubiesen dado vacaciones o la empresa te indique si te lo da como permiso pero siempre pagándote ya que no ha rescindido tu contrato.


  86. hola llevo 3 semanas trabajando y hace unos días supe que estaba embarazada ,tengo contrato pero dice que es de temporada.. me pueden cortar apenas se termine mi contrato ???


    • Hola Karen,

      Si tienes un contrato de duración determinada la empresa puede no renovarte, no por el hecho de estar embarazada sino porque firmaste un contrato con un final establecido. No tiene la empresa la obligación de renovarte.


  87. ola disculpen una consulta queria saber si es que tengo derecho al bono termino de contrato?????? lo que pasa es que mi contrato termina el 21 de diciembre asi que queria saber a caso tengo derecho o no????????? de ante mano muchas gracias…


    • Hola Erika,

      No sé qué es el bono de término de contrato.


  88. Hola, yo quisiera saber si tienes un contrato de 3 meses y te echan al mes y medio sin motivo ninguno que te pertenece,me tendrian que pagar el mes y medio que queda, alguna indenizacion
    Gracias


    • En la carta de despido tienen que haber aleado algo, de todos modos no tienes derecho a que te paguen el resto del contrato, simplemente por el tiempo que realmente hayas prestado servicios.


  89. Buenos días. Trabajo en una empresa de servicios y estoy destinado desde hace años en un mismo centro de trabjo (para el que se me contrató con contrato indefinido). La empresa ha decidido ahora cambiarme de centro por razones organizativas y querría saber si este cambio es suficiente para solicitar la rescisión del contrato con derecho a indemnización y paro. Gracias.


    • Si esa modificación de centro de trabajo te perjudica podrías solicitar una rescisión indemnizada de tu contrato de trabajo y solicitar prestación por desempleo pero para ello tienes que justificar en los servicios de empleo que la modificación te causa un perjuicio tal que te obliga a rescindir el contrato.


  90. Buenas tardes, ahora mismo estoy cobrando la ayuda familiar y el dia 1 voy a empezar a trabajar en el campo por cuenta ajena unos 15 dias, me pregunto si tengo que llamar para darme de baja de la ayuda como e exo otros años o se pueden compatibilizar las 2 cosas a la vez, gracias.


    • No se pueden compatibilizar, tienes que comunicar a los servicios de empleo que empiezas a trabajar.


  91. Buenas tardes,
    Necesito que me ayuden en una duda muy importante que me a surgido hoy mismo.
    Mi situación es la siguiente:
    Llevo dos años trabajando en esta empresa,el pasado 19 octubre me cai de las escaleras, he aguantado un mes en la tienda sin darme de baja, muy mal con la rodilla. Justo el 19 de noviembre fuí a la mutua y me dieron de baja por una tendinitis de pata de ganso y posiblemente una pequeña fractura de menisco (q mañana me haran la resonancia para verificar). Hoy mismo me ha llamado mi jefe para darme la noticia de que me despide.

    Me han comentado que si sigo de baja me pagará la mutua.

    Pero mi pregunta es la siguiente:
    ¿Estando de baja cobrando por la mutua, pierdo el paro?

    Espero su respuesta gracias


    • Será en el momento en que la mutua te dé de alta cuando puedas ir a solicitar la prestación por desempleo.


  92. Buenos días!!

    El pasado dia 8 de Noviembre la empresa me comunico que se veian obligados a tener que hacer a toda la plantilla una reduccion de jornada por causas economicas, tras intentar llegar a la negociacion para que realizaran un ERE ya que era mas limpio para todos, no han querido negociar. Me veo obligada a tener que dejar mi puesto de trabajo ya que las condiciones no me convencen y no tengo esperanza ninguna de que la empresa salga de esta crisis, la pregunta es: ¿ Hay que avisar a la empresa con 15 días de antelacion mi marcha ? Necesito urgente una respuesta ya que quiero comunicarlo hoy mismo.

    Un saludo


    • Hola Maialen,

      Informarte que si se trata de una reducción de jornada la empresa se ampara en el Art. 41 ET y por lo tanto tienes derecho a rescindir tu contrato de manera indemnizada si la modificación te causa perjuicios.
      Deberías leer los post que hemos escrito acerca de este artículo y también puede que te sea de utilidad el modelo de carta para solicitar dicha rescisión que está colgada en el blog.


  93. Buenas, tardes llevo como trabajador autónomo desde abril del año 2010. A mediados de Diciembre del Año 2012 me voy a dar de baja. Siempre he estado trabajando como asalariado anteriormente unos 18 años y nunca he recurrido a la prestacion. Me tendrían que dar de alta en una empresa para poder percibir la prestación y cuanto es el tiempo mínimo que debería de estar para tener derecho a ella.


    • Hola David,

      Si estás de alta como trabajador autónomo y estás pagando las cotizaciones correspondientes a accidente de trabajo y enfermedad profesional se incluyen en la misma la cotización por cese de actividad por lo que cuando acredites que cesas tu actividad como trabajador autónomo podrás percibir dicha prestación.
      Será mejor que acudas a los servicios de empleo para que ellos te indiquen los pasos exactos a seguir.


      • Gracias por vuestra respuesta, pero tengo una duda. Lo único que no cotizo es por el cese de Actividad. Me dicen que no tengo derecho a la prestación. Para poder solicitarla ya que tengo cotizado unos 18 años, me tendrían que contratar?.

        Hay un tiempo mínimo de contratación para la prestación?


      • Creo que lo mejor sería que acudieses a los servicios de empleo, la normativa dice que para que te reconozcan una prestación por desempleo tienes que estar de alta o asimilada al régimen general y en tu caso no lo estás.
        Creo que si trabajases en Régimen genral tendrías que hacerlo el período mínimo para el reconocimiento de una nueva prestación ya que creo que no es posible que recuperes la prestación que hubiese dado lugar tras esa cotización que comentas de 18 años.
        Siento no poder darte mayores indicaciones pero creo que los que mejor te podrán asesorar serán los servicios de empelo.


  94. Mi duda, es la siguiente, tengo dos trabajos,en uno comencé hace poco y es municipal, el otro es privado y es donde me accidente. Mi Art solo me reconoce el privado entre tanto el otro no, que puedo hacer? encima la atencion brindada por esta art es pesima


    • Hola Mónica,

      No sé a qué te refieres cuando hablas de un Art, tampoco sé qué es lo que quieres saber.


  95. Buenos días,,… Llevo más de 10 años trabajando en la misma empresa, los meses de diciembre-enero y febrero me quieren mandar al paro pero resulta que yo en diciembre me voy a dar de alta autonomo porque voy a montar una empresa. Mi intención no es dejar el trabajo, voy a dedicarme a las 2 cosas, mi pregunta es, estos 3 meses ¿voy a poder cobrar el paro? nunca he cogido mi paro y yo contaba con estar estos 3 meses trabajando de forma habitual porque para empezar la actividad no me puedo permitir el lujo de estar 3 meses sin cobrar nada y encima pagando un autónomo :¿lo podré cobrar?
    Por favor estoy muy preocupada. Gracias


    • Hola Noelia,

      La percepción de la prestación de desempleo es incompatible con el ejercicio de una práctica profesional ya sea como trabajador autónomo o trabajador por cuenta ajena.


  96. Hola,e demandado a mi empresa por despido objetivo 20 días de los cuales 8los tengo q reclamar a fogasa,mi pregunta es ,si no voy a conciliacion cmac tendría algún problema para reclamar lo de fogasa,haber mi abogado dice q pa lante pero al mismo tiempo me cierro puertas en esta empresa viendo como esta el trabajo,gracias


    • Si te han despedido de forma inadecuada demanda sin dudarlo y sobre todo si un abogado que conoce el caso te lo recomienda.


  97. HOLA, tengo un contrato laboral en unos grandes alamacenes multinacionales, mi contrato es temporal, empecé con un contrato de 6 meses y luego me renovaron 3 más… Por la ley actual (que cambiará en un mes) ahora no me pueden renovar y mi empresa no hace indefinido a nadie…así que me quedo sin trabajo… La empresa me gusta y se goza de muy buen ambiente y me gustaría volver a optar a trabajar aqui… tengo varias preguntas, la primera ¿cuánto tiempo tengo que estar sin trabajar en la misma empresa? ¿en el caso de q tuviera q estar, por ejemplo 6 meses sin trabajar en la misma empresa con la reforma laboral q entra en vigor el 1 enero 2013 tenggo q seguir esperando esos 6 meses o a partir de enero ya podría volver a optar a trabajos en la misma empresa? ¿puedo trabajar ahora mismo en otra tienda de la misma empres (es la misma q la mía pero en otra población?


    • Hola It,

      Siento decirte que no tengo conocimiento de ninguna normativa laboral nueva ue vaya a entrar en vigor en Enero en España y que modifique los contratos. Indacame a qué ley te refieres.


      • a la reforma laboral que permitirá el encadenamiento de contratos temporales hasta dos años… Ahora sólo se puede renovar una vez… que es lo que me pasa a mí


  98. Hola buenas tardes tengo unas dudas:
    llevo un año trabajando de camarero con un contrato de 20h aunque trabajo mas de 40h ahora me dice el jefe que me va a contratar 3 meses a 40h y luego me va a despedir y dice que asi cobrare mas de paro en que tiene o no razon mi jefe?porque no entiendo mucho.me tiene que indemnizar aunque me vaya a cambiar de contrato?
    sin otro particular y agradeciendole de antemano su ayuda le saluda atentamente:
    gustavo


    • Hola Gustavo,

      Si continúas trabajando en la misma empresa y lo único que hacen es aumentarte el número de horas de trabajo no te tienen que indemnizar, las indemnizaciones son únicamente para casos de despidos.
      Las prestaciones de desempleo se calculan teniendo en cuenta las últimas seis bases de cotización o nóminas anteriores a la solicitud de la prestación por lo que cobrar más durante tres meses influirá un poco.


  99. mi caso es el siguiente, yo estoy trabajando en una empresa del sector agrario por cuenta ajena y voy a la seguridad social com problemas de depresion y el doctor me pregunta si estoy trabajando le contesto que si y y me da unos papeles para entregar a la empresa y otros me quedo yo todo esto para darme la baja y no perder el empleo, yo llamo a la empresa se lo digo tal que un dia 19 de noviembre quedamos para recoger los papeles y me vienen con un certificado de empresa del dia 13!! como despedido y mi fecha de baja es del dia 15 de noviembre 2012 a mi no se me aviso. Que opinan del tema muchas gracias


    • Estando en situación de incapacidad temporal los despidos son posibles, asegúrate que la fecha que indica la carta es la fecha de despido para que en el finiquito la empresa incluya los 15 días de preaviso en la liquidación.


      • perdon no entiendo bien, mira yo trabajo en el campo en la recoleccion de las aceitunas soy eventual trabajamos el dia 13 y el catorce hicimos huelga general y el 15 no me sentia bien fui al medico de cabecera esta me mando por urgencia al psiquiatra qye dijo que se me diera la baja, entonces fue cuando llame a la empresa para avisarlo y darle unos papeles que me dio el midico y cuando los veo me dan el certificado de empresa como despedido desde el dia 13 asi que no tengo derecho a nada porque el 15 ya estoy como desempleado. Muchas gracias y saludos la verdad no se que hacer.


      • Si no estás de acuerdo con el despido porque creas que no está justificado lo que puedes hacer es interponer una demanda.


  100. hola queria saber si puedo viajar en el extranjero si estoy afectado `por un ere temporal de 6 meses.gracias


    • Normalmente si estás percibiendo una prestación por desempleo no puedes viajar al extranjero durante un período largo de tiempo pero será mejor que lo consultes en las oficinas de Empleo.


  101. Hola tengo 19 años y llevo trabajando 4 meses , resulta que el martes 12 de noviembre me entere que estaba embarazada y falte durante toda esa semana al trabajo , sin dar aviso de nada , ahora me llego una carta de aviso de despido por el art 160 por faltar dos días sin aviso y justificación que puedo hacer???


    • Hola Nikol,

      Faltar al trabajo sin justificar, ni tan siquiera llamar al mismo es motivo de despido disciplinario. No sé si un juez entendería que el despido es motivado por el embarazo y por lo tanto nulo ya que si tú te acababas de enterar de tu situación dudo mucho que la empresa fuese conocedora de tu embarazo y te despieran por esa causa y no por las faltas reiteradas y no justificadas al puesto de trabajo.


  102. Hola,mi consulta es la siguiente,yo estoy trabajando y bueno me caí en el vestuario del trabajo,entonces comenze ah llamar ah mi compañera y ah mi jefa,mi compañera es la que vino primero y me vio en el suelo,entonces ella misma salio y llamo ah la jefa y bueno la jefa no se quiso entender de nada,se negó ah darme el nombre de la mutua,la dirección,me acuso de haberme tirado yo sola(haberme sentado en el suelo),no quiso llamar al señor que hay como chofer por si pasa algun caso de estos,mi compañera me tuvo que acompañar al centro mas cercano para que me miraran,entonces ella dijo toma una muleta de emergencia(una muleta completamente rota)cuando este centro es una residencia de personas mayores,Fui al ambulatorio mas cercano y me miraron pero no me podían hacer nada ya que por lo que se veia puede ser que tuviera el menisco roto y se me hizo liquido,entonces me tenian que mirar en un hospital,pero la sorpresa fue cuando salí vi al chofer que venia y se habian informado en su gestor y entonces vino ah traer el nombre de la mutua,porque le aconsejaron entregarlo,pero claro yo desde que me lo hize tuve que ir con todo mi dolor del mundo apollandome con mi compañera unas 4 o 5 calles hasta el centro mas cercano,luego que coger un taxi despues de 2 horas que se digno ah venir para ver que me pasaba y el trato que me dio haciendome quedar mal delante de mis compañeras diciendome eso,yo quisiera saber que tengo que hacer en este caso,donde puedo ponerle como una reclamacion o algo parecido,porque al dia siguiente ami no me dieron la baja pero no porque no quisieran si no porque ella no mando el parte de baja ah la mutua,entonces la doctora me dijjo tu tienes la baja,porque no puedes ir a trabajar así,pero hasta que no mande el parte de baja no te la puedo dar..lo mando al dia siguiente,pero en esa mañana ella llamo ah la mutua para saber si estoy de baja y le dijieron que no(porque la secretaria se guio por los papeles,la que lo sabia era la doctora la historia) entonces me llamo que fuera ah trabajar al trabajo,que era mi obligacion yo le dije y le explique y bueno sus palabras fueron tu tenias que haber venido hoy ah trabajar,porque me lo ah dicho mi gestor,sin ella saber que yo tenia la «baja»que fue un papel ordinario que me dio la doctora y esa misma tarde tendria la baja con fecha de el accidente. Donde tendria que ir ah informarme por el trato y por lo que me hizo? otra cosa es que me dijo que como yo llevava 2 dias en la empresa no tenia derecho ah mutua es cierto eso? soy de Barcelona Capital, muchas gracias adelantadas


    • Perdona,lo mandomando el parte de baja al dia siguiente pero porque insistimos insistimos y insistimos…. porque no lo iva ah mandar,hasta dentro de 10 dias,cuando ya alla pasado el plazo me dijo.


    • Hola Beatriz,

      No entiendo la historia ni lo que ha sucedido, he podido entender que te caiste en el trabajo pero después de eso no he podido entender nada más. No entiendo qué quieres saber, si lo que quieres saber es si puedes estar de baja llevando dos días trabajando es que si, puedes estar de baja por accidente de trabajo o por contingencias comunes desde el primer día de prestación de servicios.


      • Hola,resumiendo,porque parece que me eh liado.

        *Me caí en el trabajo y se negó ah darme el nombre de la mutua donde estamos.
        *Se negó ah llamar al chófer que tiene el centro en caso de accidente,
        *Tuve que ir andando hasta el ambulatorio mas cercano sin poder apoyar la pierna.
        *Me acuso de haberme tirado yo sola (según ella me senté en el suelo) y me acuso delante de mi compañera.
        *En la mutua me han dicho que puede ser rotura de meniscos y ella me acuso de haberme sentado en el suelo,porque nadie me vio
        *Luego al final dio el nombre de la mutua pero porque se informo a su gestor y le recomendó que la diera,esa fueron sus palabras
        ¿Puede de algún modo denunciar todo esto? y ¿Donde puedo hacerlo?


      • Si al final te trató la mutua de la empresa creo que no puedes hacer mucho, una denuncia a la inspección de trabajo sobre como actúa la empresa en caso de accidente quizás sea lo más lógico pero un poco difícil de demostrar.


  103. Un empresario puede rescindir mi contrato a dos meses d la finalización del mismo alegando bajada de ventas y clientes xo sin certificarlo y manteniendo la empres Abierta o me tiene que despedir?


    • Cuando un empresario tiene que rescindir un contrato antes de la fecha marcada para la finalización del mismo debe realizar un despido alegando las causas que crea convenientes.


  104. me gustaria saber si llevo 2 años en el hotel por contrato de 3 meses. pero me quieren despedirrrr que beneficios tengo como trabajadorrrrrr si se termina mi contrato y me despedinnnn


    • No entiendo a qué te refieres por beneficios. Cuando te despiden tienes derecho a percibir una indemnización que depende de los motivos que la empresa haya alegado para efectuar ese despido.


  105. Hola,les agradeceria mucho si me pudieseis ayudar con esto, mi situacion es la siguiente: he estado todo el embarazo de baja por riesgo (desde enero hasta agosto), ahora estoy en el periodo de baja maternal, mi pregunta es: tengo derecho a disfrutar de mis vacaciones de este año?
    mi empresa no impone fechas para las vacaciones.
    Un saludo y gracias de antemano
    Maria.


    • Si, puedes disfrutar de tus vacaciones una vez hayas finalizado la baja de maternidad siempre previa comunicación al empresario.


  106. buenas tardes!
    por favor;nesesito un buen consejo.Estava trabajando en un bar con contrato indefinido,hase seis meses mi jefa se desaparecido,sin dar de baja sin pagar me ultimos tres meses,dentro de un mes de que se fue,me hecho autonoma del mismo bar.I ya pasado seis meses,hoy aparecido mi ex jefa,llamando me para que,si puedo firmar la baja,porque desde aquel tiempo que se fui,yo sigo como su trabajadora,i seg.soc.estan quitando de su quenta.Entoces,estoy de autonoma pero sigo como trabajadora de ella…Pero de todo lo que me hecho,me dejado sin pagar ,no podria cobrar el paro,yo quero que me devuelbe mi dinero….
    Tambien,pienso dejar el bar por mis hihos,teñgo dos…si teñgo derecho ir al paro,ir cobrando,hasta que no encuentro otro trabajo.
    Muhas gracias.Lesya


    • Hola Lesya,

      El caso que me comentas me parece que es demasiado «enrebesado». Creo que lomejor sería que consultaras con un graduado social directamente ya que al haberte dado de alta como autónoma se complica un poco la situación ya que se puede entender que tú eras conocedora de que la relación laboral se había terminado por lo que no sé muy bien si un juez admitiría que le exigieras el pago de los meses en que «se fué»… no me parece muy claro el asunto por lo que creo que si vas con todos los datos a un graduado social te podrá aconsejar.


  107. Hola Buenas noches:
    ¿con cuanto tiempo debo avisar a mis jefes para dejar el trabajo? y ¿en cuanto tiempo debo estar dado de alta nuevamente en otro empleo para poder cobrar el paro al finalizar este último? llevo 5 meses en esta empresa y tengo contrato temporal
    muchas gracias


    • El preaviso mínimo es de 15 días.
      Puedes estar dado de alta en dos empleos a la vez no hay problema.


  108. Hola, tengo derecho a subsidio por desempleo. Quero saber, si marido tiene nomina 1260 euros, me pueden dar subsidio? Tenemos niño.


  109. Hola,estoy trabajando en un centro de dia y tengo un contrato de auxiliar de geriatría de 20 horas a la semana, osea 4 horas al día,ella me contrato como auxiliar de geriatría,pero mis tareas son :limpieza de todo el centro,curas de los ancianos, reparto de medicinas,yo no estoy cualificada para hacer ciertas cosas y me opongo,pero claro ella me exige y me exige,somos dos chicas solamente una chica por la mañana 6 horas y yo por la tarde 4 horas,hay una enfermera 2 horas solamente por la mañana,la enfermera trabaja como enfermera y ah la vez como directora del centro,ella esta en negro,no tiene contrato.Entonces mi consulta es la siguiente,donde puedo ir ah quejarme en el caso que yo no tenga que hacer esos trabajos porque no estoy cualificada y ah quejarme que hay una directora/enfermera que no tiene contrato y le pagan en negro.Soy de Barcelona
    Otra cosa,me hice daño en un brazo trabajando y se nego ah darme el nombre de la mutua,yo fui directamente a urgencias y lo comente y me dijieron que era denunciable,pporque se niega ah decirme donde es la mutua,cuando yo me eh hecho daño en horario de trabajo y me dijieron que denunciara pero claro tengo que pagar ah un abogado y en los tiempos que corren la verdad,me es imposible tengo posibilidad de ganar algo?


    • Ami me paso algo parecido con lo de la mutua se negaron ah darme el nombre de la mutua,la verdad me llamaron de otro trabajo y lo deje pasar nunca supe que paso


    • Para empezar lo que tienes que hacer es interponer una denuncia ante la inspección de trabajo para que se personen en el centro y comprueben si se cometen infracciones y así poder sancionar a la empresa.
      Sobre lo de la demanda puedes mirar si tienes derecho a optar por la asistencia jurídica gratuita, te informarán en el colegio de abogados.
      También informarte que a un abogado o graduado social que te representa en un juicio no se le suele pagar hasta que el representado no recibe la indemnización que se haya solicitado en el juicio en caso de que este se ganase.


  110. buenas noches, mi marido ha acudido en varias ocasiones a juicios de su anterior relacion. ahora la empresa le dice que debe recuperar las horas que falto al trabajo estando en el juicio esto es asi?


    • Revisa el convenio por si establece un permiso retribuido para ese tipo de ausencias pero la normativa general, es decir, el estatuto, no indica que ese sea un permiso retribuido por lo que sí que debería devolver las horas.


  111. hola,muchas gracias por su ayuda,antes que nada.mi consulta es la siguiente:
    he estado cobrando la ayuda por carga familiar hasta hace unas semanas que me contrataron como comercial con un contrato de obra y servicio desde el 8 de noviembre hasta 7 de diciembre.En principio, me habían dicho que serían 3 meses fijos de 1000 euros y luego convertirse en autónomo pero al final,las condiciones no son lo que me habían propuesto en absoluto y apenas ganaré este primer mes lo que se me dijo y menos que me van a tener 3 meses contratada,al final,serán 2 y en el segundo se cobrará menos.Cuando llamé al número que me dieron para comunicar que había causado alta en la Seguridad Social y que debía parar mi ayuda,les pregunté que si una vez pasado este período,si yo no quería que me contrataran de nuevo (son contratos independientes cada mes),al extinguirse el contrato,yo podía reaunudar la ayuda y me dijo que no,que constaría como baja voluntaria.
    Me gustaría saber si esto es así y qu´´e debo hacer porque no estoy contenta donde estoy y sobre todo,muy molesta por no haber cumplido las condiciones que me dijeron en la entrevista,aunque firmé lo que me pusieron por necesidad al saber que en ese mes cobraría un poco más que con la ayuda pero me pareció una tomadura de pelo.
    Muchas gracias y disculpa por extenderme.
    SAludos.


    • Realmente si causas baja voluntaria no tienes derecho a prestación por desempleo ni a subsidio por lo que al haber firmado el contrato aceptabas las condiciones que te imponían y eso es lo único que van a tener en cuenta en los servicios de empleo.


  112. Buenas tardes, a ver yo trabajo cubriendo una baja por maternidad la cual supuestamente yermina a ultimos de enero. Me he quedado embarazada y el mefico me dice q me vs a dsr de baja, mi pregunta es, si el medico me da dja ya, tengo derecho a que me pagan los 9 mrmeses de baja la empresa


    • No, la empresa únicamente te pagará hasta el día en que está convenido que finalice tu contrato de interinidad.


      • tampoco, tiene derecho la mutua a pagarme, es que conozco un caso en el que una amiga se quedo embarazada justo antes de terminar el contrato el medico la dio de baja, y ella ha estado cobrando los 9 meses de embarazo y luego los 4 de baja por maternidad.
        explicame un poco como va, porq no entiendo nada entonces.
        muchiiisimas gracias.


    • no me manden mas correos por fabor gracias


  113. Buenas tardes, mi pregunta es la siguiente: LLevo 6 años en mi empresa con contrato indefinido, ahora estoy embarazada de 36 semanas, me he informado y la mutua de mi empresa me cubre una baja médica antes del parto a partir de la semana 37 hasta que éste suceda haciendose cargo de mis gastos el 100% sin que suponga gasto alguno para el jefe. He reunido todos los papeles que me piden pero de todos tres me los tiene que firmar el jefe y se esta haciendo el loco conmigo como que me da que no quiere firmarlos, aún explicandole que no le afectaria en nada a el, ya que no tiene que poner a nadie nuevo en mi puesto (en mi departamento somos dos) ni nada por el estilo. ¿él se puede negar a firmarme los papeles?

    si no lo consigo por ahí me veo obligada a pedir la baja por la seguridad social con el recorte del salario que eso conllevaría. Gracias.


    • Hola Ilenia,

      Por norma general a no ser que exista un riesgo durante el embarazo no dan una baja médica durante ese período.
      Cuando es la mutua la que da una baja durante el embarazo aún sin existir riesgo durante el embarazo es por no poder realizar las tareas habituales del trabajo por culpa de esa situación y sería cuando se percibiría una incapacidad temporal por contingencias profesionales, que tampoco implica cobrar el 100% del salario si no el 75% de la base de cotización.
      No sé en tu caso el tipo de convenio que tendréis firmado para que con una simple firma del empresario puedas sin tener una incapacidad como las anteriores indicadas percibir el 100% del salario. Siento no poder ayudarte más. A lo mejor es un caso más común de lo que a mi me parece y alguno de nuestros lectores sabría decirte que hacer.


  114. Hola, en el certificado de empresa ponen cada mes dias cotizados 30, en la nomina tambien cada mes son 30 dias, pero algunas meses tienen 31 dia! Es normal?


    • Si, esa es la forma habitual para los salarios comprendidos por meses. Ten en cuenta que también hay un mes que tiene 28.
      Si el salario se calculase por días se tendrían en cuenta los días de cada mes.


  115. Hola, trabajo en una empresa de repartidor/comercial o autoventa. Aunque en el contrato se estipula una jornada de 40h semanales siempre son unas 12 o 13 horas diarias. Ni que decir tiene que las horas extras son gratis. La cuestion es que por circunstancias personales ya no me interesa echar mas de 8h. La pregunta que tengo es si tengo que comunicarle a la empresa mi intención ya que esas supuestas horas extras no son legales…La carga de trabajo que llevo diaria es imposible hacerla en 8h.Se que con esto me arriesgo a que me pongan en la calle pero asumo el riesgo. En caso que me despidan sera improcedente? Salu2


    • Actualmente no se contempla el reconocimiento de una improcedencia por despido de forma directa, tendrías que acudir a conciliación o juicio para que se determinase como improcedente.
      La improcedencia o no del despido depende de las causas que se aleguen en la carta de despido.


  116. Mi empresa me obliga a pedir las vacaciones del 2013 antes del 30 de noviembre del 2012 sino dicen que las pondrán ellos cuando quieran. ¿Eso es legal?


    • El período o períodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones.
      En caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicción competente fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible. El procedimiento será sumario y preferente.El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute.


  117. URGENTE!!!
    Hola buenas tardes, quiero dejar mitrabajo actual por uno donde ma pagan mas pero me contratarian inicialmente solo por 2 meses. se que si me doy de baja voluntaria en mi trabajo actual no tendrè derecho al paro si me despiden o se termina el contrato antes de los tres meses. como puedo hacer? estaba pensando faltar al trabajo para que me despidan, en el caso de que en mi trabajo actual me despidan y comienze en el nuevo, al terminar el contrato de 2 meses tendrè derechoi al paro?
    ES MUY URGENTE; TENGO QUE DECIDIR ANTES DE MAÑANA!!
    Gracias!!!!


    • La única solución legal es la baja voluntaria pero si quieres arriesgarte a un despido procedente disciplinario no soy quien para indicarte que no lo hagas.
      En la ley se indica que el despido es uno de los motivos por los que poder acceder a prestación por desempleo pero no sé hasta que punto sería potestad de los servicios de empleo conceder o no una prestación por motivos disciplinarios.


      • Gracias por la respuesta. En el caso de que me diera de baja voluntaria y el nuevo contrato duraria 2 meses y medio (de hecho durarà desde el 19 de noviembre hasta final de enero) no tendrè derecho al paro en febrero, es asì verdad?


      • Si es baja voluntaria el siguiente contrato debe durar como mínimo 3 meses.


  118. Muy buenos días, yo estaba cobrando la ayuda de los 426 € y empecer a trabajar. Pero me dieron la carta de despido por no supera el periodo de prueba de 15 día. Mi pregunta es ¿puedo volver a echar la ayuda que tenia ante?
    Gracias


    • Lo mejor sería que consultases con los servicios de empleo.


  119. Hola! Ultima nomina de mi marido 703,13 euro por 17 dias, tenemos 1 niño de 10 años. Me pueden dar subsidio?


    • Con esos datos no puedo saber si tiene derecho a subsidio por desempleo.
      Si consultas el simulador de la web del SEPE podrías saber con exactitud si tienes o no derecho.


  120. Hola buenas tardes: llevo desde el 01 de enero de 2007, trabajando en la misma empresa con el mismo tipo de contrato (obra y servicio a tiempo completo ) renovando anualmente. Todos exceptuando el de este año empiezan el 1 de enero hasta el 31 de diciembre, el de este año, empezó el 2 de febrero. Me han dicho que no me hacen indefinida, porque entre los dos último contratos pasaron más de 20 días. Me gusta me informaran si esto es correcto o no, y, si hay alguna ley que me pueda basar para rebatir su explicación.


    • El Art. 15.5 ET Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 1.a), 2 y 3 de este artículo, los trabajadores que en un periodo de treinta meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a veinticuatro meses, con o sin solución de continuidad, para el mismo o diferente puesto de trabajo con la misma empresa o grupo de empresas, mediante dos o más contratos temporales, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada, adquirirán la condición de trabajadores fijos.


  121. Buenas dias, en año pasado trabajaba 7 meses, luego he pedido subsidio,me han dado sudsidio para 6 meses. Cobraba ayuda 4 meses y impesaba a trabajar. En este año trabajaba 8 meses, si voy a cobrar subsidio tambien 4 meses y luego voy a trabajar, que tendre en año que viene: ayuda o el paro?


  122. Hola
    llevo 7 años fija en una empresa a partir del próximo lunes me quieren reducir 5h la jornada ., que sería un contrato nuevo ? tengo derecho a un finiquito del contrato de esos 7 años?


    • Se trata de una modificación de las cláusulas del contrato.
      Tienes derecho a finiquito si decides rescindir tu contrato, si no es así no.


  123. Buenas tardes, mi caso es el siguiente, en diciembre se me acaba el contrato, primero me hicieron un contrato de tres meses y luego una prorroga de otros tres meses, y ahora me dicen que por la nueva ley, a los trabajadores eventuales no se les puede hacer mas contratos en la misma empresa, gracias.


    • El siguiente contrato debería ser de carácter indefinido.


  124. Hola! Si no he usado todas meses de subsidio,cotizaran en año que biene en el paro? Tengo contrato indefinido. Tengo trabajo 7-8 meses al año. Nunca no voy a tener paro?


    • No entiendo muy bien la preguta.


  125. Buenas tardes, desearia hacer una consulta. Trabajo en una empresa desde hace mucho tiempo, tengo un contrato a tiempo parcial de 40%, creo que intenta la empresa reducirme las horas de trabajo. ¿puede hacar esto?. Muchas gracias


    • Es una medida prevista en derecho.
      Si se trata de una modificación del contrato mediante el Art. 41 ET estarías en tu derecho a solicitar una rescisión de tu contrato de trabajo.
      Si por otro lado se trata de un ERTE es una medida de reducción temporal y por el tiempo de reducción tendrías derecho a percibir prestación por desempleo.


  126. Buenos días, ante la siguiente situación en la que me encuentro , me gustaría que me aconsejasen que debo hacer. Resulta que la empresa en la que estoy trabajando va despedir a todos sus trabajadores, estando esta subcontratada por unos grandes almacenes y a los mayores de 50 años no nos van a despedir como al resto , ya que no les compensa económicamente, por lo cual nos quiere recolocar en otra empresa también de su propiedad pero perdiendo antigüedad y sin ser el mismo trabajo que llevo realizando durante todos estos años.
    ¿puedo negarme a ello?¿tendría que solicitar un despido voluntario? Muchas Gracias


    • Si la empresa para la que prestas servicios cierra y te pasan a otra de los mismo propietarios que la que cierra se trataría de una sucesión de empresa y deberían conservarte la antigüedad y todos los derechos que venías disfrutando en la anterior.
      Si por el contrario lo que quieren hacer es contratarte en otra empresa lo que tienen que hacer es despedirte de la actual, sea mediante un ERE, despido objetivo o cualquier otra modalidad de despido.
      En el caso que me comentas lo que yo creo que hacen es el primer caso. Si no fuese así deberías demandarles inmediatamente.
      En ningún momentos solicites baja voluntaria.


  127. Si descubres que al cabo de algunos años han hecho una modificacion en tu contrato sin que lo sepas, puedes demandar y pedir en la demanda que te devuelvan a tus condiciones anteriores a la modificación?.Habiendo pedido en esa fecha otra cosa distinta a esa modificación.


    • No entiendo muy bien la pregunta pero nunca se puede modificar el contrato sin previa comunicación al trabajador.
      Si se ha modificado sin tu conocimiento deberías demandar.


  128. Hola! Me gustaria saber si tengo derecho a subsidio,estoy trabajando fines de semana ,pero cotizando 2 horas a la semana.(Tengo 9 meses trabajadas).Gracias!


    • Deberías consultar en las oficinas del SEPE tu caso particular.


  129. Buenos días:
    Tengo un contrato indefinido.
    En mi empresa se ha aprobado un ERTE con una duración de 2 años (Enero 2012- Diciembre 2013), nos han reducido el sueldo un 13 %.
    Este mes se ha vuelto a presentar muy negro y el empresario nos ha enviado una carta en la que nos informa que «de momento» sólo nos va a pagar el 80 % de nuestra nómina.
    Esto, unido a que tengo una reducción de jornada y sueldo (de 2 horas respecto a la jornada completa) por el cuidado de 2 niños de menos de 8 años me ha puesto en graves aprietos económicos.
    Esa indefinición de «de momento» en el pago del 20 % restante, me hace preguntarme:
    ¿qué pasa si en los siguientes meses no se realiza el pago de esa diferencia y es más, ese 20 % de menos se deja de pagar mes tras mes? en si, no es un impago de sueldo en su totalidad sino una parte. ¿Cómo y cuando lo podría reclamar?.
    Y otra pregunta más:
    Estando con ERTE, cabría la posibilidad de que éste pasara a ERE sin haber trascurrido el plazo que generó el primero.
    Gracias de antemano
    Saludos


    • Si se produce impago continuado de salarios o de una parte del mismo, transcurridos tres meses consecutivos puedes reclamar el pago de esa cantidad.


  130. Hola buenas noches , he empezado a trabajar en una empresa de comercial hace 4 meses , primero me hicieron un contrato de 3 meses y el día 24 de septiembre firme una renovación por 3 meses más hasta 24 de diciembre , pues bien , hoy me han comunicado que el día 31 de octubre acabo en la empresa teniendo que ir día 2 de noviembre a dejar todo , coche , etc , mi pregunta es , es legal que no me dejen acabar contrato hasta diciembre? Qué es lo que me tienen que pagar? Al momento de informarme la empresa que acababa la relación yo le comunique que estaba de dos meses y medio de embarazo , y les dio igual , es normal esto? Tengo derecho a indemnización y paro? Un saludo y muchas gracias


    • En un principio no hay ningún problema por terminar una relación laboral antes del tiempo estipulado, simplemente te pagan una indemnización y ya está.
      Al estar embarazada es diferente porque se podría enterder por violación de un derecho fundamental pero el caso es que tú no habías informado a la empresa acerca de esa situación hasta el mismo momento en que te informaron de que prescindían de tus servicios por lo que la empresa no te despedía por ese motivo.
      Podrías demandarles pero no sé si el juez interpretará que la empresa era conocedora de esa situación.
      Por otra parte un juez únicamente podría entender que se trata de un despido nulo y hacer que la empresa te reincorporara pero al ser tu contrato de duración determinada se te pagaría ese mes.
      Por el despido que te han hecho ahora tienes derecho a indemnización y prestación por desempleo siempre que la hayas generado.


  131. Buenas noches, estamos a 31 de octubre, el viernes 02 de noviembre firmo el contrato para un trabajo, mi pregunta es la siguiente: Al cobrar el paro el 10 de cada mes (en este caso el siguiente cobro sería el 10 de noviembre), ¿esto quiere decir que no cobraré el mes de noviembre y que tendré que esperar a que me ingrese la empresa la nómina en diciembre para poder recibir ingresos?


    • Buenos días Julie, el paro se cobra por mes vencido, lo que quiere decir que tú vas a cobrar el día 10 de noviembre lo correspondiente al mes de octubre, o sea, el mes completo. Luego si firmas el contrato el día 2 de noviembre, todavía en diciembre cobrarás 1 día del mes de noviembre.
      Espero haber disipado tus dudas.
      Un saludo.


  132. Buenos días, mi pregunta es la siguiente.
    Si se me acaba el contrato y estoy en el periodo de vacaciones pagadas pero no disfrutadas, ¿puedo solicitar la baja médica?, y si es así, que empresa debe aparecer en el parte de baja, la actual o la seguridad social?.
    Gracias por responder.


    • En esos períodos en que simplemente se disfruta el período de vacaciones ya estás de baja en la empresa por lo que no figura ninguna empresa.


  133. mi hija ha estado trabajando en belros empresa de caramelos y chucherias, el problema es el siguiente, la han despedido y lan dejado a deber dinero, le han dicho que tiene que esperar que llegue la nómina para saber si se le debe dinero o no, pero de eso ya hace mas de un mes, echaba 4 horas los viernes, sabados y domingos,y ahora mi hija dice como demuestra las horas que ha estado echando cuando ya paso tanto tiempo, ¿que puede hacer?ya que no fichan, pero tiene testigos que son los guardias de seguridad de donde trabajaba


    • La única forma de reclamar esas horas es interponiendo solicitud de arbitraje y conciliación para solicitar el pago de las horas realizadas de más.


      • gracias por el consejo un saludo


  134. Llevo 8 años y medio.trabajando de auxiliar de enfermeria en una residencia privada y me di de baja por la seguridad social el dia 4 de enero y me voy a dar el alta el.dia 1 de noviembre mi pregunta es si me pueden despedir y en que condiciones y si es asi como puedo recurrirlo


    • En cualquier momento pueden despedirte, incluso estando en situación de incapacidad temporal.
      La única forma de recurrir un despido es acudiendo a conciliación.


  135. me han cambiado las condiciones de trabajo y me han rescindido el contrato por una modificacion de contrato con 20 dias, he ido al paro para arreglar los papeles y me han dicho que de la tesoreria viene que me he dado de baja voluntaria por lo que no tengo derecho a paro ya que mi antiguo jefe a mandado el codigo 51 a la tesoreria en lugar del 99.( yo tengo mi carta de despido por modificación de contrato y he cobrado mi indemnización de 20 días. ¿puede ser esto asi? ¿donde puedo leer lo que engloba el codigo 51 y el codigo 99 que se manda a la tesoreria para cursar mi despido? Gracias


    • no lo puedes leer, lo único que tienes que hacer es recurrir la decisión del SEPE al denegarte la prestación por desempleo incluyendo la documentación y los certificads de empresa que se te entregaron alegando un error en la documentación facilitada por la empresa.


  136. Hola buenas tardes,
    os comento mi situacion, tengo un contrato de duracion determinada que e ha sido renovado de tres meses hasta el 23 de diciembre. Ahora he encontrado otro trabajo y quiero despedirme. Si aviso con 15 dias de antelacion tendrè derecho al pagamento del finiquito? y si no aviso lo voy a perder? si me despiden ellos para no ir dos dìas tendrè derecho a su pagamento? gracias, un saludo cordial


    • En caso de baja voluntaria tienes derecho a qu te paguen la liquidación correspondiente, es decir, los días trabajados, las vacaciones no disfrutadas y las proporciones de pagas extras. Si no preavisas el empresario podría sancionarte con el salario.


  137. Buenas noches.
    Me gustaría que me aconsejarais sobre mi caso.
    Hace poco comencé a trabajar en hostelería los fines de semana. Mi antiguo jefe me ofreció un contrato de 20h/semana y trascurridas dos semanas (40h trabajadas) me llamo para despedirme. El contrato supongo que era de prueba (nunca lo firme) pero la sorpresa llego con el «sueldo + finiquito».
    En mi sueldo aparecía una cantidad ínfima, por lo que pregunte sobre mi contrato y él respondió que era lo correspondiente a 11 días «trabajados» (dado de alta) y un contrato de 14h/semana.

    Esto me causo mucha indignación, ya que me había engañado sobre mi contrato y realmente no iba a recibir el verdadero sueldo, pero le firmé el finiquito ya que no quería volver a verlo en mi vida.
    Dos días después de mi despido fui al INEM y allí me informaron de que mi contrato realmente era de 13h/semana.
    El problema no acaba aquí, les he pedido repetidas veces el certificado de empresa y me lo deniegan alegando que hasta que no entregue una parte del uniforme que tengo… no me lo dan.

    ¿Es denunciable que te mientan sobre el contrato?
    ¿Es legal que te paguen el sueldo por 11 dias (20h) cuando realmente has echo el doble?
    ¿Debería ceder ante el chantaje del certificado de empresa?
    ¿Qué puede hacer?

    Muchas gracias


    • Son varias las cuestiones que no me han quedado claras, no has firmado el contrato, entonces, no sabes qué es lo que realmente te tenían que pagar ni por cuantas horas estabas contratado, firmaste el finiquito y en aquel momento no te dieron la documentación? no me ha quedado muy claro, normalmente los certificados de empresa se entregan junto con el saldo de finiquitos.

      Si no has firmado ningún contrato es muy difícil que pueda prosperar una denuncia porque aunque los contratos de palabra son legales y válidos en derecho acaba siendo tu palabra contra la del empresario. Por otro lado también indicarte que aunque el contrato fuese de 13 horas semanales y realizases más tras la reforma laboral es legal ya que se permite que los contratos de tiempo parcial realicen horas extraordinarias que por supuesto te deberían abonar.

      Lo del uniforme, suele ser algo habitual tener que devolver los uniformes una vez finalizada la relación laboral ya que son propiedad de la empresa, tampoco lo considero un chantaje.

      Si has firmado el finiquito implica que estás conforme con las cantidades económicas.


  138. Buenas ,empece a trabajar el día 1 de octubre con un periodo de prueba de dos meses, a día de hoy 29 han decidido que no he pasado el periodo de prueba ..hasta ahí correcto , trabajábamos sobre el salario base y después unas comisiones por venta hecha, al despedirme y como esas comisiones se pagan a mes vencido me dicen que no me corresponden esas comisiones .. Eso es así ?
    Gracias !


    • Depende de lo que indique el convenio o el contrato de trabajo, muchas empresas imponen que durante el período de prueba o hasta que no haya transcurrido un período mínimo de permanencia en la misma no se perciben las comisiones.


  139. hola
    Quisiera saber si falto un solo día con justificante de la seguridad social, me bajarán el 50 %. Entiendo que no es baja sino justificante por un solo día.
    gracias


    • Hasta el tercer día de ausencia por enfermedad no es necesario aportar los documentos de incapacidad temporal «baja» si es a eso a lo que te refieres.


  140. Muy buenas, esta es una cuestión posiblemente que se salga de lo habitual por lo que agradezco de antemano cualquier información. Estoy de baja laboral por enfermedad común, me paga directamente la seguridad social por incumplimiento de la patronal, por lo que el para me «corre» a la vez. Mi pregunta es la siguiente, una vez me den el alta médica y empiece a trabajar?, el paro que me queda lo pierdo o es acumulable?.


    • No sé si cuando dices por incumplimiento de la patronal te refieres a por despido. Si es así es normal que si no estás trabajando se encargue de pagarte la prestación por incapacidad temporal los servicios de empleo y a la vez consumas la prestación.
      Cuando encuentres un nuevo empleo y vuelvas a cotizar lo suficiente para generar una nueva prestación tendrás derecho a una nueva prestación o a la que te queda por consumir pero nunca se acumulan ambas.


  141. cordial saludo.
    me permito solicitarle una colaboracion acerca del trabajo en el cual estoy lo que pasa es k cuando inicie a trabajar me imformaron acerca de firmar contrato no accedi a decir k no por lo k tenia un trabajo pendiente y me tocaba salir constante mente a permisos, los permisos fueron cada mes claro no me pagaban y solo duraban un solo dia, segui trabajando con las normas de ellos y con un respectivo supervisor y atendiendo los clientes k llegaban al local a y me pagaban diario no tenia salud ni auxilio de transporte, ahora k pienso salir de trabajar les avice 20 dias antes y les dije k keria mi liquidacion mi inquietud ahora puedo o no puedo recibir liquidacion


    • Hola Leonardo,

      Me sabe mal pero es que no he entendido el caso que has expuesto, no sé si debes vivir fuera de España y sea por eso que no he entendido bien lo expuesto. Si es así siento decirte que únicamente contestamos acerca de cuestiones de derecho laboral Español.


  142. Buenos dias,pueden obligar a un trabajador el empresario a trabajar fuera de españa(si te niegas a ir)a esto le añades que
    tenia un sueldo pactado(me lo ha bajado)que opciones tengo.
    La disminucion del salario y el mandarte fuera no te lo dan por escrito sino de palabra.gracias


    • Antes de nada informarte que es obligatoría la comunicación por escrito de tal medida.
      Si se trata de un desplazamiento, es decir, que ese cambio de centro de tabajo (que te manden al extranjero) no tienes derecho a solicitar una extinción indemnizada del contrato.
      Si se trata de un traslado, es decir que ese cambio sea indefinido tienes derecho a solicitar la extinción indemnizada de tu contrato de trabajo.


      • Y si me negara a ir(me podrian echar sin derecho a paro)


      • Como ya te indique tienes la opción de negarte si se trata de algo definitivo, siendo así tendrías derecho a una indemnización de 20 días de salario y a solicitar una prestación por desempleo siempre y cuando la hubieses generado.


  143. hola e tenido un accidente laboral des pues de un año paso tribunal mean dado inutil para mi profesion tengo un antiguedad de 21 años mi pregunta es tengo derecho a mi liquidacion de la empresa gracias mi correo es martindochegabana@gmail.com


    • Hola Martín,

      Cuando declarán una incapacidad permanente el trabajador no tiene derecho a percibir ningún tipo de indemnización por parte de la empresa, excepto, claro la que determinen por ser accidente laboral, pero en plan indemnización por despido no, simplemente deberán abonarte la liquidación correspondiente a tiempo de trabajo que no te hayan abonado, proporción de pagas extraordinarias o vacaciones en su caso.


  144. hola buenas quería información sobre una cosa que me ha pasado.he estado trabajado en una empresa de limpieza por sustitución menos de un mes me han pagado lo que trabaje pero el finiquito no me lo han dado,he llamado me dice que me pagan tal día y así llevo esperando dos meses esperando que puedo hacer para que me lo paguen porque parece que me están vacilando,ya no se que hacer para que me lo paguen si me pueden dar una solución lo agradecería mucho…gracias

    por laura 17 de octubre de 2012 at 11:55

    Responder

    La cuestión principal es si firmaste el recibo de finiquito.

    por Asesor Gratis 17 de octubre de 2012 at 12:48

    Responder

    no lo he firmado porque no me lo han dado aun,pero aun así me dijeron que me lo iban a ingresar hace dos meses, llamo y me dicen que ya me lo iban a ingresar el jueves y aun nada que debo hacer?

    por laura 21 de octubre de 2012 at 13:43

    me puedes contestar por favor?no lo he firmado porque no me lo han dado aun,pero aun así me dijeron que me lo iban a ingresar hace dos meses, llamo y me dicen que ya me lo iban a ingresar el jueves y aun nada que debo hacer?


  145. Buenas tardes,
    mi marido estuvo trabajando por ett 2 años para una misma empresa, la cual lo pedía por nombre y apellido a la ett. Se suponía que era magnífico,gran trabajador, etc. y la empresa lo contrato por 6 meses a tiempo parcial, prometiendole darle horas extras para poder aumentar el sueldo y que una vez finalizado el contrato lo seguirían llamando por ett.

    Una empleada del hotel pone una denuncia por acoso laboral y a partir de ahí a el le reducen la cantidad de horas y comienzan a discriminarlo (fuera del trabajo tenemos buena relación con esta compañera)
    Cundo estaba por celebrarse el juicio, yo y otro compañero (yo también trabajo en la empresa, ahora mismo estoy de baja) fuimos citados por esa empleada para salir de testigos a favor de ella a lo cual accedimos ya que sus acusaciones eran ciertas y demostrables.
    Ahora se le esta por terminar el contrato a mi marido y como ya sabíamos no se lo renuevan (así era lo que se había «pactado»), pero además le van a prohibir la entrada al establecimiento una vez finalizado el contrato, declarándolo persona no grata.

    Se puede hacer algo?


    • Cuando dices que era lo que se había pactado supongo que te refieres a que tiene un contrato de duración determiada, por lo que se le acaba el contrato y no le renuevan.
      El prohibirle a una persona la entrada en un establecimiento no tiene nada que ver con el derecho laboral, tiene que ver con las decisiones del empresario, con la política de la empresa… si atiende a razones de discriminación por raza, religión, sexo… podrías demandar a ese establecimiento pero si no atiende a esos motivos queda a disposición del establecimiento.
      Por otro lado, si ha finalizado su relación laboral con esa empresa tampoco tendría necesidad de entrar de nuevo en el establecimiento.


      • Si, me refiero a un contrato de duración determinada, pero como comentaba antes de ser contratado por la empresa iba a trabajar por ett a esa misma empresa, la cual ahora le quiere impedir esa posibilidad.
        La empresa se reserva el derecho de admisión a clientes conflictivos, presuntos ladrones, pero hasta ahora nunca había pasado con un empleado así porque si (bueno en este caso es porque yo fui testigo en un juicio contra la empresa, yo sigo trabajando)

        Gracias.


  146. Hola.llevo trabajando un año con una empresa de limpiesa.hace cuatro meses empezaron a decir que no hago mi trabajo como deberia ser.ahora va peor y yo pienso que hago bien mi trabajo.hago todo lo que me dicen y aun asi me hechan broncas.mi pregunta es: pueden hecharme de mi trabajo y no imdemnizarme? Cuanto deberian pagarme? Pueden hecharme?.mi contrato es indefinido.gracias por su respuesta.


    • A todos los trabajadores se les puede despedir de su trabajo.
      Si se trata de un despido disciplinario no se paga ningún tipo de indemnización, el resto de indemnizaciones depende del tipo de despido.


  147. Hola! tengo una duda:

    Estoy cobrando el subsidio por desempleo, pero tengo una oferta de trabajo ahora que bueno, que no me convence del todo, pero voy a aceptar.
    Si me quisiera dar de baja voluntaria, podría reanudar luego el subsidio? Y también querría saber si la baja voluntaria la pidiera durante el periodo de pruebas, si tengo penalización y no podría reanudar el subsidio…Gracias


    • Tal y como hemos indicado en innumerables ocasiones así como en nuestro post sobre como cobrar la prestación por desempleo si solicitas la baja voluntaria incluso en el período de prueba no se tiene derecho a solicitar prestaciones o subsidios por desempleo ya que ha sido decisión del trabajador quedarse sin empleo.


  148. Hola ,soy fija discontinua en una empresa ,y estando de baja de la empresa por termino de temporada de fruta,e tenido un accidente,estaba cobrando subsidio de desempleo,ahora la empresa a empezado a trabajar,y yo sigo de baja de el accidente,tengo derecho a que me den de alta en la empresa ,y poder cobrar de baja del accidente pues si no es asi ni cotizo jornales ni cobro,muchas gracias


    • Si ha llegado la fecha de llamamiento y continúas de baja tienen que llamarte y abrirte contato.


  149. Buenas tardes, mi consulta es la siguiente:
    Llevo 5 años en una empresa como auxiliar contable cobrando 900 € con un contrato indefinido de 40 horas.Nunca se me ha modificado la nómina y los atrasos que me han generado a pesar de reclamarles no se me han pagado.
    Ahora uno de mis jefes me expone que como las cosas no estan bien, a partir de noviembre, me van a reducir el contrato a 20 horas con la correspondiente reducción de sueldo y estamos a 25 de octubre.
    Con lo que me queda, no cubro gastos ¿Qué opciones tengo?
    He leido que puedo rescindir el contrato y tendría derecho a indemnización de 20 días por año trabajado y derecho a paro, pero ¿Qué paro me quedaría? En base a las 40 horas cotizadas o a las 20.
    Espero haberme explicado.
    Muchas gracias.


    • En efecto, tienes derecho a rescindir el contrato de forma indemnizada.
      La prestación por desempleo se calcula con las bases de cotización de los 180 días anteriores al hecho causante (baja de la empresa).


  150. Hola
    Yo tendria dos dudas:
    La primera es sobre el periodo de prueba de un año, si durante ese periodo es el trabajador quien decide poner fin a la relacion laboral, ¿tendria dere a la prestacion por desempleo?
    Y la segunda es, si la empresa no proporciona las nominas ¿hay alguna forma de conseguirlas? Llevo cuatro meses trabajando en la empresa y las he solicitado en repetidas ocasiones pero solo recibo evasivas.
    Muchas gracias, un saludo.


    • La baja voluntaria, sea durante el período de prueba o no, no tienes derecho a prestación por desempleo.
      La única forma de conseguir las nóminas es que la empresa las proporcione.


  151. Buenos días, acabo de empezar a trabajar hace 15 días con un contrato modelo 401 sin tener fecha de fin. Hace una semana me acabo de enterar que estoy embarazada y mi trabajo es cargando gran peso. Si el médico me diese la baja por riesgo durante el embarazo, ¿cuándo me podrían echar?. Y en caso de despedirme, yo no tengo el tiempo suficiente cotizado para cobrar ni prestación ni subsidio, que ocurriría entonces?.
    Otra pregunta, si no me doy de baja y la empresa descubre que estoy embarazada, que pasaría?.
    Gracias por todo.


    • Supongo que tu contrato indica la obra o el servicio para el que tienes que estar trabajando así que si te despiden antes de que finalice ese trabajo se podrá tratar de un despido nulo al considerarse que te despiden por estar embarazada.
      Por otro lado, estando embarazada no sé si el trabajo lo vas a poder realizar si dices que levantas pesos, lo deberías poner en conocimiento del empresario para que éste pueda enviarte a un reconocimiento con la mutua y la misma determine si vas a poder o no realizar el trabajo, es decir, si eres apata y en caso de que no lo seas darte de baja por incapacidad temporal o cambiarte funciones o puesto de trabajo.


      • Buenos días, gracias por resolver mis dudas.
        El contrato no tiene ninguna fecha de finalización y me temo que en cualquier momento podrían decir que la obra se finaliza. En principio nos dijeron que sería por un mes pero han ido entrando otros proyectos y quizás se alargue un poco más.
        El trabajo en sí es todo el día cargando y descargando cajas y realmente me da miedo provocarme un aborto, pero igualmente tengo miedo de perder el empleo porque me hace mucha falta.
        ¿De que forma tendría que informarles?, ¿tendría que pasar por mi médico antes para que me hiciese algún informe?.
        Gracias de nuevo.


  152. Hola,queria hacer una consulta,yo estuve trabajando en una empresa de limpieza y me hice daño en un hombro me dieron la baja y ah pasado un mes,sigo estando de baja,entonces ahora la situacion esta muy mal me ah salido un trabajo en el cual estoy sin contrato(por estar de prueba)ahora me han dicho que les gusto y ls gustaria que me quedara y hacerme un contrato, si yo llamo ah la mutua y les dijo que quiero coger el alta,porque me han ofrecido un trabajo y tal y como esta la cosa,no puedo rechazar nada,porque nose cuando me van ah volver ah llamar.. me tienen que pagar igualmente los dias que llevo en la mutua?????


    • Antes de nada quiero que sepas que es obligatorio tener un contrato desde el primer día, se esté a prueba o no, que para eso los contratos estipulan un perído de prueba y que si no has tenido contrato porque tú no has querido al estar de baja es mas ilegal todavía y en cualquier momento podía personarse la inspección de trabajo o incluso haberte puesto un detective de la mutua y hubieses perdido todos tus derechos.
      Si queremos que los empresarios cumplan con las normas los primeros que tienen que cumplirlas son los trabajadores, si queremos que se respeten los derechos de los trabajadores tienen que cumplirse también las obligaciones.


  153. hola si estas cobrando la ayuda familiar y el medico te da de baja por emfermedad quien te pagaria estando de baja y sobre cuanto dinero,gracias


  154. buenas dias,
    mande la relacion para asegurar al personal el dia jueves 18 pero me habian dicho el lunes sin embargo me aguante esos dias para conmfirmar a mi jefe si podia recibir recibos por honorarios de un trabajador, al final mando la relacion el dia jueves pero estaba incompleta ya que se agregaron dos mas y reenvie el sabado pero estos dos me dijieron q emitian recibos por honorarios y aun asi lo aseguraron. hoy me entero que hubo una multa por 4 trabajadores o 4 dias y usted leyendo el caso me podria decir exactamente que fue lo que la sunat nos multo y cuanto es el monto


    • Hola alex,

      Únicamente conocemos sobre asuntos ocurridos en España ya que es ese el derecho que conocemos por lo, tanto no podemos responder tu pregunta.


  155. Después de 2 contratos de 6 meses cada uno , la empresa me ha hecho un contrato indefinido , el cual yo no he firmado.Han pasado 5 días desde la conversión a indefinido .La empresa tiene problemas se impagos y yo no quiero seguir trabajando con ellos , puedo dejar de acudir al puesto de trabajo y cobrar la prestación por desempleo ?? Muchas gracias.


    • Si dejas de ir a trabajar de forma injustificada se considera baja voluntaria por lo que no tienes derecho a prestación por desempleo, ni indemnización ni subsidio ni nada.
      Si quieres puedes leer el post titulado «mi jefe no me paga» donde damos indicaciones acerca de lo que se hace en esos caso.


  156. hola.yo fuy a vacacione i quando regresar estoy de baja dos mesesi no me mandar carta para despedir si me pode despedir de impresa


    • Lo que tienes que hacer es demandar a la empresa, aunque no te preavisen del despido tienen que darte toda la documentación referente al despido, certificado de empresa, liquidación y la indemnización correspondiente.


  157. B.dias.. Estaba trabajando en una empresa por medio de una e.t.t. Cuando me puse de baja por una hernia discal. Me operé la hernia y estoy de baja me han dicho en el INEM que los dias de la baja se restan a los dias que tenia de paro. Es eso posible?.Gracias de antemano.


    • Si, es el procedimiento habitual.


  158. buenas noches me gustaria saber si soy contratada y necesito ausentarme tan solo por una tarde los mismos dias por cuestiones de que labora en una institucion como docente en que articulos me puede sustentar para que no me presenten problemas espero una pronta respuesta gracias es urgente


    • No entiendo bien tu pregunta, no sé a qué te refieres cuando dices «por cuestiones de que labora».
      Piensa que únicamente podemos asesorar sobre cuestiones pertenecientes al derecho laboral de España.


  159. Hola, gracias en primer lugar por su labor.
    Mi situación es la siguiente,
    El 15 de Septiembre firme un contrato a jornada completa con una duración de tres meses, un mes más tarde, me avisan que me van a reducir la jornada en un 40%. Segun tengo entendido no pueden hacer una reduccion de jornada en un contrato temporal, sino que habría que esperar a su vencimiento para entonces, realizar un nuevo contrato laboral. Estoy en lo cierto?
    ¿Pueden hacerme la reduccion de jornada con este tipo de contrato? y en ese caso ¿Que tipo de contrato o condiciones tendrian que presentarme para que pudiera pedir el subsidio al inem que me permitiría percibir el resto del salario que ahora se me reduce?


    • En la ley no se indica que en los contratos de duración determinada no se puedan aplicar reducciones de jornada o modificaciones.
      Si es una modificación del contrato amparado en el Art. 41 ET, es decir, que no se hace esa reducción por medio de un ERTE los servicios de empleo no se hacen cargo de pagar el resto del salario.


  160. Buenos dias, tengo una duda. Estoy cobrando el paro y todavia me quedan varios meses. No paro de buscar trabajo y ahora he pasado una selección con una empresa y dice que me va ha hacer un contrato indefinido con 3 meses de prueba. Se supone que empiezo el 2 de noviembre. Tengo que ir al paro a comunicarlo para que dejen de pagarme a partir de ese día, o es automático una vez la empresa me de alta. Y despues, si durante esos 3 meses me despiden por no superar la prueba o a mi no me encaja el trabajo (porque a todas estas no me han dicho exactamente las conciones económicas), puedo volver a cobrar el paro que me queda.

    Gracias.


    • Si tú solicitas la baja voluntaria no puedes reiniciar el cobro de la prestación.


  161. Hola, tengo con un cuñado pequeña empresa y un comercio que va cada vez peor. No podemos seguir pues las perdidas…. Y no podemos cumplir con seguridad la social del representante ,ni con los impuestos de hacienda, ya no podemos mas. Como debemos romper sociedad y dar todo d baja? Y que pasa con lo que debamos de impuestos? Eso de los eres nos afecta a nosotros por ser pyme?
    Agradeceria una ayuda saludos y gracias por vuestra labor


    • Para liquidar una sociedad con deudas hay que solicitar a los juzgados de lo mercantil la realización de un concurso de acreedores para poder liquidar la sociedad saldando todas las deudas.
      Los ERE son aplicables a todas las empresas que quieran «cerrar» ya que es el medio adecuado para poder despedir a todos los trabajadores de una vez.


      • Y podriamos cerrar negocio y seguir declarando sociedad sin gansncias o sin actividad y continuar pagando poco a poco a hacienda como hemos estado haciendo? , es decir cerrar pero ir afrontando pagos k iran exigiendo poco a poco o puede ocurrir algo pueden ir contra socios? Es por no acudir al juzgado nosotros seguiriamos pagando pero no podemos seguir con negocio.
        Gracias por vuestra rapidez


      • Para ese tipo de cuestiones es mejor que acudas a un abogado dedicado al derecho mercantil, nosotros podemos orientarte como especialistas en derecho del trabajo y seguridad social.


  162. Estoy de baja medica, soy administrador y los socios han diduelto la empresa la han dado baja, es verdad k las cosas ivan mal, pero yo sigo d baja k pasa conmigo ? Que he de hacer? Me han dicho k no tengo derecho a paro por el tipo de contrato asimilado, pero podre cobrar algo, sin poder trabajar, sola y familia numerosa como hago? Por favor…


    • Si eras simplemente administradora de la empresa y únicamente desempeñabas ese cargo no estabas cotizando por la prestación de desempleo por lo que no tienes derecho a percibirla.
      Dirígete a los servicios de empleo para ver si en tu situación podrías tener derecho a una prestación no contributiva.


      • Alguien me ha dicho que por tener niños puedo pedir la ayuda esa de 400€ es eso verdad? Pero y si sigo d baja medica tambien la puedo pedir? O he darme alta voluntaria aunk este mala, mis hijos tienen k comer..
        Haceis una gran labor, por favor darme alguna idea


  163. si estas en el paro y te queda 1mes de paro el medico te da la baja temporal ,de paro cobro 500 eu ,la baja quien me la pagaria y cuanto ,espero que me puedan ayudar.

    si estas trabajando y te dan de baja a que dia pasa a cerse cargo la seguridad social. AGRACIAS


    • La baja la paga el SEPE y únicamente durante el tiempo que te quede de prestación por desempleo, es decir, la prestación no se alarga por encontrarte de baja por contingencias comunes.


      • hola buenas noches, gracias por a yudarme,
        Si estas trabajando en una empresa y te dan de baja por enfermedad a que dia empieza a pagar la S,s.
        espero respuesta ,gracias


      • El trabajador sigue cobrando de la empresa puesto que se realiza lo que se conoce como «pago delegado»


  164. Hola, la empresa en que trabajo ha solicitado, amparándose en articulo 82 y siguientes del estatuto de trabajadores, el inicio de negociación de convenio colectivo nacional de empresa. Es una empresa de ventas y lo que sabemos todos que pretenden es convertir una parte fija que tenemos en comisiones las cuales la mayoría de la plantilla nunca cobraremos. Esto es ni más ni menos que una reducción de sueldo enmascarada pienso. Bueno la cuestión es que si no estoy de acuerdo en los términos del nuevo convenio de empresa y si sale adelante, por el miedo a despidos viendo la situación actual, si es posible que rescinda mi contrato con la indemnización de 20 días y el desempleo. Saludos.


    • Tal y como nosotros interpretamos esta normativa no tendrías derecho a rescindir el contrato por este motivo ya que la negociación de un convenio colectivo de empresa implica que los representantes de los trabajadores están de acuerdo con este convenio, es decir, que lo han firmado, por lo que las modificaciones del contrato ya no se realizarían de forma unilateral por decisión única del empresario si no que los trabajadores a través de sus representantes designados para la tarea han estado de acuerdo.


  165. Hola.en mi caso en mayo nos hicieron un despido objetivo a 9 .5demandaron y hoy han tenido el juicio y han llegado a un acuerdo y le s han dado 33dias.los que no demandamos podemos reclamar algo?.gracias


    • Ya no podéis reclamar al no estar en plazo, para interponer demandas por despido únicamente se cuenta con 20 días hábiles después del mismo así que ya no tienes nada que hacer por la prescripción de acciones.


  166. Buenas noches.
    Le expongo mi caso por si me puede aconsejar trabajo de limpiadora en una cadena de hoteles y me presentaron un ere de reducción de jornada a 5 horas que me parece un abuso dado que soy la única empleada al que presentan el ere la jornada me la parten y me es imposible buscar otro trabajo me quedan 2 años para jubilarme y me preocupa perder cotización a la seguridad social o que después de 6 meses me despidan sin antigüedad y para colmo el enlace sindical es la encargada que es una persona a la que el fin justifica los medios.
    Gracias


    • Tienes tres opciones: aceptas sn más esas modificaciones, aceptas pero inerpones una demanda por parecerte injustificadas esas medidas o no aceptas y solicitas la rescisión indemnizada de tu contrato de trabajo.
      En el último caso tendrías derecho a percibir una prestación por desempleo siempre que la hubieses generado o a un subsidio por ser mayor de 52 años. Con este subsidio continuarías cotizando para poder jubilarte en dos años.


  167. buenas noches: me gustaria saber si a mi me aplicaran la reducion del 50% cuando yo me voy a acoger al desempleo con anterioridad a la nueva ley q era el 60%. gracias


    • No entiendo la pregunta.


  168. Buenos dias, kisiera saber cuantos meses tienen que pasar para q me vuelvan a tomar en un trabajo, en el cual estuve un año con contrato?
    Espero su respuesta.
    Gracias


    • En cualquier momento pueden vover a contratarte en la misma empresa.


  169. hola,me pregunta es , llevo trabajando en bar mas de 4 anos ,pero al principio con una contrado de 6 horas semanales, despues de 1 ano el jefe me cambio el contrato a 30 horas/semana , despues de 1 ano ha cambiado otravez a 6 horas/ semanales.
    ayer me ha llegado una carta de despido por falta de rendemento en el trabjo, y va a endiminizar con la suma de 900 E, con esta suma no estoy de acuerdo.
    las preguntas son
    que debo hacer firmar o no firmar la carta
    donde puedo ir informarme
    sabiendo que estuve trabajando entre 40 y 80 horas semanales toda estos anos
    gracias


    • Si no estás de acuerdo no tienes que firmar el finiquito ni la liquidación y lo que tienes que hacer antes de que transcurran 20 días hábiles es dirigirte a los servicios de mediación y arbitraje laboral para solicitar un acto de conciliación.
      Debes buscar un graduado social que te guíe y oriente y vaya contigo a la mediación para poder conseguir un acuerdo o tendrás que ir a juicio.


  170. Hola buenas me gustaria hacer un par de preguntas:
    Mi primera pregunta es la siguiente: Yo estaba trabajando para una ett y me quede embarazada, tube que cojer la baja porque empeze con perdidas y tenia amenaza de aborto, entonces me despidieron y pase a cobrar por la mutua de la empresa.
    mi pregunta es, cuando nazca el bebe tendre derecho a baja de maternidad?
    La segunda pregunta es: Como estando de baja dicen que el paro lo vas consumiendo que tengo que hacer para recuperarlo me tendria que poner a trabajar nadamas termine la baja de maternidad si me la concedieran???
    ESPERO MI RESPUESTA GRACIAS


    • La baja de maternidad la cobrarás, simplemente debes presentar los papeles de la baja de maternidad al SEPE.
      El paro que vayas consumiendo no lo vas a recuperar, lo que hay que hacer para volver a tener derecho a prestación por desempleo es genrar otra prestación trabajando por cuenta ajena.


  171. Si hoy decidoque mañana no vuelvo a mi puesto de trabajo,se que no tengo derecho a cobrar la prestacion,pero como madre soltera tengo derecho a la ayuda familiar? Gracias.


    • Si de forma unilateral y sin motivo justificado (incluido dentro de los supestos legales) decides no trabajar más no tienes derecho a percibir ni prestación por desempleo ni subsidio (ayuda).


  172. Hola buenas hace dos meses mi empresa me despidio inprocedentemente estube la semana pasada en el cmac para llegar a un acuerdo , y llegemos al acuerdo que me pagaria 20 dias por año y lo haria el viernes , a llegado ese dia y no a pagado . tiene que pagar al guna indecnizacion por no cumplir el dia acordado?


    • Por no haberte pagado el día acordado no tiene que pagarte indemnización. Cuando llegas a un acuerdo en arbitraje y conciliación te tienen que pagar en el momento. Acude a tu gradudado social.


  173. Hola buenos.dias acabo.de terminar de trabajar en una empresa. Tenia un contrato indefinido y me fui yo.
    Despues de Dos años me correwponde el finiquito? Como puedo calcularlo para que no me timen?


    • Si fuiste tú quien de forma voluntaria se fué simplemente tienes derecho a una liquidación, es decir, el salario del último mes de trabajo, liquidación por vacaciones devengadas y no disfrutadas y parte proporcional de pagas extraordinarias. Todo ello siempre que se haya dado el correspondiente preaviso.


  174. Buenos días, llevo cobrando el paro 4 meses, mis dos trabajos anteriores han sido de 1 año y una sustitución de 1 semana, me están ofreciendo un trabajo de 3 semanas de sustitución, mi pregunta es, ¿si acepto este trabajo prederé la prestación del trabajo que duró 1 año? (me quedan 3 meses de paro).

    Muchas gracias con antelación.


    • No la perderás porque con el trabajo de tres semanas no generas ninguna nueva prestación.


  175. Hola mi consulta es la siguiente estoy con descanso medico con subsidio de essalud a raiz de una operacion a la columna y durante el periodo de mi hospitalizacion no me han renovado contrato ya que mi contrato se vencio el 30/09/2012 y llevo mas de 3 años en la empresa quisiera saber si procede efectuar alguna demanda contra la empresa donde trabaje y quisiera que me pudieran asesorar o darme su opinion sobre este tema.


    • Me parece que tu consulta es de fuera de España y no la podemos responder. Únicamente podemos resolver dudas y cuestiones acerca del derecho y normativas de España.


  176. Soy ingeniero industrial yTengo un contrato de trabajo indefinido por seis meses, en febrero cubro los seis meses ,ahora han hecho un ere en mi empresa u a mi no me han tirado pero en enero haran otro y parece q me va ha afectar. Esto es asi? Tengo algun derecho? Cual son mis derechos? Gracias anticipadas


    • Hola Lola,
      Dices que tienes un contrato indefinido pero que este dura 6 meses, si es indefinido no tiene duración determinada.
      Si la empresa decide incluirte en el ERE es potestad de ellos y si no estás de acuerdo la única opción que tienes es interponer una denuncia por parecerte las causas del ERE injustificadas para que un juez decida si es así o no.


  177. me han dado la carta de despido pero con el finiquito no estoy de acuerdo ,puedo cobrar el paro y demandar a mi jefe al no estar de acuerdo con lo que me quiere dar de finiquito .


    • Si firmas el finiquito es porque estás de acuerdo con la cantidad que el mismo indica. En ese caso lo que tienes que hacer es no firmarlo e indicar en el mismo «no conforme», no recibes la cantidad de dinero pero te entregan la documentación pertinente para que puedas ir a solicitar la prestación por desempleo y a la vez demandar.
      Te recuerdo que para interponer una demanda por despido cuentas con 20 días hábiles, una vez transcurridos no tendrás derecho a reclamar.


  178. buenas mi pregunta es llevo 9 años en una enpresa de limpieza
    con un contrato indefinido con una minusvalia de un 57 % con jornada de 8 horas al dia de lunes a viernes el tema es que este año me han reducido la jornada a 7 horas
    1 me deverian de dar el definiquito de esa hora que me han quitado
    2 me han quitado tambien el plus de peligrosidad cuando yo aun sigo haciendo la misma faena de peligrosidad
    3 me reducieron la jornada y a veces hacemos mas horas del contrato llegando a veces hacer hasta 10 horas en un dia cuando el contrato es de 7 horas y no nos quiere pagar las horas que hacemos de mas porque dice que no hay dinero que esta la cosa mal y digo yo esta mal pero para conprarse una moto honda de las grandes y un mercedes 4×4 para eso si hay dinero que puedo hacer contal semejante pirata el caso esque le hago las horas demas por miedo a que me despida porque un conpañero que no quiso firmar la reducion de jornada le pagaron y ala calle lo echaron vamos que uno tiene miedo ya nose que hacer saludos y gracias


    • Al reducirte una hora de contrato no tienen que darte ningún tipo de finiquito, el finiquito únicamente es para cuando acaba una relación laboral.
      Lo único que puedo decirte es qu denuncies a la inspección de trabajo la situación, sobre todo lo del plus de peligrosidad que será lo más sencillo de demostrar.


  179. Buenos Dias!! Me gustaria que me respondieran a lo siguiente. A final de mes, fianliza mi contrato, la empresa me despide por causas objetivas. Me gustaria cobrar el paro 2 meses y después solicitar la ayuda de Paro unico para crear una empresa. Soy mujer de 25 años, por lo que si no he entendido mal, te pueden dar hasta el 100%. Me gustaria saber si te conceden el paro unico cuales son los requisitos que hay que tener en cuenta. He leido que hay que tener cuidado con lo fiscal por hacienda y por otro lado, que como sere trabajadora autonoma de mi empresa, no puedo trabajar por cuenta ajena ni darme de baja como autonoma en 3 años, si hago algo de eso, tengo que devolver el importe integro de la prestación. ¿Es eso realmente aplicable con la nueva ley de reforma laboral 2012? Espero su respuesta. Muchas Gracias


    • Hola Lucía,

      Sobre temas de prestaciones por desempleo es mas recomendable que te dirijas a las oficinas de empleo ya que ellos son los que mejor te podrán guiar de una forma mas personalizada.


  180. Buenas, expongo mi caso hara unos meses tuve un accidente laboral estando de baja algo mas de 4meses, aun no estoy bien dado que sigo bajo tratamiento de la mutua y rehabilitacion, pero me han mandado a trabajar, la cuestion que esta mañana sin previo aviso, y sin decir nada, nos han presentado un ERE a mi y a 6 compañeros mas, con suspension de contrato durante un año, queria que firmaramos unos papeles sin poder leerlo (por supuesto me he negado a firmar), supuestamente es el informe que se presenta a la direccion de trabajo para solicitar el ERE, la cuestion mia si se puede realizar eso estando yo en mi estado, que aun estoy bajo tratamiento medico y a lo mejor me deben operar de nuevo. Si es asi,que puedo hacerlo podemos solicitar o inpugnar el ERE dado que los datos que ha ofrecido mi empresa, se tiene la sensacion que han sido retocados, a parte que cuando estuve de baja me negue a cobrar por debajo de la nomina y me dijo que buscaria la forma de echarme sin pagarme, a parte tiene contratados a sus hijos que que no van a trabajar y no los mete en el ERE,Tambien me gustaria saber, dado que nos comenta que la empresa seguira pagando cargas sociales, saber si eso es cierto. Saber mientras estoy en el desempleo puedo realizar cursos para desempleados, Se que son muchas preguntas y alguna que se me quedara en en tintero, espero respuesta, gracias aquel que me responda. Un saludo.


    • A ver, para empezar decirte que las situaciones de IT (baja) anteriores no tienen nada que ver con un ERTE, incluso se puede uncluir a trabajadores que estén en el momento de presentar el ERTE en situación de incapacidad temporal (baja).
      Durante el ERTE el empresario continúa cotizando por los trabajadores en situación de suspensión de modo tal que la cotización continúa siendo del 100%.
      Si no estáis de acuerdo con esa medida ya que creeis que no esta justificada lo que tenéis que hacer es interponer demanda por conflicto colectivo para lo cual os recomiendo que busqueis la ayuda de un graduado social.


      • Gracias por la respuesta, lo comentare con los compañeros, tengo otra cuestion, por la baja no he podido disfrutar de mis vacaciones, si al final llega al ERE, me las tendria que pagar o las perderia?, y como he comentado la mutua seguira tratandome dado que no se me ha dado el alta medica. Saber si tengo derecho a una indemnizacion por el accidente laboral dado que voy a perder movilidad en unos de mis brazos, y si es asi aquien se la tengo que reclamar. Gracias de antemano y perdonen por las molestias.


  181. buenas..me llamo elena y trabajo en una escuela infantil privada y a la mitad de mi jornada me traslado a un colegio en el que atendemos un comedor escolar y un aula de estudio,despues de 3 horas regreso a la escuela a terminar mi jornada…mi pregunta es: por el traslado me correspondería algún complemento salarial?gracias


    • Tienes que mirar el convenio colectivo y el contrato de trabajo. Si en tu contrato especifica el centro en el que debes prestar servicios entonces deberían pagarte un complemento, también mirando el convenio para ver lo que establece al respecto.


  182. quisiera que me guiaran en lo que puedo hacerme cambian el contrato con menos horas y encima me hacen contrato de aprendiz siendo oficial en anteriores contratos un saludo y muchas gracias


    • Es ilegal que te hagan un contrato de aprendiz si vas a seguir trabajando en el mismo puesto de trabajo y con las mismas tareas y funciones. Acude a un graduado social para demandar a la empresa.


  183. Buenas tardes necesitaria que me respondiese.Cuantos dias necesitaria estar. asegurada 8 horas para cobrar el total de la ayuda familiar? Hay una nueva ley que se cobra segun las horas que hubiese en el contrato. Necesito una respuesta es urgente.Un saludo.


    • La ayuda familiar o el subsidio no depende de días de cotización para cobrarla en la totalidad ya que hay diferentes períodos.
      Si estás asegurada jornada completa cobrarás jornada completa.
      De todos modos te recomiendo que te informes en las oficinas de empleo (SEPE) ya que te podrán informar mejor acerca de este asunto.


  184. Buenos días, pidiéndoles de favor me puedan orientar en lo siguiente. Me contrataron en una empresa por tres meses, y me dieron seguro de gastos médicos mayores, mi contrato se venció hace una semana y aún no me han dado a firmar el nuevo, pero sigo trabajando y no me han avisado que ya no me fueran a renovar el contrato.
    Me hice unos análisis de laboratorio y salí mal en unas cifras, mi duda es la siguiente. Qué pasa si la empresa no me ha dado a firmar mi nuevo contrato?? Puedo hacer válido mi seguro de gastos médicos aunque aun no tenga firmado el contrato por tiempo indefinido?? Si soy diagnosticada con una enfermedad crónica puede la empresa no darme a firmar el nuevo contrato y por lo tanto puede darme de baja aun cuando ya ha pasado una semana de que venció el contrato temporal y sigo trabajando??
    Y si esto fuera posible, es decir, que por un diagnóstico de enfermedad crónica me dieran de baja, podría yo seguir pagando el seguro que se me dieron con el primer contrato de trabajo y hacer válido para que cubra los gastos por la enfermedad?? O este seguro solo procede si tengo contrato vigente??
    Agradezco de antemano sus atenciones y espero su respuesta.
    Muchas gracias.


    • Por tener una enfermedad crónica no pueden despedirte a menos que esa enfermedad crónica te impida realizar el trabajo que venías desarrollando en cuyo caso tendrías derecho a percibir una pensión por invalidez permanente.
      Sobre los del pago del seguro médico por tu parte supongo que eso viene indicado en el contrato que exista con la empresa que ofrece el seguro médico, ese tema se me escapa ya que no tiene nada que ver con el derecho laboral que es mi especialidad.


      • Gracias por su pronta respuesta. Pero entonces aunque aun no tenga firmado el contrato por tiempo indefinido se sobreentiende que no pueden darme de baja?? Es decir, tienen que renovarme el contrato por seguir laborando aun con el contrato temporal vencido??


      • O mas bien, si no he firmado el contrato por tiempo indefinido y notifico los resultados de mis análisis, esto sería impedimento para que me renueven el contrato temporal?? O debo de esperarme a que me renueven el contrato para notificar los resultados??


      • En España, un trabajador no tiene porqué comunicar a un empresario ninguna de sus dolencias a no ser que estas afecten al ejercicio normal de su trabajo, en ese caso se notificaría para que la mutua de la empresa pudiese reconocer al trabajador y comprobar si el trabajo afectaría a su dolencia. No veo para qué quieres notificar los resultados de un análisis que te hayas hecho.


      • Ok. Estoy en México, pero muchas gracias por esta asesoría. Voy a checar también como procedería en México.
        Gracias nuevamente.


  185. hola buenas quería información sobre una cosa que me ha pasado.he estado trabajado en una empresa de limpieza por sustitución menos de un mes me han pagado lo que trabaje pero el finiquito no me lo han dado,he llamado me dice que me pagan tal día y así llevo esperando dos meses esperando que puedo hacer para que me lo paguen porque parece que me están vacilando,ya no se que hacer para que me lo paguen si me pueden dar una solución lo agradecería mucho…gracias


    • La cuestión principal es si firmaste el recibo de finiquito.


      • no lo he firmado porque no me lo han dado aun,pero aun así me dijeron que me lo iban a ingresar hace dos meses, llamo y me dicen que ya me lo iban a ingresar el jueves y aun nada que debo hacer?


    • me puedes contestar por favor?no lo he firmado porque no me lo han dado aun,pero aun así me dijeron que me lo iban a ingresar hace dos meses, llamo y me dicen que ya me lo iban a ingresar el jueves y aun nada que debo hacer?


  186. Tuve un acto de conciliacion y no llegamos a ningun acuerdo , el abogado y yo llegamos a un acuerdo para la demanda , dias despues recibo una notificacion del juzgado de lo social requeriendome para el acto, cuando ya lo habiamos echo, fui al abagoda y me dijero que no me preocupase que el abogado nada mas realizarse el acto de conciliacion manda la papeleta al juzgado pero como hay un desfase de trabajo por eso me enviaron eso ¿ esto es asi?
    ¿ el abogado es el que debe mandar la papeleta de conciliacion?
    ¿ cuanto tardaran en llarme a juicio?
    GrACIAS DE ANTEMANO


    • Siempre son los abogados los que se tienen que encargar del papeleo.
      No puedo decirte cuanto van a tardar en llamarte a juicio, depende de la carga del juzgado, puede variar entre 6 meses y un año o incluso más.


  187. hola, me gustaria saber si un autonomo, que también cotiza en el RGSS en año 2012, es decir, que está en pluriactividad, ¿puede solicitar devolución del 50% de exceso de cotización? ¿cual es el plazo máximo para solicitarla?¿cual es la cantidad que tendrían que superar?


  188. Me han despedido de mi trabajo,solo me han pagado la mitad de mi nomina,finiquito, y vacaciones.me dijeron que en dos días tenia el dinero en mi cuenta y resulta que ha pasado dos meses y nada.ahora resulta que hace un mes de mi despido han creado otra empresa y han dado de baja donde yo trabaje.que hago?


    • Firmaste el recibo de finiquito como conforme? Si firmas el recibo de finiquito como conforme y no has recibido todas las cantidades indicadas muy dificilmente se pueden reclamar después ya que el finiquito no es más que un recibo y como todo recibo si firmas como conforme con la cantidad indicada luego es muy difícil por no decir imposible demostrar que no lo has recibido.


  189. Estimados Sres: Os cuento mi caso ..trabajo para tres subcontratas, en una tengo contrato a tiempo completo y en las otras dos a tiempo parcial..La verdad, soy un afortunado con los tiempos que corren. Pero estoy cansado…vereis , no sé si pedir la baja voluntaria, porque además de que tengo a la familia fuera de España, todas las empresas incumplen los convenios colectivos de forma reiterada ( pago se salario siempre tarde…no dan equipos de vestuario, las nominas unas veces si. las dan ..y otras no, diferencias salariales que dicen que van a pagar y no lo hacen nunca…nada de formacion en el trabajo, los epis de calidad irrisoria… condiciones de trabajo denigrantes( hay dias que paso mas de ocho horas con una sopladora a la espalda , la cual , pesa unos 12 kilos, con lo que imaginaos como esta mi espalda despues de diez años, a pesar de ser joven, tengo 40 años…pero estoy desesperado…..y a veces me dan ganas de arrojar la toalla, y, dejarlo todo, ya que ningún compañero levanta la voz…, para los jefes , no existimos,….no podemos llamarlos , ni al movil…y si lo haces ni te cojen el telefono, permisos de convenio…ninguno…Os digo que llevo de antiguedad, mas de 14 años… Si pido la baja voluntaria tendre derecho a algo…(finiquito o prestacion por desesmpleo) o Excedencia. Estoy super deprimido…por favor Ayudadme…Gracias…Un Saludo


    • La única solución que encuentro es que si no se cumplen las normas de seguridad e higiene y tampoco se cumplen los convenios colectivos lo que tienes que hacer es denunciarlo ante la inspección de trabajo para que levanten actas y multen a la empresa y la insten a cumplir con la normativa laboral.
      Si tú solicitas una baja voluntaria o una excedencia no tienes derecho a percibir una prestación por desempleo ni tampoco una indemnización.


  190. buenos dias porfavor quisiera q me oriente porq estoy desesperada …estoy embarazada con la baja por riesgo en el embarazo por la mutua pero mi contrato se termina un mes antes de dar a luz y creo q no me van a renovar,que puedo hacer para poder cojer la baja maternal de las 16semanas q me corresponden por la seguridad social o directamente se hace cargo la mutua aun faltando un mes para dar a luz con el contrato de baja o despedida que me pasaria…..gracias


    • Si continúa el riesgo durante el embarazo una vez finalizado el contrato pasarías a cobrar la prestación por incapacidad temporal de los servicios de empleo y cuando pasases a la baja de maternidad una vez que hayas dado a luz los servicios de empleo te abonarían la prestación por baja de maternidad.


  191. buenas tarde . llevo un año con contrato temporal y sin finiquito alguno y mis compañero que tambien tienen contrato de temporal se les paga su correspondiente finiquito cada dos meses, la empresa que presto servicio es grande ,ya que se procesa productos y trabajan varias personas, mi pregunta es ¿en que momento me corresponde contrato indefinido?, ya que estoy en reemplazo de un trabajador contratado


    • Hola Humberto,
      No entiendo los datos que me das, dices que tus compañeros cobran un finiquito cada dos meses, eso no lo entiendo, debes haber equivocado el término ya que no puedes cobrar un finiquito tras otro de la misma empresa y serguir trabajando para esta.
      Si estás cubriendo a un trabajador de la empresa que este de baja o con algún tipo de permiso lo más probable es que tengas un contrato de interinidad que se prolongaría todo el período que ese trabajador no pueda prestar servicios para la empresa. Míralo bien, es importante que sepas qué tipo de contrato te vuncula con la empresa.


  192. Me han dado de baja en la fecha 4 de octubre y tengo cita en el inmen el dia 22 de octubre tengo algun poblema en percibir la prestacion ?
    Gracias


    • Si tienes toda la documentación correcta no tendrás problemas.


  193. Hola, tengo una duda sobre el paro. Tengo 4 años cotizado, Al principio del año perdí mi trabajo. Pedí el paro y llevaba 2 meses cobrandolo, luego encontré un trabajo que me contrataron durante un mes. Al finalizar el contrato, me ofrecieron un trabajo en el extranjero. Fui al INEM, y me aconsejaron no pedir el paro, ir a trabajar, y al volver buscar otro trabajo para poder volver a pedir el paro. Mi pregunta es, hay un minimo de dias que tengo que trabajar para volver a pedir el paro?


    • Te aconsejaría que te acercaras a una oficina de empleo en la que te asesorarán mucho mejor.


  194. HOla, Soy Carmen
    MI duda es la siguiente, trabajo en una clinica de Recepcionista al comienzo mis jefes me dijeron q me haria un contrato de 30 horas semanales por 3 meses aunque realmente yo trabajo 40 acepte por que necesitaba trabajar. Mi sueldo neto es de 750 al mes. Luego para renovar mi documento les pedi que me cambiar el contrato a 40 hora y q sea indefinido, aceptaron con la condicion que yo pagara la diferencia de la seguridad social.. MI pregunta es.. Cuanto es mi verdadera cuota de seguridad social si trabajo 40 horas semanales y mi sueldo neto es de 750.. agradecere me responda.


    • Hola Carmen,

      Es totalmente ilegal que tú como trabajadora por cuenta ajena te hagas cargo de las cuotas de la seguridad social correspondientes a la parte patronal.


  195. ¿Es cierto que si no tomas tus vacaciones ahora con la nueva ley del trabajo no serán pagadas? y ¿son de carácter obligatorio?


    • Las vacaciones SIEMPRE son pagadas y no hay ningna ley que haya modificado ese punto.


  196. buenas dias , me gustariasaber si puedo cobrar el paro o alguna aiuda por 10 meses y 21 dias de trabajo pero con la baja voluntaria ,,,, fue de vacaciones en my pais y cuando ai regresao la jefa me a esperao con los papeles echas con la baja voluntaria . regrese en el dia 5 /10 /2012 y los papeles fueron echos en el dia 30/09/2012 me a dicho que si no son buenos me la va a cambiar ,estoi ententando ablar con ella y siempre me dice algo , que esta al medico , que no a hablao con el abogado y pasa el tiempo
    puedo hacer algo pa que me da los papeles y pa que cobrar alguna aiuda ,,, gracias y perdon si no se escribir bien


    • Para empezar, si la baja no era realmente voluntaria no deberías haberla firmado, si no llegaste a firmar la baja voluntaria todavía estarías en plazo de interpones una demanda por despido así que no esperes más.
      Creo que no tienes cotizado tiempo suficiente como para solicitar una prestación por desempleo pero es que aunque así fuese, si el cese es por baja voluntaria no tienes derecho a percibir prestación o subsidio por desempleo.


  197. Actualmente estoy trabajando en un clinica como auxiliar de odontologia y primero me hicieron un contrato de 1 mes y luego me hicieron un segundo de 5 meses. Dentro de una semana me cumple el contrato y me han dicho que no me lo pueden renovar porque ya tendria que ser un contrato definitivo y a ellos no les interesa. Me han dicho que tengo que firmar el finiquito y luego me harian un contrato nuevo, segun entendi lo del finiquito que me dicen que firme es para que si mas adelante no les intereso ellos no estarian obligados a pagarme la indemnizacion. Esto es legal? Tampoco me han dicho que tipo de contrato me harian, no se que hacer porque tal como estan las cosas quiero seguir trabajando pero no se que supondra esto de firmar el finiquito


    • Ese procedimiento es totalmente ilegal, se trataría de un encadenamiento de contratos y con la liquidación y posterior contratación lo que pretenden es comenzar de cero una relación laboral que tiene antigüedad. El único contrato que cabría en este caso es uno de carácter indefinido y sin finiquito o liquidación de por medio entre uno y otro.


      • Hoy me han dicho que el proximo contrato es un contrato indefinido, pero tengo que firmar el finiquito si quiero seguir con ellos, no entiendo en que me puede repercutir el finiquito si lo firmo? espero que me puedas ayudar, gracias


      • Supongo que al firmar el finiquito lo que sucede es que el contrato indefinido empezaría a contar de cero, es decir, como si nunca hubieses trabajado para esa empresa por lo que no tendrías antigüedad, ahora mismo no se me ocurre otro motivo para finiqutar el contrato anterior.
        Tienen intención de pagarte ese finiquito o simplemente van a hacerte firmar un papel?


      • No entiendo tu pregunta de que si me van a pagar el finiquito, es que yo no lo he preguntado porque lo he dado por hecho de que si me lo van a pagar, pero ahora me dejas con la duda. Yo en todos los sitios en los que he trabajado el finiquito lo firmaba cuando terminaba la relacion con la empresa y siempre me lo han pagado, por eso no entiendo porque no me lo deberian de pagar, esto puede ocurrir y que es lo que tengo que hacer porque se supone que yo sigo trabajando para ellos y que los contraros van encadenados. Muchas gracias por tu ayuda


  198. Buenas tardes, me gustaría saber si la cotización con un contrato de formación es igual que con un contrato normal y si al finalizar este, te corresponde paro.

    Muchas gracias, un saludo


    • Si, es la misma y tienes derecho a prestación por desempleo una vez que finalice el mismo.


  199. Buenas.puedo reclamar si me despiden por «dormir» cabesear seria…en mi trabajo? Yo trabajo semanz de noche y semana por la tarde. Tengo trss suspenciones por eso y dicen que en la cuarta pueden hacerlo con justificacion…Es un trabajo insaluble? La filmacion aunque no se ve bien es prueba.?yo firme las suspenciones,pero ya va hacer ok n año,esto caducaen algun tiempo?gracias


    • Dormir en el trabajo es causa justa para finalizar la relación laboral, sobre todo si te sancionan por escrito y es la cuarta vez que te avisan formalmente por el mismo motivo. Se trata de un despido disciplinario.


  200. hola:
    tengo una hija de 17 años estaba trabajando con permiso notarial solo viernes,sabado,domingo en total 20 horas semaneles el cual la segunda semana estando trabajando la echaron del local asi la echaron solo por diferencia de opinion con su empleador y no aceptar algo que no estaba acordado, yo como apoderado la cual firme el contrato exijo que le paguen el mes mas desahucio ya que ella abandono el recinto por peticion de la supervisora acargo en ese momento no olvidando que faltaba tiempo para cumplirse el termino de su contrato la ley laboral la ampara al igual que a un adulto? me hice presente en el local par apedir y hablar conl os encargados ellos m comiicaron que solo le pagarian una semana trabajada independient ela fecha de su contrato todo eso esta bien
    solo termine diciendo que tomaria acciones legales que tanto puedo hacer?favor necesito orientacion yo se algunas cosas pero no se si valdra la pena hacer todo lo que quiero por mi hija y asi darles un escarmiento y no por que sea una empresa a nivel mundial puede hacer todo esto.
    agradesco tu ayuda
    Maria Angelica Godoy


    • Hola,

      Indicarte que todos los trabajadores tienen los mismos derechos, que la ley permite trabajar desde los 16 años y que protege con las mismas leyes a todos, incluso con especial protección a los menores en lo que respecta a horarios y jornadas.
      Sobre lo que comentas, si tu hija se encontraba en el período de prueba estipulado, que seguramente sea así, en cualquier momento de ese período pueden decirle que prescinden de sus servicios por no haber pasado el período de prueba, en ese caso, y si ese es el caso que comentas, únicamente tendrá derecho a percibir la cuantía que le corresponda por el tiempo trabajado y no tendrá derecho a ninguna indemnización.


  201. quisiera saber que significado tiene en mi nomina oficial 1S


    • No entiendo la pregunta.


  202. Buenas tardes. He estado trabajando en un call center y durante mi periodo de pruebas (de 30 días) he decidido dejar el trabajo. En la empresa me han hecho firmar una baja voluntaria y me han dicho que me llamarian para recoger un cheque con la liquidación. Ha pasado casi un mes y sigo sin noticias. Mi pregunta es si la empresa tiene algún plazo establecido por ley para pagarme.


    • Si ellos no se han puesto en contacto contigo llámales o presentate en las oficinas. En este caso no hay plazo.


  203. Hola.mi pregunta es si en un contrato de 15 dias en la mitad de este coges una baja por ceatica por ejemplo y se termina el contrato mientras sigues de baja y con todo esto estas embarazada y no puedes trabajar mas hasta dar a luz,que cobrarias?


    • Cobrarías la cantidad correspondiente a prestación por desempleo en caso de que tuviesen derecho a este pero con la reducción correspondiente por IT, una vez que causes la baja por maternidad cobrarías lo correspondiente a la misma.


      • no tengo prestacion por desempleo.


  204. buenas tardes queria saber si al despedirte por faltar injustificadamente al trabajo puedo pedir prestacion por desempleo. un saludo. gracias


    • Muy dudosamente te concederán prestación por desempleo si la causa del despido es justificada (disciplinaria).


  205. mi caso es el siguiente, tengo un año y dos meses de trabajo,,laboro en una empresa de pinturas , mi contrato se vencio ,pero mis empleadores me han dicho que siga trabajando un mes mas ,pero solo de palabra ,y yo llevo trabajando mas de una semana sin contrato ,para esa esa empresa .
    que hago en este caso ,por no hacerme firmar el contrato ,ya me corresponde ser estable y si lo fuera y me botaran cuanto es la cantidad que deberian de pagarme ,
    y si yo no firmo ahora que ha pasado mas de una argumentandole que por ley pasado mas de una semana sin contrato ,me considerom estable,y por ese motivo ellos me botasen.
    QUE HAGO AYUDENME


    • No tienes que hacer nada hasta que llegase el caso de que te despidiesen o simplemente te digesen que no vuelvas porque ya acabó tu contrato.
      Si después de un contrato temporal continúas trabajando se considera que el trabajador se convierte en trabajador indefinido de la empresa.
      Estate atento a las cotizaciones a la seguridad social y de que se efectúen correctamente.


  206. tengo una duda. me despidieron el dia 14 de septiembre, ya arregle los paples del paro me dijeron me daban 875 al mes los 6 primeros meses, mi pregunta es este mes cobro los 875 o me pagan desde el dia siguiente al despido hasta el 30 y restando los 10 primeros dias que siempre quitan en madrid , gracias espero respuesta


    • Ellos en la carta que te envian notificándote los datos de pago te indican desde qué día tienes derecho a percibir la prestación.


  207. Hola tengo un contrato de formacion de un año el cual cumple el 2/11/2012 mi encargada me.insinuo que me.renovarian otro año pero el otro dia mi jefe dijo que tenia mi ñreaviso de fin de contrato alocual le pregunte ami encargada y me dijo que siempre dan preaviso independientemente renuevwn o no mi duda essi eso es cierto o solo preavisan cuando acaba definitivamente la relacion laboral. Gracias


    • Legalmente no existe obligación de preavisar si existe una fecha establecida de fin de contrato.


      • No te entiendo yo quiero saber que si el preaviso solo lo dan cuando acaba la relacion laboral definitivamente o aunque renueven el contrato.


  208. Hola, me pregunta es la siguiente.
    Tengo un contrato de 8 horas por la mañana en un ayuntamiento, y voy a empezar por las tardes en una tienda con un contrato por 4 horas el sueldo entre las dos sera aproximadamente de 1800 euros ¿que inconvenientes me pueden surgir?¿puedos hacerlo ya que supero las 40 horas semanales?¿que pasara luego con la renta?
    Muchas gracias.


    • No pasa nada si eres pluriempleada y a la semana se superan ls 40 horas semanales. Si buscan el el archivo tenemos un post dedicado a ese tema que resolverá todas tus dudas.


  209. hola buenas, yebo trabajando en una cafeteria 3 meses,con contrato a media jornada y 6 meses de contrato.he tenido un accidente de coxe y me despiden.Que deberia cobrar y cuanto?
    GRACIAS.


    • Depende del tipo de despido al que la empresa se haya acogido.


  210. Buenos dias,me llamo Juan
    Podrian aclararme una duda.
    Mire ahora a finales de noviembre cumplo 52 años.
    Mi situacion ahora mismo es de fijo discontinuo y hace unos dias me han llamado para trabajar,si yo pido una excedencia de 5 o 6 meses por problemas personales,podre solicitar cuando cumpla los 52 años el subcidio de los 52 años.


  211. Muy buenas mi pregunta es lo siguiente.
    Estube trabajando 3 años en una empresa y me di baja voluntaria por motivos personales y ahora estoy cotizando como camarero¿ cuanto tiempo debo cotizar para tener derecho al paro ? Muchas gracias


  212. Buenas tardes:

    Tengo una duda con respecto a un nuevo contrato que acabo de firmar. Tiene una duración de 9 meses, pero con 6 meses de periodo de prueba. El problema es que estoy embarazada y temo que me echen en dichos 6 meses de prueba por el embarazo alegando otras circunstancias.

    Si tengo una IT dentro de esos 6 meses del periodo de prueba, ¿podría evitar que me echaran?

    Gracias y espero haberme explicado con claridad,

    Ana


    • Si alegan la no superación del período de prueba lo único que te quedaría sería demandar para demostrar que el despido fué debido a la situación de embarazo y no a la no superación del período de prueba.


  213. Hola buenas tardes, soy Silvia, hace 4 meses entre en una empresa y me hicieron contrato de 3 mese de prueba, cuando llegó el 4º me hizo una prorroga por un mes y hace dos semanas me hizo un contrato por 6 meses mas, mi sorpresa ha sido cuando, no ha cometado que nos despide ya que no puede pagar salarios, si yo firmo el despido, ¿tengo derecho a paro o lo estoy perdiendo ?


    • Si firmas la carta de despido tienes derecho a prestación por desempleo siempre que lo hayas generado.


  214. Hola, trabajo en una empresa hace 4 años y ahora van a despedir a 5 compañeros y ami, por faltas economicas, me gustaria saber a que tengo derecho. gracias


    • A una indemnización de 20 días de salario por cada año de servicio con un máximo de 9 mensualidades.


  215. Hola, buenas mi duda es la siguiente en mayo de este año empece a trabajar para una empresa de limpieza en la cual echaba 4 horas al mes. Termine con esta empresa el 21 de julio pq empece a trabajar en un hotel 8 horas al dia. En el hotel termine el 4 de septiembre pero mi sorpresa fue q cuando fui a echar la ayuda me dicen q lo q me queda son 20 euros ya q la otra empresa en vez de darme la baja el 21 de julio me la dio el 5 de septiembre. Puedo hacer algo? Gracias de ante mano.


    • Lo único que puedes hacer es reclamar esa baja por ser incorrecta siempre que tú tengas los documentos que acrediten esa baja.


  216. Hola Mi nombre es Alonso,

    Llevó 10 años trabajando en una empresa y, fui ascendido hace 8 meses a supervisor haciendo un buen desempeño. Pero deseo renunciar al cargo de supervisor por problemas personales y de salud también.
    Mi pregunta es ¿ Me pueden reducir el sueldo que tengo hasta hora?
    Y si lo hicieran esta penado por la ley?

    Gracias a la espera de tus palabras.


    • Supongo que lo que quieres es renunciar al ascenso, es decir, a las nuevas tareas encomendadas y por las que te pagan más pero sin que te dejen de pagar ese porcentaje que te pagan de más por realizar esas nuevas tareas.
      Si fuese por movilidad funcional que te quitasen esas tareas deberían pagarte el sueldo entero pero si es que tú no quieres el ascenso lo normal es que tampoco te paguen el plus.


  217. buenas tardes
    me gustaria saber si un autonomo, que también cotiza en el RGSS en año 2012, es decir, que está en pluriactividad, ¿puede solicitar devolución del 50% de exceso de cotización? ¿cual es el plazo máximo para solicitarla?¿cual es la cantidad que tendrían que superar?
    gracias


  218. HOLA TENGO UNA DUDA EN MI EMPRESA LLEVAN 3 MESES SIN PAGARME Y SABEMOS QUE EN DICIEMBRE NO LE RENOVAN EL ALQUILER DEL LOCAL, ELLA NOS VA DANDO 100 E DE VEZ EN CUANDO DE LO QUE SE VA HACIENDO DE CAJA, HABLAMOS CON ELLA Y DICE QUE NO PUEDE CERRAR ASI COMO ASI, YO PERSONALMENTE PIENSO QUE NO TIENE LOS PAPELES EN REGLA NI HABER PRESENTADO LAS CUENTAS EN EL DERECHO MERCANTIL NI NADA DE NADA, PORQUE NO ES NORMAL QUE NO SE ACOJA A LO DEL DESPIDO OBJETIVO SI LA COSA VA TAN MAL COMO ELLA DICE, MI PREGUNTA SURJE AQUI..¿ QUE ES MAS RENTABLE PARA NOSOTROS DENUNCIAR YA? O ESPERAR A QUE CIERRE EN DICIEMBRE IR COBRANDO L OQEU PODAMOS Y COBRAR LO DE FOGASA?

    OTRA DUDA QUE ME SURJE ES.¿ SI SU PADRE CONSTA EN LA LICENCIA DE LA APERTURA DEL LOCAL HABRAI ALGUNA FORMA DE QUE FUESE EL PADRE A QUIEN LE EMBARGARAN YA QUE ELLA NO TIENE NADA A SU NOMBRE?

    GRACIAS DE ANTEMANO


    • Para empezar, si llevan 3 meses sin abonaros las nóminas lo que hay que hacer es interponer una demanda para que un juez contemple la rescisión indemnizada de vuestros contratos, sobre todo si no hay concurso de acreedores de por medio.
      Cobrar de fogasa no es tan sencillo, a lo mejor os pagaría una parte de la indemnización pero no los salarios dejados de percibir.
      No te puedo decir a uien embargarían ya que para eso hay que saber de qué tipo de sociedad se trata, si existe algún tipo de responsabilidad subsidiaria o solidaria…


      • MUCHAS GRACIAS ANTE TODO POR SU CONTESTACION PERO ME GUSTARIA FORMULARLE OTRA. SI NO ES MUCHA MOLESTIA…. A LA HORA DE DENUNCIAR A LA EMPRESA , QUIEN ES LA PERSONA QUE TIENE QUE RESPONDER AL PAGO DE LA LIQUIDACION Y DE LOS SALARIOS IMPAGADOS EL ADMINISTRADOR DE LA EMPRESA QUE HAYA EN ESE MOMENTO? O ECHARIAN MANO DE CUALQUIER DE SUS ANTIGUOS ADMINISTRADORES? O TAL VEZ SERIA AL ADMNISTRADOR QUE LA CREO EL QUE ESTÁ EN LA LICENCIA DEL LOCAL?

        ESPERO SU RESPUEST
        MUCHAS GRACIAS, UN SALUDO


      • Si se trata de una sociedad limitada esta tiene personalidad jurídica por lo que no existe responsabilidad por parte de los administradores de la misma, en este tipo de sociedades quien se hace cargo de las deudas es únicamente la sociedad ya que es una persona jurídica totalmente independiente de los administradores de la misma.
        Nunca los administradores de una sociedad jurídica se hacen cargo de las deudas generadas por la sociedad con sus bienes, por eso lo de responsabilidad limitada al capital aportado para la constitución de la sociedad.
        Los informes válidos son los que saques directamente del registro mercantil y no los que ofrecen de forma gratuita por internet ya que no suelen estar actualizados.


      • LA SOCIEDAD ES LIMITADA, Y EN UN INFORME QUE HE SACADO CONSTA COMO ESTRUCTURA CORPORATIVA EL NOMBRE DEL PADRE PERO EN 2009 CONSTA EL DE SU HIJA COMO ADMINISTRADORA QUE ACTUALMENTE ES LA QUE NO NOS PAGA, TAMBIEN PONE QUE NO PRESENTA CUENTAS EN EL REGISTRO MERCANTIL DESDE 2010 Y QUE ESTAN OBLIGADOS A PRESENTARLAS OSEA QUE SUPONGO QUE POR ESO NO SE HA PODIDO ACOGER AL DESPIDO OBJETIVO AL ERE NI A NADA…NO?


      • MUCHAS GRACIAS POR SU RESPUESTA, PERO NO ENTIENDO MUY BIEN ESO DE QUE SE ENCARGA LA SOCIEDAD DE LA EMPRESA QUE QUIERE DECIR QUE SE ENCARGARIAN ENTRE TODOS LOS QUE LA FORMAN? Y SI LOS ADMINISTRADORES NO ESTAN OBLIGADOS Y ELLOS TODOS HAN SIDO ADMINISTRADORES, ENTONCES QUIEN NOS VA A PAGAR? NADIE?
        GRACIAS, ESPERO SU RESPUESTA


      • Los administradores no se responsabilizan de las deudas de la empresa con sus bienes. La sociedad es independiente de los administradores.
        Para los casos de impagos e insolvencia societaria existe la figura del FOGASA.


      • PERO SI FOGASA NOS PAGA SERIAN SOLO 120 DIAS NO? Y EN ESOS 120 DIAS ENTRARIA TODO? SALARIOS QUE NOS DEBEN INDEMNIZACION ETC..? PORQUE SI ES ASI ES INJUSTO DESPUES DE 14 AÑOS EN LA EMPRESA…


  219. hola soy brasileña tengo viviendo en españa hace 6 años, hace 1 año estoy trabajando de empleada del hogar, cuido una persona maior, la persona que es responsable por la señora me has dicho que si me iba bien en el trabajo despues de 1 año me iba hacer los papeles porque aun estoy ilegal, en el principio trabajava toda la semana y tenia fiesta desde el sabado a las 12:30 haste el domingo a les 22:00, y cuando me voy yo quieda una otra chica, pero despues mi jefa dijo que yo tenia que trabajar tambien todos los sabado por la noche, entonces me has canbiado el horario, me marcho sabado a les 12:30 y vuelvo a les 22:00 y lo domingo el mismo horario, pero me has preguntado si yo queria que me aumentara la paga o dejariamos como estaba y despues de 1 año ella pagaba la gestoria para hacerme el contracto para quedarme legalmente, y le dije que entonces yo preferiria que ella pagará la gestoria y mi sueldo quedo el mismo, pero ese mes ha hecho 1 año y venido ella a decirme que no me hara el contrato porque no tiene dinero pero sé que es mentira. e todo este año he trabajado los sabados y los que yo no he vuelto para dormir es porque he pagado la chica que trabaja los fines de semana para quedarse para mi, pero pago de mi bolsillo… me gustaria que me dijera que hago? porque sé que con esta nueva lei tengo derecho, tambien no me has dado vacaciones hey trabajado todo el año.


    • Podrías poner una denuncia ante la inspección de trabajo, así seguramente sería posible que te reconociesen la antigüedad y tu empleadora tenga que pagar la seguridad social por todo el tiempo que estás trabajando para ella.


  220. hola mi cuestion es la empresa propone un ERE de 180 a 3 voluntarios y alos 20 de 90 dias el ERE empieza en 12.12.2011 y para los de los 90 dias acaba el 12 de marzo de 2012 y otro turno empieza el 13 .marzo asta los 90 dias bueno yo cojo mi ere 12.12.2011 y vuelvo al 13.6.2012 al dia 9.7.2012 que nos despiden a 9 personas por causas objetivas voi a inem a reanudar mi paro lo reanudo todo bien me dice la chica que cobrare el dia 10 .9.2012 llega el dia no cobro y voi y me dice que tengo un cobro indevido del 11.5.2012 a 30.5.2012 por anulacion de ERE pero yo si e cumplido el ERE 12.12.2011 a 13.6.2012 lo cual ese ERE si lo anulo la empresa es fallo suyo ami el inem me reclama se puede llamar despido improcente o nulo yo en cemac pido mi readmisiom digame algo


  221. Hola buenas tengo una duda, llegó en la empresa 2 años y me bajan la jornada a 20 horas semanales, soy dependienta, si me voy al paro que me cuentan los dos últimos meses porque se que va ha cerrar o los dos años de trabajo.gracias


    • Cuentan los seis últimos meses.


  222. Hola, mi situación es la siguiente.
    Llevo casi 7 años en mi empresa, hasta el mes de julio, he estado trabajando fuera de la oficina, en un cliente, originando ingresos a mi empresa, en julio, tuve que volver a la oficina por que el trabajo en este cliente cesó.

    Desde mi llegada a la oficina, no se me da trabajo y comienzan a no pagarme, no recibo la paga extra, ni la nómina de agosto. En esta situación nos encontramos 5 personas más. La empresa, tiene algo más de 100 empleados y el resto si parece haber recibido sus retribuciones. Hemos denunciado esta situación ante el SMAC, y estamos esperando al acto de conciliación, aunque nos tememos que no acudirán. El colmo ha sido que se está pagando la nómina de septiembre al resto de personas y nosotros seguimos sin cobrar aún la de agosto. Esto consideramos que se trata de una discriminación absoluta, y queremos saber que podemos hacer, ¿ qué más tenemos que esperar para poder denunciar nuestra situación y solicitar una rescisión unilateral de nuestro contrato con indemnización de 45 días? nos encontramos en una situación desesperada, se nos agolpan las facturas y demás y somos los únicos que padecemos esta situación que ellos achacan a una mala situación económica.
    No podemos más.
    Gracias y un saludo.


    • Para poder solicitar la rescisión indemnizada a un juez hay que esperar hasta que se adeuden tres nóminas impagadas, hasta ese momento no se podrá interponer demanda judicial.
      Son situaciones muy difíciles pero la ley no hace nada para proteger a los trabajadores que las padecen.
      Solo puedo deciros que mucho ánimo y paciencia que puede ser un proceso largo.


  223. Mi caso es el siguiente: Trabajo en la construcción concretamente en una SL (los socios son un matrimonio en el que ella realmente no pinta nada y el es el administrador unico por tiempo indefinido y es el quien lleva la empresa y tiene la mayoria de las participaciones). Debido a la crisis la empresa se encuentra en una situación delicada, el jefe tiene 58 años y mi pregunta es la siguente:
    Se puede jubilar por ejemplo a los 60? ¿Que le pasa a los trabajadores si el jefe se jubila en referencia a indemnizaciones?

    Muchas gracias


    • En este caso, al tratarse de una SL. no hay empresario físico por lo que la jubilación del admnistrador no es motivo para que la empresa cierre. Si fuese un empresario autónomo, por lo tanto persona física y éste se jubilase a los trabajadores les pertenecería cobrar un mes de salario a modo de indemnización.
      Para que una SL cierre la única vía es mediante ERE.


  224. Buenos Dias, Me gustaría informarme, resulta que en 2009 me reducen la jornada, enseguida empiezo a trabajar en otro trabajo 18 meses, cuando finalizo cobro paro de esos 18 meses en proporción a la media jornada que sigo realizando, ahora he cambiado de trabajo llevo 6 meses a jornada completa. en total sin parar llevo 15 años, si me echan supongo que me corresponde 2 años aunque yo haya cobrado ese paro no?


    • Por lo que cuentas ya lo has percibido y además has empezado a generar otro derecho por lo que cobrarás en función a ese último período.


      • perdón, no se si me he explicado bien, yo solo he cobrado 4 meses de paro, como le digo en proporción al contrato de los 18 meses trabados conjuntos con mi trabajo de 14 años, yo he seguido trabajando despues a media jornada y no he he cobrado por mi trabajo de esos 14 años, solo por los 18 meses de otro contrato que me correspondían 4 meses, explicandole que últimamente sin parar de trabajar estoy trabajando en otra empresa a jornada completa, pero yo no he cobrado mi paro anterior de dicha empresa, por lo cúal, yo creo me correspondería los 24 meses en proporción a los últimos meses trabados, aunque yo esté en otra empresa, en fin espero haberme explicado bien, pues esto es un lio. gracias y un saludo


  225. buen dia despues de 6 meses trabajados sin faltas sin llegar tarde y con la promesa de dejarme efectivo por la empresa me hicieron renunciar me dijeron que me ivan a mandar a otra empresa y nada


  226. Llevo dos años en la misma empresa haciendo bajas de maternidad, con contratos de substitución, y durante este año tambien estoy contratada, me an comentado que estan obligados a hacerme fija pero nose si es cierto.


    • En teoría sólo se pueden encadenar dos contratos temporales seguidos, el tercer contrato tiene que ser contrato indefinido.


  227. Buenos dias. Mi duda es la siguiente:
    Llevo trabajando en una empresa alrededor de un año a base de union de contratos. Me han ofrecido cambiarme de departamento con mejores condiciones, pero para eso tengo que causar baja voluntaria en mi actual departamento. El nuevo contrato es baja de maternidad, 3 meses. Si me echan antes de esos 3 meses tengo paro? la ley reconocer que deben de pasar 3 meses despues de una baja voluntaria para reconocer prestacion, pero al ser la misma empresa a lo mejor es distinto.
    Gracias


    • Ese contrato es en fraude de ley si tienes la misma categoria.


      • En uno era auxiliar administrativo y el nuevo es de tecnico contable, en principio no hay intencion de despido pero por si acaso quiero saber que puede pasarme.


    • Hola, quisiera saber si en en trabajo yo misma me despido y me voy a otro sitio durante una semana dada de alta, al darme de baja el empresario podría reanudar el paro que tengo guardado. Muchas gracias.


      • No, en ese caso no te concederían prestación por desempleo.


  228. Buenos días, me gustaría que me ayudaran sobre una duda.

    La empresa en la que llevo más de 7 años trabajando ha decidido ponernos a media jornada a 6 trabajadores, con lo cual percibiríamos la mitad del sueldo, mi contrato es de obra o servicio y no puedo sobrellevar mis gastos con lo que me ofrecen;

    Mi pregunta es; si les pido que me liquiden según ley con mis correspondientes atrasos y me manden al desempleo, podrian oponerse o negarse a pagarme liquidación y finiquito??

    Es muy importante, no tengo margen de dias para actuar.

    Gracias


    • Podrían negarse pero en ese caso tú estarías en tu derecho de demandarles reclamando la cantidad.


      • Muchas Gracias por su respuesta,

        Al no ser un ERE oficialmente, solo reducirnos la jornada, nos quedamos con la mitad del sueldo y es inviable para algunos de nosotros afrontar nuestros pagos.

        ¿A cuantos días de indemnización tendríamos derecho?

        Ya se han negado a dársela a uno de los compañeros, ¿¿que tendríamos que hacer ahora???

        Gracias


  229. Hola. Llevo 8 años trabajando de ayudante de camarero en un mesón restaurante en Galicia. Tengo varias dudas. La primera es si la antiguedad me la tienen que pagar aparte o me viene ya en la nómina. Después querría saber también cual es la diferencia entre ayudante de camarero y camarero, pues en nómina me pone ayudante y yo atiendo la barra, las mesas… Otra duda es si cuando trabajo los festivos cuanto más me tienen que pagar. Muchas gracias. Un saludo


    • A todas esas preguntas podrás encontrarles respuesta leyendo el convenio colectivo al que esté suscrita la empresa para la que prestas servicios y leyendo tu vontrato de trabajo ya que en el mismo te debe indicar las tareas que tienes asignadas además de la categoría profesional.


  230. Estoy trabajando en un bar ininterrumpidamente desde hace cinco años, bien echando unas 35 horas en fin de semana, o 65-70 horas toda la semana, dependiendo de la época del año. Ahora me despiden sin más justificación, sin querer pagar el finiquito. He estado asegurado un total de 250 días en esos cinco años.Tengo todo tipo de pruebas para demostrar mi relación con el bar. Mi pregunta es, si a primeros de año cobre la ayuda familiar, he perdido el derecho a poder reclamar esos 5 años? Que consecuencias negativas tiene para mi haber cobrado la ayuda? Agradezco que me contesten lo más breve posible, gracias.


    • Si tu eras conocedor de esas situación hasta el punto que estabas trabajando sin estar dado de alta y percibiendo un subsidio has cometido un delito. Te pueden imponer una multa e incluso hacer que devuelvas el dinero que percibiste indebidamente. El delito lo habéis cometido el empresario y tú.
      Esas situaciones son inadmisibles.


  231. Buenas tardes!! mi pregunta es la siguiente. Yo era autónomo y adquiri una deuda con la Seg.Soc. ahora voy a cobrar la prestación y se que me van a quitar un tanto. Podrías indicarme que tanto por ciento me quitarian si voy a cobrar unos 1000€ de prestación??
    Muchas gracias.


  232. hola hace un mes estuve trabajando de extra en un bar sin decirme nada me hicieron un contrato de 2 horas cuando yo estuve echando 12 horas , yo no dije nada me echaron firme el finiquito para entregarlo en el inem , me llega la carta que sale aprobado pero dice que me dan 3,40 euros por dia eso hace 106 al mes ., entonces lo que yo quiero saber si lo que cuenta ahora es el ultimo contrato ? por que yo estube trabajando en otro lado 3 meses jornada completa y otros 6 meses media jornada por favor decirme si puedo hacer algo gracias


    • La prestación se calcula a partir del último período devengado.


  233. Hola buenas trabajo en una pequeña empresa del textil,actualmente trabajo a 40 horas semanales y quieren presentar o un ERE o un ERTE y me bajarian a 20 horas semanales, estaria obligado a firmar el nuevo contrato? Y si me niego a firmarlo que pasaria?tengo miedo a firmarlo y quedarme sin antiguedad de 10 años y que no me pertenezca ningun finiquito. Espero una respuesta por favor. Gracias un saludo


    • Con un ERTE parcial no te hacen modificación alguna del contrato de trabajo por lo que no firmas ningún nuevo contrato y no tienes derecho a solicitar una rescisión indemnizada.
      En ningún caso vas a perder la antigüedad. La indemnización en caso de despido por ERE sería de 20 días de salario por año de servicio con un máximo de 9 mensualidades.


  234. Hola, Buenas tardes:

    Me han despedido hace dos dias, pero no se si realmente la indemnizacion esta correcta, pues cobro muy poco y no se a que convenio estoy sujeto, ni en las nominas ni en los contratos figura


    • Sin más datos no puedo ayudarte en nada.


      • Trabajo en Córdoba, mi categoria es auxiliar laboratorio y mi salario base no llega a 800, quisiera saber cual es mi convenio colectivo. La empresa tiene sede en varias provincias, en concreto en la mia realizaba funciones de laboratorio en un laboratorio pequeño.

        Gracias


  235. buenos dias
    un trabajador fijo-discontinuo, que se le despide en el periodo de inactividad, ¿la empresa tiene que darle algun tipo de documentacion para que presente en el inem-prestaciones? y si es el trabajador el que no quiere incorporarse a la empresa, ¿también deberia de presentar alguna documentacion al INEM-prestacion y se le paralizaria la prestacion? gracias. a la espera de su respuesta


  236. hola, me han hecho un contrato para cubrir una baja de maternidad por 4 meses, llevo un mes y me ha salido una oferta mejor por mas tiempo…que pasa si acepto la nueva oferta?


  237. hola, mi jefe me ha dicho que tengo que cambiar mi contrato que es fijo por uno fijo-discontinuo y que si no firmo me despide. ¿puede hacerlo? gracias


  238. Hola,buenas tardes…En mi trabajo quieren que firme una Modificacion de Alta (AFIP- Mi simplificacion) y despues la renuncia para cambiar de firma.
    Yo quiero saber si se pierden los años de antiguedad laboral…y si hay otra forma de que lo hagan sin que se pierdan esos años.
    Gracias


    • No sé qué es una modificación de alta.
      Piensa que únicamente atendemos consultas de trabajadores afectados por el derecho laboral y seguridad social de España.


  239. Muy buenas tardes.
    MI pregunta es la siguiente: Ahora mismo tengo un contrato con turno completo de 40 horas semanales, hoy mismo mi jefa me ha propuesto reducirme a 20 horas, y diciendome que si no acepto me despiden. Tengo un contrato hasta Abril del 2013. Si no acepto y me despiden me tendrian que pagar todo mi contrato, todos los meses hasta abril? Y si no acepto me pueden obligar y reducirme la jornada?.


    • Para que no se te aplique esa reducción la solución es solicitar una rescisión indemnizada del contrato para lo cual te pagarán únicamente una indemnización de 20 días de salario por año de servicio.
      No tienen que pagarte los meses que no vayas a trabajar.


  240. buenos dias, agradecería me contestarais a la pregunta que hice el 13 de septiembre sobre descuelgue de convenio colectivo
    a la espera de tus noticias
    un saludo


    • Te respondimos:

      Enviado el 17/09/2012 a las 13:00 | En respuesta a Alicia.

      Puede acumularse en 15 días.

      Nos hemos mudado, a partir de ahora podrás encontrarnos en:

      https://asesorgratis.tuars.com


    • Buenas tardes, la pregunta a la que me referia, del 13/09/12 era esta: quisiera saber los pasos a seguir para que una empresa se descuelgue del convenio que actualmente se les aplica a los trabajadores (convenio publicado en Boletin Oficial) muchas gracias. A la espera de tus noticias. un saludo


  241. Mi esposo y yo no sabemos que mas hacer y yo estoy embarazada ayudennos porfavor muchas gracias.


  242. Buenas noches mi consulta es:, mi esposo trabaja de jardinero en una comunidad de propietarios lleva dos meses sin cobrar y ya nos acercamos al tercero, hemos ido hablar con un abogado de la ugt le explicamos nuestro caso nos dijo que podiamos demandar pero estime tardaba de ano à ano y medio y para recindir el contratro à partir des tercer mes y tendriamos que esperar varios meses mientras tanto el tiene que seguir trabajando pero nosotros no podemos esperar mas es que ya ni siquiera son las cosas que tenemos que pagar si no no hay para comer, nos aconsejo qu.
    e la manera mas rapido seria que lo hecharà para poder cobrar el paro pero
    perderiamos todo el mal hombre el presidente de la comunidad no quiere ni pagar
    ni despedirle estamos pensando ir sin nada ayudennos que m’as podemos hacer y mi.esposo y go.llevamos


    • Siento no poder decirte nada nuevo, todo lo que te indicaron en UGT son los procedimientos habituales en estos casos, lo único que hay que hacer es tener paciencia infinita y esperar que las demandas se resuelvan lo antes posible.

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  243. Buenas noches.
    Llevo trabajando 40 días en una empresa que me hizo un contrato de los nuevos de la reforma. En concreto el de emprendedores.
    La cuestión es que no me gusta nada el ambiente, y estoy claramente explotado, o eso es lo que siento.
    Me quiero ir, pero no sé si al pedir la baja voluntaria, tendré derecho a percibir la prestación que aún me queda de 16 meses.
    No me he acogido a percibir el 25% de la prestación restante, para no perder mi paro anterior.
    El BOE dice que puedo rescindir contrato sin previo aviso, lo que no dice es qué pasa con mi prestación por desempleo.
    Un saludo y gracias de antemano.


    • Las bajas voluntarias, aunque se efectúen en el período de prueba no generan derecho a percibir una prestación por desempleo.
      Ley general de la seguridad social Art. 208 habla sobre la situación legal de desempleo y como acreditarla.

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  244. Carmen en 14 de septiembre de 2012 a las 17:34
    Hola,he trabajado en una zapateria de la cual me he ido a otro trabajo sin dar los 15 dias de marjen,pero en mi combenio de valladolid pone que no estoy obligada a dar los 15 dias de marjen si no tengo un contrato de mas de un año,mi contrato es de fin de obra.y en la empresa me han dicho que pierdo finiquito y liquidacion,mientras que por otro lado me han dicho que al no estar obligada a dar los 15 dias me tienen que pagar todo! Serias tan amable de ayudarme antes de que firme los papeles?gracias.


    • Del preaviso que se habla en el convenio de referencia es el preaviso que debe dar el empresario en caso de despido a trabajadores con contratos de un año de duración.
      La normativa mínima de referencia es de 15 días que es lo que vas a tener que cumplir si no quieres que te sancionen.


  245. Hola: Me quede fijo en la limpieza publica en el convenio edificios y locales , la misma empresa lleva la limpieza viaria me puede pasar la empresa a limpieza viaria si asi lo solicitara… Gracias


    • Si hay vacante y la empresa lo ve conveniente si.


  246. Hola
    Tenia prestacion y la he detenido por un trabajo de un dia por obra y servicio. Queria reanudarla nuevamente. Necesito entregar certificado de empresa al INEM o basta el contrato?
    Gracias


    • Debes entregar el certificado de empresa.

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      • Buenas,
        Ocurre que, es una empresa que me contrata a distancia desde Barcelona ,yo estoy en Palma y me envia el contrato por email. Otras veces con contratos mas largos y hemos firmado reenviandonos el contrato escaneado. Pero esta vez fue la semana pasada habia poco tiempo y al ser contrato de un dia por obra y servicio tampoco hubo tiempo, me enviaron el contrato y ya esta hecho el trabajo.
        Yo esperaba que enviaran el certificado de empresa directamente ellos al INEM como otras veces se ha hecho y pedi cita alli. Tengo cita el jueves para reanudar la prestación en el INEM.
        Pero me llamo hace 2 dias la empresa nuevamente para trabajar puntualmente este el miercoles otra vez.
        Le comente que aunque hay poco tiempo intentaran enviarme el certificado de empresa a mi o al INEM directamente el mismo jueves y asi aprovecho para reanudar la prestación, pero me dijeron que al ser un contrato por obra y servicio de un dia, basta con presentar el contrato.Y me han enviado el contrato de esta semana. Que al igual que el anterior no hemos firmado.
        Confio en la buena fe de la empresa, pero quisiera que me aconsejarais si realmente basta con el contrato. Si es asi supongo que lo necesito firmado. O bien si por el contrario deben emitirme indiferentemente del tipo de contrato que sea, el certificado de empresa al finalizar.
        Gracias


      • Depende de cada oficina de empleo y de las normas que ellos quieran seguir. Deberás preguntar allí directamente.

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  247. Me puede contestar alguien!!!ke renga alguna idea??esque firmo los papeles hoy!!gracias


  248. Hola acabó de recibir hoy mi carta de despido pero como es sábado no puedo informarme de nada acerca de mis derechos mi pregunta es tengo que firmarla aún que no este conforme o tengo algún margen para hacerlo ya que mi jefe me dice que ponga no conforme por que como no estoy de acuerdo con Lo que pone


    • La firma de la carta de despido o del finiquito es independiente de poder poner demanda más adelante siempre que no haya trasncurrido el plazo para ello.

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  249. hola me llamo vanesa y mi pregunta es la siguiente:e firmado un contrato de trabajo de un mes en un hotel de benidorm y me quieren echar porque dicen que no doy todo el rendimiento.¿me tienen que pagar todo el mes si me echan a la calle?el contrato que tengo firmado es de 14 de sepmtiembre al 13 de octubre.muchas gracias.espero una respuesta gracias


    • Te tienen que pagar por el tiempo trabajado. Supongo que estás en el período de prueba por lo que no te corresponde indemnización.

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  250. Hola! mi esposa eta trabajando como tehnico de manicura en una empresa de dos años.los primeros contratos estaba por 3 meses y despues e a hecheo por 6 meses.aoramismo es enbarasada en 8 meses,el contrato se acaba en dia 16 de sptiembre y primera ves ia diceo qhe no le va a renovar el contrato,y despues ya dicheo che le va hacer un contrato por un mes,y luego le da de baja en en paro asta qhe da la luz.Mi pregunta es puede hacer un contrato por un mes,despues de tener otro contratos por 3 y 6 meses? Y despues de este contrato de un mes,puede cojer el paro y luego qedarse en baja maternal? Muchias grachias.


    • Si ahora la despide lo que tiene que hacer es interponer una demanda por despido nulo ya que según lo que he podido entender ha estado trabajando con contratos fraudulentos por el encadenamiento de los mismos y ahora quiere aprovechar la situación de embarazo para desacerse de ella definitivamente.

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  251. Hola,he trabajado en una zapateria de la cual me he ido a otro trabajo sin dar los 15 dias de marjen,pero en mi combenio de valladolid pone que no estoy obligada a dar los 15 dias de marjen si no tengo un contrato de mas de un año,mi contrato es de fin de obra.y en la empresa me han dicho que pierdo finiquito y liquidacion,mientras que por otro lado me han dicho que al no estar obligada a dar los 15 dias me tienen que pagar todo! Serias tan amable de ayudarme antes de que firme los papeles?gracias.


  252. hola! yo he renunciado a mi puesto hace 2 meses.. Tengo 3 hijos. El paro se que no me pertenece, pero tengo derecho algun tipo de ayuda.. gracias


    • Si eres tú quien renuncia a trabajar no tienes derecho a prestaciones o subsidios por desempleo.

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  253. Buenos días!! ojalá me podáis ayudar…
    Acaba de finalizar mi contrato de 4 meses por obra o servicio de 20 horas semanales, querría saber, si para pedir el subsidio, los 4 meses cotizaría por 2 meses cotizados, o al ser un contrato de Lunes a Domingo cotizaría como jornada completa. Sé que para pedir el paro si que constaba como jornada completa, pero con esto de las reformas no estoy segura si con el subsidio te lo cuentan igual.
    Muchísimas gracias!!!!


    • Es independiente la jornada que hayas trabajado para el cómputo de los meses. Puedes hacer una simulación en la web del SEPE.

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  254. buenos dias, quisiera saber si, tras la reforma laboral, el permiso de lactancia se puede seguir acumulando, en el caso de que por convenio colectivo no se establezca nada al respecto. si es que si, ¿cual es el tiempo máximo de ese período? pendiente de tu respuesta
    gracias


  255. Me han ofrecido trabajar 4 horas semanales dando clase en un Centro de Formación de duración de oct/2012 a jun/2013, ¿qué tipo de contrato me deberían hacer?, ¿cotizo a la seguridad social?. gracias


    • Depende, puede ser de interinidad, temporal, por obra y servicio, indefinido, fijo discontinuo…

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  256. Buenas tardes: En mi caso estoy de baja por enfermedad común y la empresa me ha llamado para que pase a firmar la rescision del contrato…debo hacerlo? Y en caso de no hacerlo pueden echarme? Gracias.


  257. Hola buenas tardes :me gustaría hacerles una consulta, llevo 8 años en una empresa de los cuales he estado estado estos 3 últimos en reducción de jornada. Ahora me comunican que la empresa el 10 de octubre hace un despido colectivo y que nos dan 20 dias por año,yo para la fecha de despido ya estaré de baja maternal y anteriormente en reducción de jornada. Querría saber que indemnización me corresponde, la protección por jornada reducida se anula con el despido colectivo?? La empresa hace despido colectivo de 25 personas por perdidas de ingresos..
    Muchas gracias


    • El despido colectivo o el ERE puede afectar a personas con reducción de jornada o de baja maternal ya que la empresa se ve obligada a amortizar esos puestos de trabajo.
      Si la reducción de jornada era por cuidado de hijos la indemnización se calculará sobre el 100% del salario y no sobre la reducción.

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  258. hola buenas tardes, queria consultar una cosa,
    trabajo para una empresa de ascensores el cual tengo contrato de 40 horas semanales, pero aparte hago guardia todos los dias 24 horas al dia 3 semanas seguidas sin descanso con un movil a cuestas por si alguien se queda encerrado rescatarlo, trabajando hasta los festivos. por un misero plus, yo lo veo abusivo me podria negar a cumplir la guardia ya que creo que supero el maximo de horas trabajadas? y por ultimo me quieren quitar el vehiculo de empresa y que siga cubriendo los rescates en taxi , gracias.


    • Todo depende del contrato de trabajo que firmaste y las cláusulas al respecto de las guardias además del convenio colectivo pertienete.

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  259. buenos dias, quisiera saber los pasos a seguir para que una empresa se descuelgue del convenio que actualmente se les aplica a los trabajadores (convenio publicado en Boletin Oficial) muchas gracias


  260. Me acaban de notificar que mi nuevo horario de trabajo sera de lunes a viernes de 8H a 15H y sabados de 12H a 17H ; mi horario actual es de lunes a viernes de 8 a 14 y de 17 a 19 horas.El motivo alegado es organizativo y nada mas(sin explicar cuales son).¿Podria rescindir mi contrato amparandome en el articulo 41 del estatuto de los trabajadores?.Me ha comentado un abogado que el problema viene en la negativa del empresario a aceptarlo y aunque lo aceptara la pestacion por desempleo me la podrian denegar. Quisiera saber si esto seria posible ya que los del paro se agarran a qualquier cosa para que las cifras no aumenten mas


    • Tal y como te han comentado y como hemos comentado también nosotros en diversas ocasiones la ley establece que puedes rescindir el contrato por esas modificaciones sustanciales pero que después los servicios de empleo tienen la potestad de concederte o no la prestación por desempleo dependiendo de si las modificaciones se consideran suficientemente perjudiciales para que hayas renunciado y te paguen una prestación por desempleo.

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  261. Perdon explique mi caso y me respondieron que no entendian bin mi cpnsulta hoy le he intentadso explicar mejor mi caso respondiendo al asesor. Mi consulta fecha dia 7 septiembre muchas geacias un saludo y espero que me podais orientar


  262. Buenas noches, a ver si me pódeis ayudar, mi caso es el siguiente.
    Estoy de baja con enfermedad común desde el pasado lunes, estoy embarazada de 11 semanas y tengo la tension por los suelos, este mismo sabado acaba mi contrato, y mis
    dudas son las siguientes 1) ¿quien me sigue pagando una vez finalizado mi contrato? 2)¿tengo que arreglar algun papel? 3)¿como puedo hacer para que el tiempo que este de baja por IT no me lo descuente de la prestacion por desempleo cuanto lo solicite?
    Gracias, un saludo.


    • El tiempo que estés en IT se te descontará si o si de la prestación por desempleo, lo que no se te descontará será la baja de maternidad.

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  263. hola
    quisiera saber si se pueden hacer contratos fijos discontinuos cuando a la empresa le han concedido una subvencion de planes y programas publicos, en este caso, un curso escolar en el Programa de Cualificacion Profesional Inicial (PCPI)
    gracias


  264. Buenas tardes, tengo varias dudas: llevo trabajando 9 años en la misma empresa de 40 horas semanales de lunes a viernes, pero ahora mi jefe quiere cambiarlo de martes a sabado igual 40 horas, y asi no pagar horas extras de sabado (en mi contrato pone 40 horas de lunes a viernes), mis preguntas vienen ahora: ¿mi jefe puede hacer eso? ¿tengo que firmar algun papel o un nuevo contrato con la modificacion horaria? ¿si me niego a firmar que me puede pasar? es que ahora con la nueva reforma laboral estoy muy perdida.
    Un saludo.Gracias.


    • Queda a disposición del empresario la modificación de la jornada de trabajo.

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  265. Holw me gustaria saber .yo tengo un contrato de 4horas la cual trabahjo 12 horas diarias sime vengo de este trabajo tengo derecho a alguna prestacion????


    • Supongo que lo que quieres decir es si te vas del trabajo, es decir, que pidas la baja voluntaria si tienes derecho a prestación por desempleo.
      Por baja voluntaria no tienes derecho a prestación por desempleo ni a ningún tipo de subsidio.
      En los contratos a tiempo parcial esta permitido realizar horas extraordinarias.

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  266. hola, querria saber si llegado el plazo del llamamiento de un fijo discontinuo, al trabajador no se le da de alta porque no hay dotacion presupuestaria (es profesor de PCPI), ¿hay que entregarle carta explicando los motivos de porque no se le vuelve a contratar? ¿cobraria la indemnización teniendo en cuenta su ultima fecha de baja? ¿la indemnizacion se cobraria de todos los periodos que ha estado como fijo discontinuo? muchas gracias por tu atencion


    • Se entendería como despido, y si es por falta de dotación presupuestaria seguramente sea despido objetivo.
      La indemnización se calcularía uniendo todos los períodos trabajados, por ejemplo, del año 2010 trabajo 6 meses y del 2011 otros seis meses, pues un año de antigüedad.

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      • muchas gracias


  267. quisiera saber si con 53 ños que tengo y la empresa me despide porque no hay trabajo, a qué me puedo acoger?


    • A una prestación por desempleo siempre que hayas cotizado tiempo suficiente o a un subsidio por desempleo.
      Te informarán mejor en los servicios de empleo.

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  268. Tengo reconocido el maximo de 24 meses de prestacion por desempleo,este mes cobro el que haria el primer año,es decir,los 12 primeros meses.Mi pregunta es si tengo que renovar algo o al tener reconocidos ya los 24 meses no tengo que renovar nada?.Gracias y saludos.


    • Hola Julio,

      No tienes que hacer nada ya que ya tienes reconocido ese derecho.

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  269. Hola me acabo de dar de baja por enfermedad comun.¿pero es cierto que ahora no te pagan el primer mes que estes de baja?

    Un saludo


    • Hola Rocio,

      No tengo constancia de ninguna normativa que indique que el primer mes de IT no percibes subsidio, si es por enfermedad común cobras a partir del tercer día.

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  270. la empresa donde trabajo me despide o me da la oportunidad de trasladarme a otra localidad a 30 km de donde yo trabajo ahora.
    El problema es que mi contrato es de 15 horas semanales 3 horas al dia y por supuesto es algo ridiculo, gasto mi paga en gasolina.
    Mi pregunta es la siguiente ¿ Si me niego a aceptar el trabajo tengo derecho a indemnizacion? ¿ Cual seria? tengo 11 años de antiguedad


    • Hola Conce,

      Si no te interesa ese traslado entonces escoje el despido que te ofrece la empresa, la indemnización que te pertoca en estos casos es de 20 días de salario por año de servicio con un máximo de 9 mensualidades.

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  271. Llevo 6 años trabajando como peon viaria en un servicio publica con una empresa publica con contrato de obras y servicios. Ahora sale a licitacion y no venimos los trabajadores en el pliefo de condiciones es legal? Si con mi empresa he trabajado fuera de mi lugar de trabajo podria recogerme esta? Que indemnizacion me corresponde? En caso de subrrogarme pueden reducirme la jornada?


    • No entiendo muy bien la consulta.

      Si tienes un contrato por obra y servicio y la obra o servicio a la que estabas destinado ha finalizado se considera que tu contrato también ha finalizado.
      Cada concurso público es diferente y no sé si es legal o no que aparezcan los trabajadores en el mismo porque no he leito el pliego.
      La indemnización por fin de contrato de obra y servicio es de 8 días de salario.

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      • Hola de nuevo el servicio es limpiar un parque publico asi que no debe acabar el servicicio? Si nos despidieran cuanto son 8 dias por año?? es legal que no nos subrogaran? Y que no vengamos en el pliego de condiciones??? Se puede reducir el svericio a


      • Perdon se puede reducirel sevicio a media jornada??? En nuestro caso para la empresa que estamos contratados en nuestro horario laboral nos a requerido en otros trabajos fuera de nuestro lugar de trabajo, si la empresa entrante no nos subrogase podria la saliente recogernos si nosotros denunciaramos estas practicas??(empresa de 300 trabajadores con plazas por cubrir) perdon por laa molestias y un saludo.espero que podais ayudar a orientame gracias


  272. Me han realizado un contrato en una empresa para trabajar como promotora de telefonia movil.
    Me han colocado en un stand sin formación avisandome de un dia para otro, las condiciones son malisimas y cada dia me dedico a recibir broncas de los clientes sin poder hacer nada… al no tener formación ni conocimientos.
    Al leer mi contrato e visto que me han hecho un contrato de interindad y en un anexo al contrato pone que es para sustituir unas vacaciones de varias personas en varios centros de trabajo. Yo no puedo dejar este trabajo por que estaba cobrando una prestacion y perderia todo derecho..
    Puedo hacer que me rescindan el contrato por no ser legal o correcto al ser un contrato de interindad que habran echo para poder beneficiarse de mi S. Social… Es un contrato de duracion determinada a tiempo parcial ( 36 horas ) Es un procedimiento que suelen hacer y al mes echan a los trabajadores para coger unos nuevos.. según me han informado los compañeros de otros stands.. Puedo hacer algo ?? O ir algún sitio para que me puedan asesorar tipo Inem.. ??

    Muchisimas gracias !


    • Hola Pilar,

      Si no tienes pruebas fehacientes para demostrar que es un contrato en fraude de ley no puedes hacer nada y aunque tuvieses pruebas de ello tienes que solicitarle a un juez que valore esas pruebas y sea él quien decida la rescisión contractual.

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  273. hola me llamo alberto, tengo una duda.
    haber, si yo encuentro trabajo a los 18 dias aviles desde mi baja, sin haber solicitado el paro, ¿sigo acumulando paro, o comienzo de cero?
    muchas graccias.


  274. hola buenas tardes yo trabajo con una empresa en forma de contratista y el nuevo supervisor nos quiere hacer trabajar los domingos por que el dice que como somos contratistas lo debemos hacer, es legal eso y que puedo hacer para evitar ese abuso me escribes a mi correo jhonm2@hotmail.com


    • Si eres contratista, es decir, trabajador autónomo dependiente, no tienes una relación laboral con esa empresa si no una relación mercantil por lo tanto depende no de las leyes laborales si no de lo que hubieseis establecido en ese contrato.

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  275. Buenos dias,
    Mi empresa ha abierto un periodo de negociación , bajandonos el sueldo el 10%. Eso va a compañado a que ahora mismo llevamos 2 meses sin cobrar. Hay representación sindical pero no se enteran muy bien a la hora de explicarnoslo. Si yo decido rescindir mi contrato. ¿Tendria derecho a idemnización y paro ?


    • Hola Carlota,

      Puedes solicitar una rescisión indemnizada de tu contrato de trabajo por modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo pero ten en cuenta lo que hemos indicado varias veces sobre la prestación por desempleo por bajadas salariales.

      Nos hemos mudado, a partir de ahora podrás encontrarnos en:

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  276. Hola,
    Resulta que hoy firme la finalizacion de contrato por no superar el periodo de prueba, pero no me di cuenta de que el rango profesional me pusieron 1º nivel de educacion secundaria obligatoria o graduado escolar, cuando realmente tengo una diplomatura. Eso afecta en algo?? Se podria reclamar una vez firmado??


  277. Saludos llevo 21 años de trabajadora familiar » SAD » ( Servicio de ayuda a domicilio) y ahora me hacen hacer 6 horas de trabajos de administrativa ,» archivar» expedientes del mismo departamento¿ Me puedo negar? – Trabajo en la administración


  278. Hola, buenas tardes.

    Gracias por el trabajo que os tomais al dar tanta información y ayudarnos con vusestros conocimientos.

    Mi caso es el siguiente:
    Estoy trabajando en una empresa de hostelería y actualmente tengo un contrato de 6 meses que finaliza el próximo 20 de Octubre. Llegada esta fecha, ya que no tengo intención de continuar:
    – ¿El día 9 puedo empezar mi vida en otra empresa, o donde sea?
    – ¿Tengo que dar un preaviso? ¿De cuánto tiempo?
    – ¿Tengo derecho a paro?
    – ¿Tengo derecho a percibir alguna cantidad de dinero por alguna causa?

    Es que estoy muy perdida…

    Muchas gracias por vuestra ayuda. María


    • Hola María,

      Si no tienes intención de continuar espera hasta el día siguiente al de la finalización del contrato actual para trabajar en otra empresa.
      No es necesario que preavises al igual que tampoco será necesario que ellos te preavisen a ti si no te renuevan el contrato.
      Tienes derecho a prestación por desempleo siempre que sea fin de contrato y no baja voluntaria.
      Tienes derecho a percibir la liquidación que corresponda por, por ejemplo, vacaciones no disfrutadas.

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  279. Buenas tardes, a mi novia le han dado este papel y nos gustaría saber que significa porque no entendemos si es que no la renuevan porque no le dirán nada hasta el ultimo dia.

    «Ponemos en su conocimiento que el próximo día 20/09/2012 quedará rescindida relación laboral que esta empresa venía manteniendo con Vd. según contrato de abajo suscrito en su día entre ambos.

    Lo que le comunicamos a los efectos oportunos, manifestándole que tendrá a su disposición la liquidación correspondiente a todos los haberes devengados hasta el día vencimiento del contrato arriba mencionado.»

    Muchas gracias


    • Lo que significa es que no van a renovarle el contrato y que el día de fin de contrato le dirán cuando tiene que pasar a por la liquidación y los documentos para que pueda ir a las oficinas de empleo.

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  280. Buenas tardes,
    Estoy cobrando la prestación por desempleo y me han ofrecido trabajar sólo 2 horas al mes. ¿debo comunicarlo? ¿debo cortar la prestación sólo por 2 horas un día al mes? ¿me modificarán la prestación? Gracias


    • Hola Inma,

      Tienes que comunicar a los servicios de empleo esta nueva situación. A partir de ese momento cobrarás la parte de prestación por desempleo proporcional a las horas que no trabajas, es decir a 38 horas semanales.
      Si no lo comunicas y cobras la prestación entera estás cometiendo un delito por el que te pueden sancionar.

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  281. tengo un contrato de trabajo, en el que pone por obra o servicio determinado, con la categoria de peon cristalero mi convenio es el de edificios y locales de avila, desde octubre 2008, ademas un anexo al contrato con las limitaciones del uso del vehiculo de empresa. realizo mi trabajo de L a V 40 h. semanales en nomina tengo ademas de antiguedad, un plus de 60 euros que me pusieron por ser conductor. Las horas extra nunca han aparecido en nomina como tales sino como plus de complemento o actividad. En los ultimos tiempos no han aparecido de ninguna manera y justificar que las he hecho es imposible pero si que se las he reclamado en multitud de ocasiones via e-mail Despues de 2 meses de baja y tras el alta de la inspeccion al comunicarselo a la empresa esta me dice que a partir de ahora me cogere vacaciones, yo digo que no , pero al no facilitarme ni el vehiculo ni las herramientas de trabajo no me queda mas remedio,
    Yo trabajo por varias provincias de castilla y leon mis centros de trabajo son innumerables, la oficina de mi empresa esta en madrid capital a 125 km de mi domicilio, asi que me quedo en casa de vacaciones. Dos dias despues se presenta la encargada en mi pueblo y invita a pasar a su vehiculo, y en una reunion de casi tres horas en el coche me intenta convencer para un acuerdo de despido con mil promesas de reircopracion a otro puesto aun mejor, como en mi empresa esto ya les ha pasado a muchos, no firmo nada, me dice verbalmente que estoy de vacaciones, y que me comunicaran la reduccion de jornada a 10 horas y hare ese trabajo con mi vehiculo propio hasta que no pueda mas y yo solita abandone sin ningun derecho. Al dia siguiente yo comunico a la empresa por BUROFAX, esta situacion, los detalles de este encuentro ademas de recordarles que como ellos mismos me han impuesto estoy de vacaciones hasta el proximo jueves 23 de septiembre incluido, pero que ese dia aun estando de vacaciones estare a su disposicion para que me hagan entrega del vehiculo y las herramientas, para poder empezar mi trabajo con energias renovadas tras mis vacaciones el proximo dia 14de septiembre.
    Desde que recibieron este burofax me han llamado tropecientas veces por telefono al fijo a casa, pero yo he grabado un mensaje diciendo que me encuentro de vacaciones Me ha dado cuenta de que en la nomina de julio no me han pagado el complemento por it que me corresponde segun convenio ya que he estado los 31 dia de baja, y acabo de recibir el ingreso de la nomina de agosto en la que he estado 28 dias de baja y 3 de vacaciones y tampoco veo que la cantidad sea la correcta ¿ puedo demandar por esto ante la inspeccion de trabajo? y asi bloquear un tiempo el despido necesito repuesta urgente


    • Hola Encarna,

      Solicitar una inspección no va a bloquear el despido, lo que creo que podrías hacer es solicitar tú una rescisión del contrato de trabajo por modificaciones sustanciales del mismo ya que las disminúción de la jornada es una modificación del mismo.
      Ellos no pueden «putearte» reduciéndote la jornada para que abandones el puesto de trabajo sin más, es decir, por baja voluntaria.
      La rescisión indemnizada por modificaciones sustanciales del contrato incluye una indemnización de 20 días de salario por cada año de servicio con un máximo de 9 mensualidades.
      Espero que te haya sido de ayuda mi respuesta.

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  282. Hola buenos dias mi contrto vence en unod dias puedo irme a otra empresa a partir de rse dia si ni yo ni la empresa actual queremos seguir con la relacion actual?


  283. Hola, me gustaría preguntar lo siguiente:
    tengo un contrato indefinido y me voy a dar de baja voluntaria porque he encontrado otro trabajo. Mi último día en la empresa sería el día 9 de septiembre (DOMINGO), pero me quieren dar de baja el viernes 7. Es esto correcto? En caso de huelga si que nos descuentan la parte proporcional del sabado y domingo del sueldo!

    Muchas gracias y un saludo.


  284. Hola buenos dias, Mi pregunta es la siguiente:
    Estoy de baja por enfermedad comun ( cirugia mayor progrmada)
    Cobraria el 100% de subsidio si mi nomina es ahora de 730 € a percibir y el convenio al que pertenezco existe un clausula donde cubre hasta 100% por incapacidad….gracias


    • Hola,

      Si existe cláusula en el convenio que indica esta cuestión y en tu empresa no han hecho modificaciones sobre ese tema cobrarás el 100%.

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  285. Hola,me gustaría hacerle una pregunta, ya que no sé muy bien esto de la reforma laboral.
    La cuestión es la siguiente, mi madre, a la que le cumple el contrato el dia 7 de septiembre, pues ahora resulta de que el jefe la llama hoy, dia 3, y le dice que le entregue las llaves del local, que no se abre más, y me gustaria saber si es un despido improcedente o no.
    Muchas gracias de antemano por su atención.


    • Hola Dara,

      Seguramente si el contrato le acaba el día 7 estará de vacaciones de hoy hasta día 7 en que se producirá su baja. Si es así no será despido de ningún tipo si no fin de contrato.

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  286. Hola , ahora mismo estoy inmerso en un ERE de reducción de jornada en concreto de un 60% de la misma,mi pregunta seria la siguiente puedo ser contratado por otra empresa que realiza funciones diferentes durante este tiempo, me han ofrecido un trabajo de media jornada y quiero saber si puedo aceptarlo. gracias.


  287. Hola, buenos días,

    Tengo una duda,

    Tengo una prestación por desempleo que me dura todo el 2013.

    A día de hoy, me han ofrecido un trabajo temporal (6 meses de duración máxima).

    Cuando se me acabe el contrato, ¿¿puedo volver a mi prestación antigua sin problemas o la pierdo automáticamente con las nuevas reformas???

    Gracias!

    Leer más: http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/07/11/los-desempleados-cobrara-menos-paro/#ixzz25JWqK8if


    • Hola Alejandra,

      Con un trabajo de 6 meses no generas una nueva prestación, lo que harás será solicitar al desempleo el reinicio de la prestación anterior que venías disfrutando, lo que no te puedo decir es si se considerará una prestación nueva o una antigua y te pagarán ese 60% o no.

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      • Muchas gracias por la info!!!!!


  288. Buenos días, pregunto aquí porque es tal el lío de reformas, legislaciones y supuestos que ni siquiera un abogado ha sabido decirme muy bien qué debo hacer. Hace un mes mi empresa (4 trabajadores) me ofreció un cambio en las condiciones de trabajo ridículo, con la opción de poder pedir la rescisión de contrato y cobrar la indemnización. Pedí la rescisión, y ahora que me han enseñado los papeles, el jefe me dice directamente que el 40% del total de la indemnización me lo debe dar el Fogasa, aunque el abogado me ha dicho que éste no paga en el supuesto de modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

    Para más inri, mi ex-jefe me dice que no tienen dinero para pagarme su parte más las extras y el último sueldo que se me adeuda, y que se compromete a darme un documento con un calendario de pagos. No sé si esto es habitual o «legal», y si sería mejor demandar y en todo caso, recibir este compromiso en un acta de conciliación. Todo esto bajo su idea de que sólo tiene que pagarme el 60% y no el total.

    ¿Podrían decirme si el Fogasa paga parte de la indemnización en estos supuestos? ¿Debo firmar el finiquito aunque no me hayan pagado la indemnización completa? El abogado del sindicato no parece estar muy por la labor de despejarme todas las dudas porque parece ser que no ha visto nunca un caso parecido…

    Muchas gracias


    • Hola Anabe,

      Fogasa paga a causa de despido o extinción de los contratos conforme a los artículos 50, 51 y 52 de esta Ley, y de extinción de contratos conforme al artículo 64 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, así como las indemnizaciones por extinción de contratos temporales o de duración determinada en los casos que legalmente procedan. No habla en ningún caso de rescisiones de contratos.

      En los contratos de carácter indefinido celebrados por empresas de menos de veinticinco trabajadores, cuando el contrato se extinga por las causas previstas en los artículos 51 y 52 de esta Ley o en el artículo 64 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, el Fondo de Garantía Salarial abonará al trabajador una parte de la indemnización en cantidad equivalente a ocho días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores al año. No responderá el Fondo de cuantía indemnizatoria alguna en los supuestos de decisiones extintivas improcedentes, estando a cargo del empresario, en tales casos, el pago íntegro de la indemnización.

      Lo que yo te recomiendo es que acudas inmediatamente al tribunal de arbitraje y mediación con un graduado social. Ten en cuenta que no será título ejecutivo para reclamar la indemnización ningún papel privado firmado entre vosotros ni ningún calendario de pagos. Luego, una vez transcurrido el plazo no podrás reclamar judicialmente el pago de esas cantidades adeudadas.

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      • Hola, he tenido tal lío que no he tenido tiempo de agradecerte tu respuesta, pero me ha servido de mucho. Tu labor es encomiable en estos tiempos de tropelías y cambios en los que los trabajadores estamos despistados.

        El culebrón ahora se ha puesto de mi lado 🙂 siguiendo el estilo de empresarios que se creen muy listos, y sus asesorías inútiles, ellos mismo la han pifiado. Al darse cuenta de q el Fogasa no me iba a dar nada y me tendrían que pagar el 100% de la indemnización, ahora han intentado hacerme tragar unos nuevos documentos en los que ahora hacen como que me despiden objetivamente, con fechas atrasadas y de todo. Tengo pruebas de toda la operación así que he decidido ir de frente sabiendo que ellos se han equivocado.

        Ayer tuve una reunión con mi ex jefe en la que se suponía que me iba a dar los papeles y el certificado de empresa, y tuvo el morro de no llevar nada más que un portátil en el que enseñarme los documentos que ya me había mandado por email. Después de decirle que conocía mis derechos, que ya no me fiaba y había buscado un abogado, llegó a decir tal sarta de tonterías y de amenazas inventadas que estoy más segura que nunca.

        🙂 muchísimas gracias por la ayuda, y de nuevo, ánimo a los que estén metidos en asuntos farragosos. Todos deberíamos conocer un mínimo las leyes que nos amparan para evitar abusos.

        Un saludo


      • Gracias a tí Anabe!!


  289. Buenos dias , megustaria saber si puedo hacer algo en mi caso. Trabajo en un bar donde me pagan la mitad en a y el resto en b, el me lo da en mano. pero ahora despues de venir de vacaciones me a dicho que el mes de vacaciones solo me paga la nómina .el quiere que me baya y para eso su mujer y el resto de las compañeras me estan haciendo el vacio, no me hecha solo por no pagarme lo que me corresponde y para eso me hace continuamente desprecios profesionales, la ultima es que no baya los sabados a trabajar y asi quitarme la parte proporcional ,creo que no aguanto mas y mi estado de salud empieza a notarlo, los antidepresivos y calmantes para poder dormir son parte de mi dia gracias


    • Hola Victoria,

      Lamentablemente los casos de acoso son muy difíciles de demostrar ya que para que los reconozca un juez son necesarias pruebas médicas y periciales y son procesos muy largos.
      Lo más recomendable en estos casos es que te des de baja arriesgándote a que no te pague el salario «negro».
      Si te despide estando de baja demándale exigiéndole en la indemnización el pago de la parte B, eso siempre que tengas algún tipo de justificante de pago, aunque sea el ingreso bancario anotado como nómina.

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  290. Buenos dias. y gracias de antemano por su respuesta
    Estoy en Ere parcial al 50% desde el 15 de Mayo de 2012, trabajando solo 4 horas al dia . nuestro ERE finaliza , en principio el 15 de Noviembre, mi puesto es en Exportacion por lo que en muchas ocasiones tengo que viajar fuera de España. Mi empresa ha decidido que tengo que ir a dos ferias en lo que queda de año, una de duracion 1 semana en Alemania y otros 6 dias en Marruecos: en esas ferias se suele estar en el stand de 9 am a 7:30 pm ininterrumpidamente, de miercoles a sabado, mas lo que conlleva viajar en fin de semana para montar u desmontar el stand..etc.. es decir trabajo mucho mas de las 4 horas del ERE.¿es eso legal? ¿ puedo negarme a salir del pais? las personas que cobran el paro por desempleo tengo entendido que no pueden salir de España. ¿ puedo yo hacerlo por trabajo? ¿ como me tendrian que pagar esas horas de mas? mi convenio es el de siderometal en Salamanca y no hay nada, ni siquiera se reconoce un puesto de Tecnico en Comercio internacional y las dietas recogidas son solo para territorio nacional…no me cubren ni la habitacion de hotel en Alemania..Asi que olo me suelen pagar los gastos justons, pero nada por hacer jornadas de lunes a domingo de mas de 12 horas de rabajo real y fuera de mi casa…¿ podriais por favor orientarme sobre estos dos temas los viajes en ERE y las dietas? muchas gracias


    • Hola Mariaje,

      Durante un ERTE no es posible realizar horas extraordinarias por lo que la empresa debería haber previsto que tu puesto debería hacer ese tipo de desplazamientos.
      Lo más lógico es que te saquen del ERTE o que no tengas que viajar.

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      • Muchisimas gracias por la respuesta.
        ¿entiendo entonces que puedo negarme a viajar sin miedo a que me apliquen un despido disciplinario «por no cumplir con las obligaciones de mi puesto»?.. y si me amenazan con ello ¿que tendria que hacer? se de trabajadores de almacen a los que les obligan a ir por la tarde cuando hay que sacar produccion pero ni les levantan el ERE ni les pagan las horas…y no quiero que me pase lo mismo llegado el momento.
        mil gracias de nuevo por su ayuda y por toda la labor que hacen.


      • Si sabes que en la empresa se producen ese tipo de situaciones, es decir, que estando en ERTE se hacen horas extraordinarias lo deberías poner en conocimiento de la inspección de trabajo, simplemente es enviar un formulario por correo ordinario para que la inspección de trabajo compruebe esos hechos. Eso te beneficiaría ya que así también se conocería tu situación y evitarías entrar tú en conflicto de forma directa con la empresa.

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  291. Hola. He estado leyendo estos posts y no encuentro la respuesta concreta a mi caso, por lo que me permito realizarles estas consultas, que pienso me aclararán muchas cosas a mi y al resto de afectados por esta maldita nueva ley.
    Llevo 12 años en la empresa y mi jefe me ha amenazado que en septiembre hablaremos de mi sueldo, dado que desde hace dos años están contratando gente que realiza mis mismas labores a mitad de sueldo… por lo que temo que me quieran realizar una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, es decir, una bajada de sueldo brutal.

    1. – ¿con la nueva reforma laboral puede la empresa bajarme el sueldo si no hay razones económicas pero si «técnicas o de producción», es decir, porque les dé la gana?

    2. – Si me quieren bajar el salario ¿tengo esos 15 días de preaviso para dar una respuesta a la empresa o para recurrirla ante lo social/labora o dispongo de más tiempo?

    3. – Si me encuentro en esta situación de bajada salarial, no estoy de acuerdo con ella y decido ir a lo social/laboral para intentar impugnarla, ¿Queda la bajada de sueldo en suspenso hasta que un juez dictamine si es de ley o no aplicarla o se hace igualmente efectiva a los 15 días de la comunicación en espera de resolución judicial?

    4. – ¿Qué ocurre si no acepto la bajada salarial,? Es decir, si me ponen una carta delante que me comunican que unilateralmente me bajan el sueldo y yo expreso mi negativa y firmo “no acepto” o “no conforme” y no realizo ninguna acción? ¿La empresa me tiene que despedir obligatoriamente “objetivamente” con 20 días hasta un máximo de 9 meses? ¿o si yo no hago nada la empresa entiende conformidad por mi parte y simplemente me baja el sueldo? ¿O este caso no se puede dar, y tengo que realizar alguna acción de las expuestas anteriormente?.

    5. -En caso de recurrir la bajada en un juzgado, y un juez dictamine que sí se me puede aplicar y pido después yo la rescisión del contrato de trabajo por modificación sustancial de las condiciones de trabajo ¿la indemnización sería con las condiciones anteriores a la bajada o sería ya con la bajada de salario? ¿qué paro cobraría ene este caso, con sueldo anterior o con el reducido?

    Muchas gracias, estoy hecho un lío con todas estas cuestiones.


    • Hola Santi,

      Si te modifican el salario puedes solicitar la rescisión indemnizada de tu contrato, o recurrir judicialmente esa medida para que un juez determine que es injustificada y así una vez que se dicte sentencia que la empresa te reponga a tus antiguas condiciones, mientras se te aplicará la bajada salarial.

      Si firmas no conforme pero no llevas a cabo ninguna otra acción la empresa no te va a despedir, simplemente te aplicarían la modificación, si no llevas a cabo ninguna acción la empresa entiende que aceptas de forma tácita las modificaciones de tu contrato por lo que simplemente se te aplicaría.

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  292. Buenas tardes mi caso es el siguiente o mejor dicho es una duda q la verdad no entiendo…si termino mi contrato eventual el dia 26 de agosto….y quiero reanudar el subsidio por desempleo …estoy dado de alta en el servef como demandante de empleo ….pero la cita para la reanudacion me la dan para el 5 de setiembre….mi pregunta es …dejare de cobrar 27, 28, 29, 30 y 31 de agosto’? porq recien me daran el alta el 5 de setiembre ? es decir no cobrare esos dias el 10 de setiembre?….mil gracias por su atencion.


    • Hola julio,

      Depende de si esos días se te han pagado como vacaciones devengadas y no disfrutadas, si no es así se te pagarían esos días.

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  293. Hola muy buenas,mi situacion es la siguiente mi empresa me va a despedir pero no tiene dinero para pagarme el finiquito y me propone una formula de pago a plazos en el que ellos durante 7 meses me pagan el 60% y el otro 40% me lo paga el fondo de garantia salarial,mi pregunta seria en que momento tendria que firmar el finiquito,una vez finalizado los pagos del 60% que les corresponde a ellos pagarme,cuando el fondo de garantia salarial me abone el otro 40% restante?
    gracias.


    • Hola Jose,

      Fogasa únicamente se encarga del pago del finiquito en caso de extinciones de contratos en empresas de meos de 25 trabajadores por extinciones causadas por despidos objetivos o ERE y no lo paga al trabajador si no al empresario.


      • he llamado al fogasa y segun me cuentan es ahora el trabajador quien debe solicitar el pago de ese 40% del finiquito,entonces cuando debo firmar el finiquito una vez finalizado tosos los pagos?


  294. Buenas tardes, soy responsble de ventas de una empresa en la que actualmente funciona bien y estamos dando muy buenos resultados. pero me quieren cambiar las condiciones de incentivos y los objetivos ponermelos inalcanzables que teoricamente llegando a ellos podre ganar mas dinero pero es imposible ,todo para que gane menos dinero aprobechandose de la crisis.mi preguntas son las siguientes.
    me pueden cambiar o quitar los incentivos ?
    me lo tienen que comunicar por escrito y firmado por la empresa ?
    si no las acepto puedo rescindir el contrato ?


    • Hola Raul,

      Si los incentivos y la forma de conseguirlos están establecidas en tu contrato de trabajo y en la empresa quieren modificar esa cláusula contractual están realizando una modificación sustancial de las condiciones de trabajo por lo que deben informarte por escrito y debes firmar esa nueva cláusula. Si no estás de acuerdo con la misma por causarte un perjuicio tienes la opción de rescindir tu contrato de forma indemnizada.


      • Muchas gracias por la informacion .el problema esque el sistema de incentivos no lo tengo reflejado en ningun sitio, todo de palabra desde hace años ,las comisiones en la nomina me viene como incentivos.a otros tarabajadores que ya se las han cambiado si les a notificado el cambio por escrito pero sin firmar por al empresa.al no estar en el contrato te pueden quitar las comisiones o cambiarlas cuando quieran ? como podria justificar el cambio de condiciones ? si no puedo justificarlo puedo rescindir el contrato de forma indemnizada ?


  295. Hola, pregunto ¿qué es el subsidio por desempleo? ¿hay uqe devolver el dinero despues? o ¿el dinero que te dieron cuando esbas desempleado es descontado al volver a trabajar en blanco? eso fue lo que pregunte al 103 de ANSES y me dijeron «No sabria decirle como es eso», uds me pueden explicar?


    • Hola Kari,

      Creo que nos preguntas acerca de normativa Argentina y nosotros no tenemos conocimientos acerca de la misma ya que estamos en España y hemos estudiado la normativa Española por lo que te puedo decir que en nuestro pais el subsidio por desempleo lo generan los trabajadores mientras cotizan por lo que no tienen que devolverlo cuando vuelven al trabajo.


  296. Hola, una duda sencilla… llevo varios meses trabajando con el nuevo tipo de contrato «Contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores». Como comentais en este blo tiene 1 año de periodo de prueba… si es así, ¿puedo darme de baja voluntaria sin avisar con 15 días durante el primer año?. Muchas gracias.


    • En el texto de la reforma laboral no indica ninguna especificación por lo que entiendo que se rigen por la normativa general de estos contratos, es decir, que en cualquier momento puede producirse la resolución de la relación laboral sin el preaviso correspondiente.


  297. hola mi situacion es la siguiente ,cuando firme un contrato con la empresa hace 23años de 8 horas de lunes a viernes me dijeron directamente k en esta casa son 10 horas aunke hoy son 14 me retiraron las dietas y ahora me bajaron el sueldo lo comunike a ccoo en donde estoy afiliado me dijeron k no podian hacer nada porke no hay representante sindical .Pais bananeroo


    • Hola Diego,

      Si lo que han realizado en tu empresa es una modificación del contrato tienes derecho a rescindir tu contrato de manera indemnizada, haya o no representación sindical en la misma.
      Por otra parte lo que puedes hacer es acatar la decisión empresarial pero demandar a la empresa por ser medidas injustificadas y que un juez te reponga a las condiciones anteriores.
      Mucho cuidado con los sindicatos amarillos…


  298. En primer lugar muchas gracias por este blog tan interesante y que me aclara muchas dudas. Mi pregunta es la siguiente: Estando en ERE de media jornada y cobrando la otra media del paro, cuando cojo un día de vacaciones la empresa me lo paga pero… dejo de cobrar el otro medio día del paro? No nos parece lógico pero nos lo están haciendo así, existiendo un agravio comparativo con otros compañeros que trabajan 15 días completos y 15 en paro, pero disfrutan de vacaciones cuando les toca trabajar y reciben el 100% del sueldo de la empresa. Muchas gracias.


    • Hola Manu,

      No tendrías el porque dejar de cobrar del paro ya que las vacaciones son pagadas y no se refiere a permisos sin sueldo.


      • MUCHAS GRACIAS por la información. Esperaré a cobrar el paro el día 10 o la nómina de julio (que nos deben) o agosto que es cuando cogemos vacaciones para ver como viene y reclamarlo.


  299. BUENOS DIAS. A MI HIJO LE HICIERON UN CONTRATO POR TRES MESES, LUEGO OTRO DE 9 MESES. ESTE ÚLTIMO VENCE EL 31/8/2012.
    ESTAMOS A 25 DE AGOSTO Y AÚN NO SABEMOS SI SE LO RENUEVAN O NO. ¿ESTO ES NORMAL?. ¿LE PUEDEN DECIR EL MISMO DÍA QUE SIGUE O QUE QUEDA DESPEDIDO?.
    MUCHAS GRACIAS.


    • Hola Maribel,

      Cuando hay fecha de finalización de contrato no se trata de despido propiamente dicho, es un fin de contrato y no hay obligación de preavisar, el mismo día que termine el contrato se le indicará si finaliza, si no se le indica nada la ley interpreta que el contrato continua por lo que se convierte en trabajador indefinido de la empresa.


      • ANTE TODO, MIL GRACIAS POR SU RÁPIDA CONTESTACIÓN.
        PERO DISCULPE QUE LE MOLESTE DE NUEVO.
        MI HIJO ES VIGILANTE DE SEGURIDAD, DE ESTE MES DE AGOSTO, MAÑANA ES EL ÚLTIMO DÍA QUE TRABAJA.
        SI TERMINA SU JORNADA LABORAL Y EN SU EMPRESA NO LE DICE NADIE NADA… ¿ENTIENDO QUE EL 31/8/12 LE PUEDEN LLAMAR Y DECIRLE QUE NO VUELVA PORQUE LO LE RENUEVAN EL CONTRATO?. ¿ESO ES COMPLETAMENTE LÍCITO DECIRLO EL MISMO DÍA?.
        ¿NO LE PUEDEN HACER MÁS CONTRATOS TEMPORALES?. ¿YA TENDRÍA QUE SER INDEFINIDO?. SI TIENE QUE SER INDEFINIDO POR NORMA, CREO QUE CON LA NUEVA REFORMA LABORAL, VAMOS A PENSAR QUE SE VA A LA CALLE ¿NO?.
        GRACIAS DE NUEVO.
        MARIBEL


      • ANTE TODO, MIL GRACIAS POR SU RÁPIDA CONTESTACIÓN.
        PERO DISCULPE QUE LE MOLESTE DE NUEVO.
        MI HIJO ES VIGILANTE DE SEGURIDAD, DE ESTE MES DE AGOSTO, MAÑANA ES EL ÚLTIMO DÍA QUE TRABAJA.
        SI TERMINA SU JORNADA LABORAL Y EN SU EMPRESA NO LE DICE NADIE NADA… ¿ENTIENDO QUE EL 31/8/12 LE PUEDEN LLAMAR Y DECIRLE QUE NO VUELVA PORQUE LO LE RENUEVAN EL CONTRATO?. ¿ESO ES COMPLETAMENTE LÍCITO DECIRLO EL MISMO DÍA?.
        ¿NO LE PUEDEN HACER MÁS CONTRATOS TEMPORALES?. ¿YA TENDRÍA QUE SER INDEFINIDO?. SI TIENE QUE SER INDEFINIDO POR NORMA, CREO QUE CON LA NUEVA REFORMA LABORAL, VAMOS A PENSAR QUE SE VA A LA CALLE ¿NO?.
        GRACIAS DE NUEVO.
        MARIBEL


      • En efecto, no pueden encadenarle mas contratos temporales y el mismo día le pueden decir que cesa en el trabajo.


      • PERDON, HE PREGUNTADO POR LOS DOS SITIOS, LO SIENTO.
        MARIBEL


      • MUCHAS GRACIAS POR TODO, SON USTEDES MUY COMPETENTES Y MUY RÁPIDOS. ASÍ DA GUSTO.
        POR SUERTE LE HAN HECHO INDEFINIDO Y MI INCERTIDUMBRE Y LA DE MI HIJO TERMINÓ, AUNQUE ES SABIDO QUE NO ES NINGUNA PANACEA, PERO AL MENOS NO ESTÁS EN VILO.
        OTRA VEZ MUCHAS GRACIAS.
        MARIBEL.


      • Gracias a tí por tus palabras!
        En efecto, el contrato indefinido ya no es para toda la vida pero continúa ofreciendo tranquilidad.


  300. También quería preguntar. Me han subido el IRPF a un 17 .Es posible regularlo para que no me quiten tanto dinero?no hago la declaración de hacienda porque cobro un salario muy bajo. 1100€. A partir de cuando se hace la declaración?mucha gracias


    • Ese salario está sujeto a retención de IRPF, tú no puedes regular que te quiten menos ya que no es la empresa quien lo decide si no que es hacienda quien le indica a la empresa la retención que debe aplicarte.


  301. Buenos días.yo empece a trabajar en una empresa de calzado en el mes de octubre 2011.Estamos en Agosto 2012 y solo me han dado 15 días de vacaciones. Ya me han renovado el contrato de 6meses. No tendría que tener 30 de vacaciones?? Muchas gracias


    • Hola María,

      Corresponden 30 días de vacaciones por año natural.


      • Entonces ,cuando llegue octubre, me tendrían que dar el resto de días??y si no me dejan disfrutarlos,porque no es época de vacaciones, tendrían que pagarmelos?muchas gracias


  302. Buenas tardes, les agradeceré que por favor me orienten sobre la duda que me acaba de surgir, esta la siguiente:
    Llevo dieciocho meses de baja por enfermedad, y me acaba de llegar un sms que dice: El INSS informa que su reconocimiento de incapacidad temporal se ha resuelto con inicio de incapacidad permanente, proximamente recibira la notificacion.
    ¿Me pueden decir por favor que quiere decir el INSS en el mensaje, ya que no entiendo lo que significa el mensaje?
    Muchas gracias por todo.


    • El mensaje significa que te han reconocido la incapacidad permanente que habías solicitado por lo que a partir de ahora recibirás una pensión de incapacidad permanente cuya cuantía se te detallará en la notificación que te harán llegar por correo ordinario.


      • Hola, buenas tardes de nuevo, ante todo, muchas gracias por la respuesta, pero en base a ella, le informo que yo no he solicitado ninguna incapacidad temporal, entonces, entiendo que es lo que ha determinado el INSS. Disculpe, pero no se como debo de actuar.Gaby


      • Hola Gabi,

        Tú según comentaste te encontrabas en una incapacidad temporal la cual se había extendido 18 meses, ese es el plazo máximo de duración de estas incapacidades, después de este período pueden suceder dos cosas: que te den de alta por curación o que el propio INSS en base a la documentación que obra en tu expediente determine que no habrá pronta curación por lo que conceden una incapacidad permanente y éste ha sido tu caso. Seguramente te informaron cuando el INSS te llamó para alguna de las revisiones con el tribunal médico.


      • Buenas noches, soy Gaby. En respuesta a vuestro asesoramiento, os comento que de momento he recibido únicamente el SMS del INSS, y que recuerde, no me dijeron nada en la última revisión. Tan pronto me hagan llegar cualquier documentación, os lo hago saber. No obstante y ante todo, muchas gracias por todo. Saludos.


  303. hola tengo 1 pregunta haber si podeis ayudarne porfavor
    me despiden estando de baja, voy al paro y me dicen qe hasta qe no me de de alta el medico no me pagan el paro pero si dicen qe la seguridad social me paga, cuando me den el alta sea el tiempo qe sea puedo cojer el paro luego¿? nada mas me den el alta??

    haber si podeis ayudarme.
    gracias!!


    • El día que tengas los certificados de empresa y el alta del médico podrás solicitar la prestación por desempleo.


      • muchisimas gracias =)
        duda resuelta


  304. Buenos días. Trabajo en una empresa del metal como administrativo, y nos han dicho que van a hacer un convenio de empresa con salarios por debajo del convenio del sector porque la empresa está teniendo menos ventas. Somos 15 en la empresa y no tenemos representación legal. La mayoría de los compañeros están de acuerdo, pero yo no ¿Pueden hacerlo? ¿Podré rescindir mi contrato con los 20 días de indemnización?
    Gracias


    • Por ese motivo no podrás ya que simplemente es la negociación de un nuevo convenio y no de un contrato individual.


  305. Buenas,
    por favor tengo una duda y me gustaría que me ayudaráis.
    Estoy trabajando fuera de España para una empresa española con un contrato de «Obra y Servicio»…
    El tema es que en Febrero de 2013 cumplo 2 años y me gustaría rescindir mi contrato y volver a España.
    La obra no habrá terminado y me gustaría saber si por baja voluntaria tengo derecho al paro (si así lo refleja el Certificado de Empresa «baja voluntaria»), pues tengo entendido que no tengo derecho a paro.
    Muchas gracias


    • En efecto, por baja voluntaria no tienes derecho a percibir una prestacion por desempleo.


  306. buenas tardes mi pregunta es la sigiente trabajo en un comercio hace 15 años ,efectiva desde le tercer mes,ahora hay rumores de que el dueño vende el comercio con las empleadas, puedo negarme a no pasar a los nuevos dueños y recibir una indemnizacion?..gracias


    • Hola Sandy,

      En ningún momento modifican tus condiciones contractuales, tu puesto de trabajo sigue existiendo por lo que si decides no continuar trabajando para los nuevos propietarios no tienes derecho a indemnización ni tampoco a prestación o subsidio por desempleo.


  307. Buenos días, la consulta es la siguiente: Hemos sido despedidos 8 personas con un ERE. Fogasa nos ha pagado el 40%, ahora que correspondía recibir el 60% restante, Fogasa dice que no paga ya que otra empresa del Grupo, que se encuentra en Concurso, después de hacer el ERE, contrató a parte de los trabajadores y esa empresa, tiene el mismo domicilio social, misma cúpula directiva e igual actividad que la que hizo el ERE, por lo tanto, considera que esa empresa nos tiene que pagar. En el Grupo de empresas, hay otras que tienen solvencia y también con las mismas características. ¿Cómo debemos actuar?, 4 de los trabajadores no contratados, estamos unidos.


    • Pues lo que tenéis que hacer es demandar a la otra empresa como subsidiaria de la deuda.
      lo mejor será que busquéis un graduado social o abogado.


  308. Hola llevo trabajando en una empresa desde junio, tengo un trabajo de 20horas indefinido aunque con 6 meses de prueba. Este tipo de contrato es para estudiantes y por horarios de la universidad necesitaria reducir al contrato de 15horas. Mi pregunta es, ¿pueden negarse a hacerlo?
    En el caso de que se nieguen yo debo causar baja voluntaria por lo tanto ¿debo avisar con 15dias de antelacion?


    • Cuando se cursan estudios reglados y hay turnos el estudiante tiene preferencia para escojer turno pero la ley no indica nada de obligatoriedad por parte de la empresa de reducir jornadas.
      Siempre que se vaya a causar baja voluntaria se debe preavisar ya que de lo contrario se sanciona al trabajador.


      • Hola, buenas noches
        Yo tenia entendido que te puedes dar de baja voluntaria solo que no te pagan los dias de vacaciones que te corresponden. Y puedes hacerlo el mismo dia. ¿Me equivoco?
        Gracias


      • Hola Laura,

        No entiendo tu pregunta.

        Nos hemos mudado, a partir de ahora podrás encontrarnos en:

        https://asesorgratis.tuars.com


  309. hola!
    Necesito ayuda!!
    llevo trabajando 4 años y medio para una cadena de comercio y he pedido el traslado a otra ciudad. Me han dicho que pierdo mi antiguedad por eso.Que tengo que firmar la baja voluntaria y después me vuelven a contratar. Pero claro, cuando pasen los 9 meses,a lo mejor después no me vuelven a hacer indefinida.
    Es justo que pierda mi antiguedad por cambiar de ciudad de trabajo?
    muchas gracias!


    • Hola María,

      Por traslado no se tiene que firmar ningún nuevo contrato ni deben cambiar las características del mismo.


  310. Hola, buenas tardes mi consulta es la siguiente yo trabajaba para una empresa la cual me despidió sin motivo ninguno solórzano dijeron que no era nada personal, mi estrañeza fue que en marzo nos hicieron el reconocimiento medico rutinario el cual llego en mayo y no los querían repartir porque decían que habían salido mal y un sin fin de escusas a mi me despidieron el 04 de junio, harto de pedirles mi reconocimiento medico lo pedí a la mutua y al recibirlo vi que me ponía apto con limitacion temporal, por lo que se todos salieron mal con las audiometrias y varias cosas mal ,debo decir que yo trabajaba para una empresa que cerro y nos pasaron a otra empresa del mismo grupo respetando la antigüedad y los privilegios que se habían adquirido con el tiempo el cual yo llevaba desde de 2007
    al firmar el 2 de julio digamos un documento el cual renunciaba a pedir nada mas ni a reclamar nada imagino que renunciaría a cualquier reclamación mi pregunta es podría haber alegado que se me despedía por ser apto con limitacion temporal y no me hubieran podido despedir escribo esto por si a alguien se ve en mi misma situación pueda saber como actuar me siento estafado y encima me han escondido información gracias por su tiempo


    • Hay que saber qué motivos expuso la empresa en la carta de despido, si era por ejemplo un ERE o un despido objetivo.
      Una limitación temporal no es que no seas apto para desempeñar las funciones de tu puesto y por otro lado sería ilegal que te despidieran por ese motivo.
      La firma de documentos en las que renuncias a tus derechos como el de demandarles es ilegal pero si el despido se hizo efectivo el día 4 de Junio el plazo para demandar a prescrito ya que se cuenta con 20 días hábiles para poder demandar.


      • A ver ellos me por mi mala practica o por mi forma de trabajar Imagino que despues de casi 6 años eso Es una tonteria por lo que veo la tienda o funciona bien y los numerous no van bidn la tienda se Abrio en Abril y en Dos Meses Pues me parece poco tiempo para presentar perdidas Si que e digo que mi sueldo Hera superior al de mi Jefe por mi antiguedad y porque habia recibido varies subidas en la Otra empresa a mi lo que me supo mal fue que me escondieran el examen medico ya que igual ellos pensaron que por hay podria a ver echo un despido nulo. ellos al final reconocieron que fue despido improcedente para mi que Querian quitarse lastre y ya esta pero escribo esto para que mucha gente pueda aprender de todo esto y nos traten como ganado que eso Es lo que me Han echo sentir gracias porsu respuesta


  311. Hola, llevo trabajando en la misma empresa 6 años, con contrato indefinido y tengo entendido que con lo de la crisis van a hacer recortes ,supongo que de sueldo e incluso pasar a algunos a media jornada, como tiene que notificarnos la empresa?tiene que presentar un ere?en caso que aceptemos , son modificaciones indefinidas o las reducciones de jornada son por un tiempo determinado y después volver a jornada completa, tenemos que firmar otro contrato?tiene que afectar a todo el personal ?o pueden
    bajar el sueldo a unos y a otros no?

    muchas gracias por esta maravillosa página

    cati


    • Hola Cati,

      Te recomiendo que leas nuestro post sobre modificaciones del contrato y ERTE ya que son dos cosas diferentes y quedan bien explicadas en ese escrito.


  312. Hola, llevo trabajando en una empresa casi un año, ahora se me termina el segundo contrato de 6 meses que me hicieron y no se muy bien si podrian renovarme a indefinido al haber habido dos eres en esta empresa, pueden renovar mi contrato o me van a despedir directamente? gracias


    • Hola Sandra,

      Si tu no formas parte de los departamentos que han sufrido los ERES puede ser que te renueven, si no muy dificilmente creo que lo hagan.


      • Gracias por responder, los eres han sido en general para toda la empresa, incluido en mi departamento, por ley estan obligados a no renovarme o puedo tener alguna esperanza?


  313. Buenos días. Resulta que estoy trabajando en una empresa que me contrata por temporada alta, este es el tercer año que me contratan y me han contratado con el contrato de trabajo indefinido de apoyo a los emprendedores. Por lo que tengo entendido, si he estado trabajando anteriormente para la empresa con las mismas funciones que realizo ahora, el período de prueba no se consideraría período de prueba como tal, por lo tanto, en caso de que me rescindan el contrato, ¿Tengo derecho a indemnización?. ¿Cuál sería la indemnización a la que tengo derecho, en caso de tenerlo?. Un saludo y muchas gracias.


    • Seguramente ese contrato no sería válido por lo que la indemnización por despido que te correspondiese sería la que indicase la norma para el tipo de despido que te realizasen.


  314. Hola buenas,mi situacion es la siguiente mi empresa ha decidido despedirme por la mala situacion economica en la que se encuentra alegando perdidas en los años 2009,2010,beneficios en 2011 y de nuevo perdidas en el inicio de 2012 y nos informa que debido a esto no le es posible realizar un erte,el caso es que me ha dado una carta de despido en la cual por su falta de liquidez la empresa me ofrece una formula de pago de mi finiquito, en la cual el 60% de este me lo abonaria en unas cantidades fijas durante 7 meses y el otro 40% se lo tendria que pedir yo al fondo de garantia salarial,comunicandome que me lo darian en un plazo de unos 9 meses,tambien me deben 3 nominas las cuales tambien me ofrece pagarmelas a plazos,todo esto alegando que el despido es objetivo por causas economicas,mi pregunta es,es cierto que segun me han dicho ellos ese 40% de mi finiquito se lo tengo que solicitar yo al fondo de garantia salarial y no la empresa?es objetivo este despido?puede pagarme asi el finiquito?que pasa si no me paga alguno de los plazos?.
    Gracias.


    • Hola Jose,

      Ir al FOGASA a reclamar una indemnización que un empresario no ha abonado no es tan fácil como rellenar un papel.
      Fogasa responde de manera directa del pago únicamente en caso de que el despido sea objetivo o por ERE si tu contrato era indefinido y trabajabas en una empresa de menos de 25 trabajadores.
      Si éste no es tu caso úicamente te pagaría este órgano si tuvieses un auto, una sentencia o acto administrativo (hubiese concurso de acreedores) que reconociese la deuda que tiene la empresa contigo.


      • Buenos días
        Hace 18 años trabajo para una empresa, hace varios meses, debido a deudas personales, desvios improdcedentes de los fondos de la empresa a sus gastos personales, e impago de la seguridad social de los trabajadoresy asuntos de mi jefe, la empresa cerró, (supuestamento por retiro de mi jefe) nos despidió a todos y no pagó las liquidaciones ni indemnizaciones. En menos de un mes abrió ora empresa, con otra persona legal a cargo, pero sigue siendo suya, nos volvió a contratar bajo promes de no repetir los errores anteriores, nos bajó el sueldo y aquí viene lo peor. Hace ya casi cuatro meses que no nos paga el salario, ni las horas extras( dato importante, por que significa que seguimos teniendo mucho tarbajo) he tenido apcinecia en nombre de una antigua amistas que nos unió pero mis deudas aumentan, mis amigos ya apenas peuden ayudarnos y mi casero lleva dos meses esperando por mi alquiler. Hemos solicitado incluso ayudas para comer, y nada cambia. Quiero sabner cuales son mis posiblilidades legales para resolver esta situación, en la que me ido metiendo poco a poco, mientras pensaba que se resolvería. Agradecería un consejo sobre cuales son los pasos que debería dar, pues he llegaso a un límite en que apenas consigo razonar. Gracias, lili


      • Hola Lili,

        Las situaciones en que los empresarios no pagan los salarios son muy complicadas, sobre todo para los trabajadores. Legalmente la reforma laboral no ha solucionado todos los problemas que surgen cuando los empresarios dejan de abonar las nóminas.
        Lo primero que tienes que hacer es solicitar el pago de los mismos al empresario mediante un burofax y si este se niega dirígete inmediatamente al tribunal de arbitraje y mediación que corresponda por impago continuado de salarios.
        Lo que tienes que conseguir es que un juez te rescinda el contrato, te recomiendo esto porque viendo los antecedentes de este señor os va a volver a hacer la misma jugarreta, hay muchíiiisimos empresarios especialistas en cerrar y abrir empresas dejando deudas por todo.
        Seguramente tengas que ir a juicio pero eso te interesa para que un juez te reconozca la antigüedad de la primera empresa y así que te paguen la indemnización que no cobraste.
        Sobre todo te recomiendo paciencia porque este proceso será largo. Busca un buen graduado social que te represente.

        Nos hemos mudado, a partir de ahora podrás encontrarnos en:

        https://asesorgratis.tuars.com


      • gracias por tu consejo, lo intentaré


  315. Hola tengo muchas dudas ya que la empresa para la que trabajo sera vendida, a otra y nos han dicho que todo seguira igual, esto es posible? en mi caso tengo mas de 16 años trabajando para ellos cuales son mis derechos o a quien puedo recurrir para tener todos los beneficios que tenemos hasta ahorita,


    • En efecto, conservas todos los derechos que disfrutabas en la otra empresa.


  316. hola, tengo un pariente que lleva 9 años trabajando en la misma empresa, hace dos le modificaron el contrato de jornada completa a media jornada, ahora quieren despedirlo, y nuestra duda es si al ser despedido, con la nomina a media jornada, tiene derecho a cobrar el paro, y cuanto le quedaria. tambien le han dicho que estarian dispuestos al ultimo mes firmarle jornda completa, eso serviria de algo? que se cogen a la ultima nomina o mas anteriores? Me gustaria que me contestase alguien que entienda de este tema pues la verdad es que no sabemos que hacer. gracias.


    • Hola Mari,
      No serviría de mucho que el último mes constase como jornada completa ya que se tienen en cuenta para el cálculo de la prestación los 6 últimos meses.
      Aunque haya trabajado media joranda tiene derecho a prestación por desempleo.
      En la página web del SEPE hay un simulador que al introducir los datos que te piden te calcula la prestación.


  317. Buenos días , mira llevo trabajando 3 años y hace dos meses me fui de baja por rotura de brazo mientras estaba de baja me salio otro trabajo , lo que yo quisiera saber es que si tengo derecho a algún finiquito si renuncio y aparte aun no he hecho vacaciones si eso también deberían pagarme y en todo caso si es así tendría que dar mis 15 días ? lo de las vacaciones no lo tengo muy claro me fui en setiembre del año pasado en si solo he trabajado ahora hasta 15 de junio no se si son solo 15 días de vacaciones o algo mas , también antes de que pasara el accidente quise irme y mi jefe me dijo que no era necesario los 15 días ( pero porque le conviene o porque es asi?)


    • Si renuncias, es decir solicitas la baja voluntaria no tienes derecho a indemnización si a liquidación. La ley exige como mínimo un preaviso de 15 días o del tiempo que establezca el convenio colectivo, si no es así te pueden sancionar sin la liquidación correspondiente.


  318. Hola ,trabajo en un almacen desde 2002fija discocontinua desde 2004.La campaña empieza en septiembr pero el jefe el pasado dia 4 de agosto a llamado a la delegada para a visar ke este año no abririan.Ke en septiembre ns llamarian para darnos papeles
    Mi pregunta es tenemos derecho a despido o alguna indenipzacion como puedo calcular ya ke cada año es diferente.


    • Los trabajadores fijos discontinuos serán llamados en el orden y la forma que se determine en los respectivos convenios colectivos, pudiendo el trabajador, en caso de incumplimiento, reclamar en procedimiento de despido ante la jurisdicción competente, iniciándose el plazo para ello desde el momento en que tuviese conocimiento de la falta de convocatoria.


      • Gracias me gustaria saber como calcular la indemnizacion ya ke trabajo 10 temporadas de 6 meses y cada mes e cobro diferente es para tener una idea gracias


      • Para calcular la indemnización se computan los períodos efectivamente trabajados así que para el cómputo serán unos 5 años teniendo en cuenta el último salario percibido.


  319. Hola, muy buenas. Tengo una duda. Resulta que mi novio ha hecho una entrevista de trabajo hoy y si le cogen, tendrá que estar trabajando todos los días, de lunes a viernes, sin parar, como cualquier trabajador normal Y SIN COBRAR. ¿Por qué? Porque es un mes de prueba. Señores, a mí esto me suena a estafa laboral. No me conozco las leyes a este respecto y por eso pregunto, pero… ¿Quién me dice a mí que no están buscando suplir el puesto de algún listillo que se ha ido de vacaciones contratando a una persona para que haga el trabajo sucio sin cobrar un duro por eso? Y he usado el gerundio «contratando», pero a mí me da que en estas condiciones, no hay contrato alguno. Seguramente, cuando pase ese mes de prueba, le digan «váyase usted a la calle» y así habrán conseguido suplir la ausencia de un empleado de forma totalmente gratis. Juzguen ustedes.


    • En efecto, esa práctica es totalmente ilegal, durante el período de prueba se tienen los mismo derechos y obligaciones que un trabajador de la plantilla, y eso incluye el derecho a una retribución.
      Habría que denunciar a esa empresa a la inspección de trabajo por ese tipo de prácticas y que tu novio no aceptase ese trabajo.


  320. Hola buenos dias mi pregunta es la siguiente, tengo pensamiento tener un hijo a corto plazo, pero mi preocupacion es la siguiente estoy contratada 28 horas tan solo aunque trabajo 41, mi problema es que si me pido la reduccion de jornada que salio se me queda por 28 horas a parte de tomarselo fatal puesto que no son demasiado tolerantes.Mi pareja se ha informado para pedir el la reduccion y se lo concederian pero si mi contrato fuese de 40 y la verdad que cada dia me da mas miedo tener un hijo porque las condiciones no son nada compatibles.

    espero su respuesta.

    Gracias


    • Hola Rosi,

      No sé cual es tu pregunta.


  321. Hola,necesito de su ayuda para poder tomar una decision.trabajo de empleada de hogar desde hases 4 años empese de interna de forma irregular desde 7 meses ya estoy de forma legal y dada de alta en la seguridad social empese con un salario de 750 y desde enero me bajaron el sueldo al salario mínimo con la diferencia de no quedarme a dormir aunque mi jornada de trabajo es de más de 40 horas semanales .ahora me han dicho que quieren q les trabaje de lunes a jueves de 1 de la tarde a 8:30 los viernes de 1 hasta el sábado a las 3
    Con sueldo de 500 e.con pagas incluidos q debo haser ademas me toca mi primera renovacion espero me puedan ayudar gracias


  322. Hola, mu consulta es la siguiente. He solicitado la rescisión de contrato a la empresa en la que llevo trabajando 2 años, por impago de salarios, concretamente 6 nóminas a fecha actual. El acto de conciliación con la empresa lo tengo la próxima semana. Vengo de disfrutar 13 días de vacaciones y comenzaría en segundo periódo en dia después de esta cita de conciliación. Me han dicho q no puedo coger más vacaciones hasta q no se resuelva la demanda porqe sino le debería dïas a la empresa. La pregunta es si tengo derecho a diafrutar al menos de 2 días a mi elección para cumplir los 15 que elige el trabajador o no y si en otro caso podrían corresponderme más al llevar desde enero de 2012 sin coger vacaciones y según los 2,5 días que corresponden por mes, a fecha de agosto me correaponderían 17,5 o no. También quería preguntar qué consecuencias podrían derivarse de esta situación.

    Gracias, un saludo.


    • Hola Beatriz,

      Al año se generan 30 días de vacaciones como mínimo, esos 30 días son los correspondientes a un año entero trabajado por lo que ahora al haber trabajado medio año te corresponde medio año de vacaciones, es decir, la mitad.


  323. buenos días: Por favor, me podéis ayudar, estoy un poco angustiada con PLAZOS: La empresa me ha comunicado modificación del sueldo(-30%). En un principio no pensaba extinguir el contrato; si bien por el devenir de la empresa, ahora si que creo que es la mejor opción, pero han pasado más de siete días desde que la empresa me comunicó la modificación. estoy aún a tiempo de comunicar la resolución del contrato? ¿ Qué plazo tengo desde la notificación de la modificación?. La efectividad de la modificación es a fecha 1 de Agosto.
    Os agradezco muchísimo la respuesta..GRACIAS.


    • Hola,

      Lo normal es solicitar la rescisión del contrato antes de la entrada en vigor de las modificaciones del contrato porque si no se puede entender la aceptación tácita de dicha modificación.
      Si solicitas la rescisión una vez que han entrado en vigor las modificaciones la empresa puede negarse a aceptar dicha rescisión o la administración puede negarte la prestación de desempleo.


  324. Actualmente estoy trabajando desde hace poco mas de un mes con un contrato de obras y servicio por ett. Antes de esto estaba cobrando el paro y renuncie a el por el empleo. Pues bien, ahora me han llamado de otra empresa para hacerme un contrato por sustitucion de vacaciones por un mes, y me conviene mas este trabajo que el actual. Mi duda es que si dejo un trabajo por otro y una vez que me terminara el contrato de sustitucion de un mes, podria reanudar el desempleo? Mil gracias de antemano


  325. estoy cobrando prestacion 6 horas y asegurado 2 si firmo baja voluntaria ¿no sigo cobrando prestacion?


    • Por baja voluntaria no podrás precibir prestación completa.


  326. estoy cobrando 6 oras de prestacion y asegurado 2 si firmo baja voluntaria dejaria de cobrar esa prestacion o no


  327. Hola buenas tardes mi caso es el siguiene , la empresa donde trabajo desde el año 2005 con contrato indefinido a tiempo completo. El pasado 16 de abril la empresa me comunica la reducion de jornada al 50% por causas de modificación sustancial de condiciones laborales ar. 41 ET. Como indica la ley, en plazo presento demanda por no estar de acuerdo con dicha notificacion y hago la jornada que la empresa me indico, 50%, se celebro el juicio y la sentencia en el fallo desestina la demanda y absuelve a la empresa y en consecuencia reconoce el derecho del trabajador a extinguir el contrato de trabajo de conformidad con lo previsto en el arte 41.3 de ET concediendo un plazo de 15 días. Mi pregunta es la siguiente : si decido extinguir el contrato , al solicitar la prestación por desempleo como me calcularían la prestación ya que desde que se me comunico el nuevo cambio hasta que salio la sentencia pasaron 3 meses y he estado haciendo la jornada según me indicaron al 50% .Debemos de costear la las demoras de los juzgados ?. Hay alguna posibilidad de que se me calcule la prestación desde el inicio de la demanda?

    Gracias


    • En estos casos lo que suele pasar es que las medidas de reducción no se tienen en cuenta por lo que las prestaciones por desempleo se calculan con el salario aterior a la modificación.


      • Debería pedir a la empresa el certificado de los últimos 180 días anteriores a la modificación?.
        Gracias


      • En el Inen me informaron que el calculo se confecionaria con los ultimos 180 cotizados y no tendría en cuenta la sentencia porque ya hay tres cotizaciones al 50%, debería de pedir a la empresa los últimos 180 días anteriores a la sentencia?
        Gracias


  328. Buenos dias,tuve en diciembre del 2011 juicio por despido objetivo junto a 9 compañeros mas,salió la sentencia » 4 dias despues»,despido procedente,el caso que la empresa nos despide por despido objetivo organizativo y en el acto de juicio no dijo nada de dicho despido,solo hacia hincapie al economico!!!,papeles firmados por ellos mismos,ni sellados ni nada,sacados de sus propios programas informaticos,a todo ello,la jueza daba credibilidad a todo cuando presentaba la empresa y nada de nosotros,incluso en pleno ere denunciamos en inspeccion de trabajo que el ere es fraudulento a lo cual lo desestimaron pero solicitaron otro,nuestro abogado le hizo ver a la jueza que el despido habia sido por replesalias a dicha denuncia y la jueza hizo caso omiso de ello…asi muchas cosas del juicio que cada vez que las recuerdo me duele la cabeza de la impotencia…al ser un grupo de empresas,5 de los 10 compañeros tuvieron su juicio parelelo y ellos si ganaron,el juez lo declaro nulo por vulneracion de derechos fundamentales…El 6 de febrero pusimos en el juzgado el recurso pertinente,pasaron los meses y aun no habia llegado al TSJA de sevilla asi que me llegué al ts y pregunte por dicho recurso,con fecha del 5 de junio aun no habia llegado!!!!,me desplace al juzgado de lo social donde se puso el recurso y me dijo …sale mañana!!,4 MESES DESPUES?????..me dijo que habia mucho atasco…he preguntado y me dicen que comom mucho tarda 2 semanas en salir para el ts…asi que me puse a investigar por mi cuenta y he podido demostrar que…LA HERMANA DEL JEFE DE RECURSOS HUMANOS DE MI EMPRESA ES UNA DE LAS FUNCIONARIAS DE DICHO JUZGADO DE LO SOCIAL DONDE SE HIZO TODO!!! es posible que haya «provocado esa tardanza a proposito»?,y ahora lo mas grande….EL MARIDO DE LA JUEZA ES TRABAJADOR SUBCONTRATADO DEL MISMO BUFETE DE ABOGADOS DE LA EMPRESA!!!!!!!!!!!!!,puedo ir a hablar con alguien del TSJA? mi abogado pasa del tema y solo nos dice que esperemos,y respecto a mis compañeros que volvieron a la empresa,ya estan fuera por llegar a un acuerdo con ellos,mi pregunta es…llegar a un acuerdo es delito?,ya que no concurre ningun motivo de despido,solo que no los quieren alli…
    QUE PUEDO HACER? DONDE PUEDO IR? NO PUEDO ESTAR EN MI CASA ESPERANDO QUE SALGA EL RECURSO,aunque mi abogado nos ha dicho que los recursos por despidos por vulneracion tienen prioridad,he pensado pedir una cita con alguien del TSJA por que estamos desesperados…GRACIAS


    • Hola Serafín,

      Cuando un funcionario o un juez tiene algún tipo de vínculo con el procedimiento que le toca tratar suele abstenerse de resolver y en caso de que no sea así lo que tiene que suceder es que las personas interesadas que conozcan ese vínculo, como en el caso que me exponen deben solicitar la abstención de esas personas, ya sea un juez, un fiscal o cualquier funcionario que deba tramitar esos asuntos. Si tu abogado conoce esa situación y cree que puede haber vicio en las resoluciones a consecuencia de esa supuesta relación con la empresa de esas personas debe solicitar la anulación de las decisiones tomadas. No consiste en que vayas a hablar con alguien del TSJA ya que eso no sirve de nada, hay que interponer el recurso de recusación correspondiente.


  329. Buenas tardes,
    Ante todo gracias por el servicio de asesoramiento que ofrecen. Les comento mi caso: Llevo diecisiete meses de baja por enfermedad común, y me han informado en el INSS que la próxima semana me van a dar de alta, ya que ya me encuentro recuperado. Al conocer la noticia, llamo a la empresa para informarles de mi incorporación en los próximos días, y me comentan que están haciendo un ERE, y que dentro del ERE estoy yo, es decir, me van a despedir. Yo he solicitado telefónicamente al delegado de personal que me haga llegar un ejemplar del documento (ERE), y le informado que no he recibido ninguna notificación oficial por parte de la empresa, ni por parte de los delegados de personal. Mis preguntas son las siguientes: ¿Tengo derecho a obtener el documento correspondiente al ERE, puedo reclamarlo de alguna manera en el caso que no me lo quieran hacer llegar? ¿Me pueden despedir sin haberme notificado – informado previamente que estaba haciendo la empresa un ERE? ¿Cómo puedo actuar, qué puedo hacer adicionalmente?
    Gracias anticipadas por la respuesta. Gabriel


    • Hola Gabriel,

      En caso de que no se te comunicase la memoria del ERE lo que debes hacer es demandar a la empresa por incumplir los procedimientos legales de tiempo y forma.


  330. Buenos dias.
    Tengo dos dudas, resulta que estoy trabajando de dependiente y cuando empecé a trabajar me hicieron un contrato de 3 meses y seguidamente uno de 9 meses, los contratos son de 36 horas semanales, pues hablando con mi encargada me comenta que no me pueden hacer mas contratos porque solo pueden tenerme un año contratado, que si me amplian el contrato tiene que ser indefinido, ¿es cierto?
    y la otra duda es que cuanto me pertenece de paro por el año que llevo contratado con 36 horas semanales.

    Saludos y muchas gracias.


    • Hola Samuel,

      Si el convenio colectivo no dice lo contrario la duración máxima será de doce meses y el siguiente contrato deberá ser indefinido.
      Para saber cuanto te correspondería por prestación por desempleo puedes emplear el simulador que se encuentra disponible en la web del SEPE.


  331. Buenas tardes,
    He recibido un burofax dia 25 de julio, me comunican un cambio en mi jornada laboral que hasta la fecha son 7horas intensivas, ahora me comunican que a partir del 9 de agosto mi nuevo horario es de 9.30 a 14 y de 17 a l9.30. Pero verbalmente me dicen que estan de acuerdo con las vacaciones que comienzan desde el 1 de agosto hasta el 22 y desde 3 /9 al 17/9. Nunca me firman nada con respecto a las vacaciones en este caso tendrian que darme el acuerdo por escrito?
    Si no estoy de acuerdo con el horario puedo considerarme despedida y cobrar indemnización y supongo que el paro también?
    Y si digo si al nuevo horario, pero deben mis seguros sociales puedo ir a inspección de trabajo y asi considerarme despedida es más beneficio para mí con respecto al despido será de 20 o de 33 dias en este caso y cobraré el paro?
    Mi antigüedad laboral son 10 años y no paga seguros sociales desde fines 2010.
    Gracias
    Mi mail : olgafisca@yahoo.com


    • Hola Olga,

      La modificación de tu horario o la distribución del tiempo de trabajo es una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, si no estás de acuerdo con el mismo puedes solicitar la rescisión indemnizada del mismo, cuando la empresa lo acepte te pagarán 20 días de salario por año y tendrás derecho a desempleo.
      Existe una diferencia entre no pagar los seguros sociales o no estar de alta, si estás de alta pero no pagan los seguros sociales no hace falta que denuncies a la inspección de trabajo ya que la Tesorería Generald e la SEguridad Social conoce esa situación. Si lo que pasa es que no estás de alta si que debes interponer una denuncia a la inspección de trabajo.
      En ninguno de estos dos casos debes considerarte despedida ya que no son motivo de despido ni de indemnización.


  332. Que derechos tengo si me echan de una empresa donde llevo un año trabando asegurada por 25horas semanales con un contrato indefinido?


    • Hola Asun,

      Si te han despedido de forma injusta o de modo tal que se han incumplido las leyes o no se ajustaba a derecho el despido puedes interponer una demanda.


  333. Hola. Explico mi situacion para solucionar mi duda. Tenia 24 meses de derecho a paro, cobre unos 4 meses y empece a trabajar en una empresa pero con contrato por obras y servicios en principio por 4 meses y por ett. Una vez finalice el contrato de ett la empresa directamente me haria contrato con ellos. Si decido no firmar con la empresa una vez termine el contrato por ett, podre reanudar el paro que pare? Gracias de antemano.


    • Seguramente consideren que has causado baja voluntaria ya que ellos te ofrecen un contrato y tú lo has rechazado por lo que no tendrás derecho a prestación pero te recomiendo que te informes de forma más detallada en la oficina de empleo de tu localidad.


  334. llevo 4 años en un centro hospitalario y ahora me quieren hacer firmar una exedencia voluntaria, y me mandan a otro centro por tres meses mi pregunta. se puede hacer eso, como estar seguro que terminado los tres meses que readmitiran, por que me pueden decir que ahora no hay vacante y esas cosas gracias de antemano


    • Nunca pueden obligarte a firmar algo que no quieres y mucho menos algo como una excedencia. Asegurate de que no se trate de un ERTE por el 100% de la joranda en cuyo caso sí que tienes derecho a volver a tu puesto de trabajo.


  335. Hola,buenas tardes
    Mi caso es el siguiente.Llevo 8 años trabajando en una empresa y debido a que hace ya bastante tiempo que no cobro las mensualidades como corresponde he decidido irme.Mi jefe me ha dicho que me arreglara los papeles para cobrar el paro y con el dinero que me debe de las nominas me hara un documento en el cual pondra que me pagara una cantidad mensual hasta liquidarlo todo
    Este documento¿que tiene que tener para ser legal y en caso de incumplimiento de pago poderlo denunciar?
    He de decir que la empresa va a nombre de su madre
    Gracias


    • Hola David,

      Para que ese documento fuese legal debería ir firmado ante notario a modo de contrato privado.


  336. Buenos días, a ver si pueden ayudarme con esta duda. Actualmente estoy cobrando la prestación por desempleo. Me han ofrecido un trabajo temporal (2-3 meses), con posibilidad de renovación. Pero a mí sólo me interesa trabajar esos meses porque en octubre comienzo a estudiar y no podría complementar ambas cosas por los horarios. Mi pregunta es, si yo cumplo el primer contrato, pero me niego a firmar la renovación, tendría derecho a solicitar la reanudación de la prestación?? ó la empresa podría darme como baja voluntaria?
    ¿Qué requisitos tendría que cumplir para volver a cobrar la prestación sin problema? gracias.


    • Hola Lydia,

      Si rechazas la renovación de un contrato es negarte a trabajar, no que la empresa te despida.
      Para cobrar de nuevo la prestación tendrías que llegara a un acuerdo para que constase que te han despedido pero eso es fraude de ley por lo que la empresa se puede negar.


    • Hola, trabajo en una empresa de más de 150 trabajadores. Hoy el sindicato nos ha informado de que la empresa, que atraviesa por una situación difícil, quiere reducirnos el salario un 5% reduciendo nuestras jornadas también a un 5%. Las cuentas no están claras, no las enseñan al sindicato y no sabemos realmente si una reducción del 5% puede «salvar» el problema económico por el que atraviesa la empresa que en este año a cerrado varias tiendas y recortado con reducción de personal. La pregunta es que lo que nos informan es que si todos, de forma unánime aceptamos la reducción, pues pasaríamos a cobrar ese 5% menos. Si no es unánime, se procederá a un ERTE. ¿Qué nos perjudica menos? tengo miedo de firmar la bajada del 5% y que dentro de unos meses quieran reducirnos otro 5 o 10%. Gracias. Mi antigüedad es de más de 5 años y ya sufrí una reducción de jornada de 8 a 7 horas. Llevo así más de dos años, porque tuve un niño y me pareció bien. Ahora me entero que si me acojo a la recisión del contrato cobraré la mitad de mi sueldo en el paro. ¿es correcto? Gracias.


      • Hola,

        Por reducción de jornada, aunque tú no cobres el salario completo has cotizado por el 100% por lo que el desempleo que has generado es por el 100% del salario.
        Realmente no sé qué conviene más, El ERTE es temporal y después del mismo te pueden despedir y la modificación del contrato es definitiva pero también te pueden despedir.
        Eres tú el único que puede valorar lo que mas le interese.


  337. Hola.

    Mi mujer se va a acoger a resolución de contrato por cambio sustancial de condiciones de contrato ( cambio de horarios y dias de trabajo ). Presentó una carta solicitándolo el dia 5 de julio y se la sellaron ese mismo día en la empresa como que la habían recibido. ¿ que plazo ha de esperar para que la empresa le proporcione tanto la liquidación como la documentación para solicitar la prestación del paro?.

    Gracias.


    • Hola Josema,

      La ley no establece ningún plazo concreto, si espera un tiempo prudente y no recibe respuesta que se ponga en contacto con la empresa para averiguar lo que ocurre.


  338. Hola mi contrato de tres meses me finaliza en agosto, si no quiero renovar en la empresa tengo derecho a paro, o me tienen que despedir ellos? Y otra duda yo he estado un año a jornada completa y ahora tres meses a media jornada como se puede calcular lo que me quedaría de desempleo? Gracias


    • Hola Carmen,

      Siempre que el trabajador solicita su baja voluntaria pierde todo derecho a prestación por desempleo o subsidio ya que tenías trabajo pero has decidido dejarlo, la prestación o subsidio es para casos de necesidad en las que no se pierde el trabajo.
      Para poder calcular la prestación por desempleo la páginal del SEPE cuenta con un simulador.


  339. Buenos dias, Me gustaria saber si tengo derecho a cobrar el paro por la empresa que va cerrar, visto que voy a perder el 60% de mis ingresos, visto que he cotizado al paro en dicha empresa.
    pendiente de sus repuestas.
    Gracias.


    • Hola María,

      No he entendido tu pregunta, si lo que quieres saber es si vas a tener derecho a prestación de desempleo indicarte que siempre que no sea una baja voluntaria y hayas cotizado el tiempo mínimo tendrás derecho a acceder a la prestación por desempleo.


  340. OLA ME LLAMO JORGE MI MUJER A PEDIDO LA VAJA VOLUNTARIA ¿CUANTO TIEMPO TIENE QUE ESTAR CONTRATADA DE NUEVO PARA PODER REANUDAR LA CARGA FAMILIAR POR HIJO A CARGO? GRACIAS


    • Hola Jorge,
      Tiene que trabajar un mínimo de tres meses.


  341. Hola, espero que puedan aclararme unas dudas que tengo. Soy empleada de hogar, y trabajo en una casa 4 horas semanales cobrando 8€/Hr. ahora con la nueva ley, a mi empleador le exigen hacerme un contrato y darme de alta en la SS; pero a raiz de esto, ha decidido ahora pagarme lo mínimo (5,02€/Hr) alegando que voy a estar de alta en la SS, (yo ya estoy cotizando gracias a otros empleos), que tendré vacaciones, pagas extras y derecho al paro (cosa que no es cierta)… ahora la pregunta: pueden bajarme el salario al mínimo? puedo renunciar sin problemas y pedirle la baja en la SS? (solo llevo trabajando 2 meses). Ya sé que muchos piensan que debemos cobrar salario mínimo por horas al igual que tooodos los demás trabajadores con jornadas de 40 Hrs semanales, pero muchos tienen garantizadas esas jornadas laborales! las que trabajamos por horas, debemos buscarnos la vida para así tener una remuneración mensual medianamente fija.


    • Hola Christie,

      Evidentemente puedes renunciar a ese trabajo, simplemente renuncias a tu contrato, es como cuando en un trabajo por cuenta ajena «normal» das los quince días.
      Con la bajada del salario no puedes hacer nada más que aceptar o decirle que no.
      Sobre los derechos de los que hablas, al único que no tines acceso como trabajadora doméstica es a desempleo pero al resto sí, incluso piensa que las cotizaciones como empleada de hogar te sirven para cotizar para la jubilación.


  342. Buenos días,
    Mi antigüedad, 5 años en mi empresa. Hace un mes me comunicaron que se me iba a bajar el sueldo. Cuando consulte la nómina el sueldo había bajado por debajo del convenio (me han quitado el plus del convenio más una subida que me habían aplicado hace años). Me pregunta es, el plus convenio según el convenio es obligatorio de percibir, ¿me pueden con la nueva ley suprimir este plus (es en lo que se han amparado)?
    Podría acogerme a la rescisión del contrato nombrada anteriormente, con derecho a 20d/año trabajado y paro. ¿como habría que comunicarlo a la entidad, o habría denunciando por juzgado?
    Gracias


    • Hola Trabajador,

      Según la ley actual, la empresa puede descolgarse del convenio en cualquier momento, puede pagar incluso un salario inferior al pactado en convenio siempre que este no sea inferior al salario mínimo interprofesional.
      Deberías haber rescindido el contrato cuando se te comunicó la bajada de salario ya que seguramente te indicaron en qué cuantía se te bajaría.
      Un mes después el empresario puede negarse a esa rescisión si es que se te comunicó correctamente.


      • Realmente, solo se me comunico que se me iba a bajar el salario hasta lo que permitiese el convenio… Y me encontre con la sorpresa cuando recibí la nómina.
        Además, tampoco me lo explicaron hasta que pedí explicaciones ya que pense que había habido un error…
        Eso fue hace alrededor de una semana. ¿Qué opciones tengo?


  343. Hola, Soy Cristina!
    Y me gustaría saber si con un contrato de pruebas y decido irme yo, tengo derecho a paro. Mi situación es la siguiente, hace un mes me despidieron de mi antiguo trabajo por que la empresa cerraba. Ahora he empezado en otra empresa donde tengo un contrato de prueba de 6 meses. Llevo una semana y lo que se me comento en la entrevista no es así y las funciones que realizo no son las que yo esperaba. Puedo irme de ella y recibir la prestación por desempleo?
    Gracias


    • Hola Cristina,

      Si te vas tú, aunque sea durante el período de prueba es una baja voluntaria, la que está a prueba eres tú no la empresa.
      No tienes derecho a prestación por desempleo.


  344. Hola soy Eduardo, y nos han comunicado el lunes pasado en la empresa, que iba a haber una reducción de salarios, mi consulta era ¿si dicha reducción puede aprobarla la dirección de la empresa sin el respaldo de los trabajadores, osea de forma unilateral, o los trabajadores tienen que estar de acuerdo (somos 12 trabajadores, tendría que haber mayoria?? ¿cual sería el % máximo a aplicar a dicha reducción?¿me puedo negar a firmar dicha reducción? Muchas Gracias.


    • Hola Eduardo,

      Las medidas que se aplican mediante el art. 41 ET, medidas de modificación sustancial de las condiciones de trabajo como la que os van a aplicar se toman de forma unilateral por parte del empresario, sin intervenir la voluntad de los trabajadore.
      Lo único que pueden hacer los trabajadores en este caso es una vez que les han comunicado las modificaciones solicitar la rescisión indemnizada de sus contratos.


      • Buenos días:

        Me uno a esta cuestión.
        Mi caso es parecido, nos han comunicado por escrito la reducción del salario, yo no lo acepto y debo denunciar según me ha comentado la misma empresa. La reducción la aplican a partir del 1 de Agosto, entonces, ellos me dicen que hasta que el juez no diga que yo dejo de pertenecer a la empresa debo permanecer en ella, ¿eso es asi?.

        Muchas gracias, Un saludo.


      • Hola Sonia,

        Si ellos no aceptan tu rescisión es cuando debes denunciar y acudir a trabajar hasta que un juez determine lo contrario pero lo normal es que el empresario acepte la rescisión presentada por el trabajador.


  345. ¿Alguien me podría decir si la movilidad funcional sigue vigente? Es que en mi empresa nos quieren poner dentro del mismo grupo profesional que otras categorías que no tienen nada que ver con lo que yo hago, y no se si me podrían despedir por ineptitud sobrevenida en caso de que me mandaran a hacer algo que no se como se hace. Gracias.


    • La movilidad funcional no es que haya dejado de estar vigente, el cambio que se ha producido tras la reforma laboral es que las categorías profesionales tienen que ir desapareciendo en el plazo de un año desde que entro en vigor la reforma por lo que los trabajadores se encuadrarán en grupos profesionales y no en categorías.
      Tras una movilidad funcional no te pueden despedir por ineptitud sobrevenida ya que ésta no ha sido sobrevenida sino provocada por el cambio de funciones.
      Tiene que haber un período de adaptación y formación en caso de que sea necesario a parte de que no se pueden realizar trabajos que requieran una formación y el trabajador no cuente con ella.


  346. Hola soy Maria,

    Buscando información sobre mi situación he dado con este bloog que me parece muy interesante. Os comento a ver si me podéis aclarar algo.

    Llevo trabajando con un contrato indefinido 7 años en la misma empresa, debido a las circunstancias actuales cada vez se va reduciendo mas el personal. Echarnos no nos va a echar puesto que le hacemos falta y tampoco puede hacer frente a una liquidación de ese tipo.

    Mi jefe me ha comentado la opción de en este caso suspender mi contrato durante 6 meses, por el cual yo paso a cobrar esos meses con el paro (así el con menos gastos intentaría recuperarse la empresa un poco) y a los 6 meses volvería a mi puesto con las mismas condiciones y antigüedad que tenía. ¿eso es cierto? y donde llega mi gran duda es que me pongo en situación si en esos 6 meses que yo tengo suspendido el contrato de trabajo cierra la empresa, yo no tengo derecho a liquidación???

    No se si me habré explicado bien, espero que si.. jejeje bueno muchas gracias por adelantado .


    • Hola María,

      Esos meses de suspensión a los que se refiere tu jefe se denomina ERTE (expediente regulación empleo temporal), esos meses cobras la prestación por desempleo pero es como si continúases teniendo una vinculación con la empresa, cuando te vuelvas a reincorporar la antigüedad la seguirás teniendo y tu contrato continuará siendo indefinido.


      • Gracias!!!! Osea que si en el transcurso que estoy en suspensión por cualquier causa cerrase… yo tengo derecho a liquidación… muchas gracias por aclararme la duda están las cosas fatal y es una medida no tan drástica de salir un poco de agujero….

        Gracias….


  347. Mi duda es la siguiente: estaba en una empresa con contrato temporal hasta agosto,pero me ha salido un trabajo de suplencias hasta octubre por lo tanto he pedido la baja voluntaria para coger el otro trabajo de seguido,mi duda es si cuando termine el contrato de suplencias de tres meses de duración tendré derecho a solicitar el paro,tengo más de un año acumulado.Muchas gracias.


    • Hola Patricia,

      En principio si el segundo trabajo va a tener una duración superior al primero si que tendrías derecho a prestación.


      • En el primer trabajo estuve desde el 2/3/2012 hasta el 29/6/2012, y cogí la baja voluntaria porque como te he comentado era un contrato temporal y me ha salido otro trabajo del 1/7/2012 hasta el 30/9/2012¿tendré entonces derecho al paro?


  348. Hola mi situación es la siguiente arreglé los papeles en el Inem para cobrar la prestación de 400 euros durante los siguientes meses pero a la semana siguiente me contrataron en una empresa para realizar funciones administrativas, el caso es que después de 3 días me siento totalmente puteada al igual que los demás compañeros, trabajamos 9 horas en turno partido y cobramos sólo 700 euros al mes, tenemos que ir fines de semana consecutivos y sólo nos dán un día a la semana libre para compensar, no tenemos ningún tipo de descanso y me gustaría saber sí yo me voy voluntariamente tengo que avisar con 15 días de antelación? supongo que el primer mes será de prueba, aún no hemos firmado ningún contrato aunque me consta que sí nos dieron de alta y la segunda pregunta sería sí yendome voluntariamente puedo retomar la ayuda de 400 euros del Inem, Muchas Gracias.


    • Hola Sonia,
      Lamento decirte que si renuncias a ese trabajo no tienes derecho a retomar esa ayuda aunque estes en el periodo de prueba.


  349. Con un ERE desuspension de 100 días puedo salir de mi ciudad una semana?


    • Hola,

      No entiendo tu pregunta, si te refieres a si te puedes ir de vacaciones pues claro, no estás trabajando, tienes el contrato suspendido por lo que no tienes obligación de ir a trabajar.


  350. Hola, buenas tardes.
    El viernes mi jefe me expuso la genial idea de que a partir del dia 1 de julio me pasaria a media jornada. Llevo en la empresa desde noviembre del 2010 a jornada completa.
    Preguntas:
    Puede hacerlo sin que yo pueda hacer nada???
    Como decir no y poder cobrar finiquito y paro???
    Gracias de antemano.


    • Gloria,

      Si tu jefe te ha indicado que esa reducción de jornada te la hará amparándose en el art. 41 del estatuto de los trabajadores puedes solicitar la rescisión indemnizada de tu contrato de trabajo, tendrás derecho a indemnización de 20 días de salario y a prestación por desempleo.


  351. Hola. Llevo 13 años trabajando en una empresa con jornada completa. Nos han dicho que por problemas economicos nos van a reducir la jornada a 5 horas. Nos van a hacer firmar un nuevo contrato y nos van a mantener antigüedad, etc. De que manera me afecta esto si la cosa no sale bien y nos despiden y me voy al paro, como seria el computo de tiempo, dinero, etc. Muchas gracias


    • Hola Beatriz,

      Si lo que ha pasado es que has aceptado las modificaciones sustanciales de tu contrato propuestas a través de lo establecido en el art.41 ET cuando vayas a solicitar una prestación por desempleo se tomará en cuenta para el cálculo tu salario percibido en los 6 meses anteriores y si éste ha sido reducido por reducción de jornada será el que se tome en cuenta. Si la reducción es a consecuencia de un ERTE el salario que se tomaría en consideración sería el de la jornada anterior a la reducción.


      • Muchas gracias por su aclaracion. Por lo que veo en el articulo 41, la empresa nos tiene que avisar con un mes de antelación. Es decir, que si mi jefa me aviso el viernes 22 de junio, tiene que esperar un mes para presentarnos dicho contrato. El hacer un nuevo contrato en vez de ERET al unico que beneficia es al empresario, no? a nosotros realmente nos perjudica. Si al final firmamos dicho contrato y la empresa no sale de esta, me corresponderia finiquito. Que puede ocurrir, entonces? Muchas gracias de nuevo.


      • Se deberá avisar con una antelación de 15 días.
        Siempre que la empresa rescinda contratos, ya sea por un ERE o por despidos objetivos te corresponde finiquito e indemnización.


      • Buenos días. Ayer fue el dia clave en mi situacion laboral, al final no nos han hecho lo que dijeron de bajarnos horas y sueldo. Sino que nos han dejado el mismo horario y nos han bajado sueldo, es decir, nos han quitado todos los conceptos que teniamos de mas (complementos salariales, transporte y prendas de trabajo) y nos han dejado solo salario base y antiguedad. Nos han dado una carta de aviso amparandose en el articulo 41 y tenemos 15 días para decidir. Nos han dado una simulación de nomina para saber como se nos quedaria el sueldo. Mi pregunta es, es normal que la retencion de IRPF sea la misma?. Mi sueldo disminuye en 400 euros y se que los complementos salariales y transporte son cotizables. Gracias y un saludo.


      • Hola Beatriz,

        Las retenciones de IRPF las hace un programa informático, tienen en cuenta no solo tu salario si no tus circunstancias personales como hijos a cargo o cargas económicas.
        Igualmente piensa que si te han retenido de más te lo devolverán cuando hagas la declaración de la Renta.


  352. desde Febrero parte del personal, los que menos cobramos de la empresa estamos en un ERE de reducion de jornada hasta el 31 de Diciembre, en vez de 8 horas trabajamos 6,5 y la empresa quiere quitarnos un 10 por ciento ahora en Julio ¿ puede hacerlo unilateralmente en medio de un ERE ?


  353. buenas tardes, la empresa para la cual trabajo lleva tres años congelandonos el sueldo y va e empezar a bajar los sueldos año tras año hasta que se canse y como ya no llego a final de mes no tengo ninguna intención de seguir trabajando aquí siempre y cuando me den 20 dias por año trabajado ( 27 años llevo) y tenga paro para poder tener un margen de maniobra y tiempo y dinerillo para buscarme la vida, ¿ hay algun limite de años o son todos los años trabajados ? ¿ tambien trendria el paro ?


    • Hola Manuel,

      Si solicitas la rescisión del contrato por modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo basadas en el Art. 41 ET, por ejemplo, la indemnización que te correspondería sería de 20 días por año con un máximo de 9 mensualidades.


  354. buenas noches, la empresa en la cual trabajo ha cambiado de razon social (siendo los mismos dueños anteriores) ya trabajo hace 7 años alli, me piden que renuncie asi me vuelven a tomar , pero yo estare perdiendo mi antiguedad? soy jefa y supervisora de ese lugar, los dueños alegan que no se puede tomar un empleado de la antigua r.social automaticamente y por otro lado me dicen que si se puede que por eso debo renunciar, yo he tenido 1 bebe hace 6 meses y por no pagar los impuestos me cortaron la obra social, tambien el salario familiar (anses) no pude cobrar el pre natal, ni el nacimiento ni el salario de mis otros hijos hasta que la r. social anterior no pague afip, tambien si renuncio pierdo todo los meses que se me debe?


    • Hola Yolanda,

      Me parece que tu consulta es sobre una relación laboral llevada a cabo en un pais que no es España, siento decirte que no conozco la normativa laboral de otros paises por lo que no creo que te pueda ayudar.


  355. los contratos de obra fueron seguidos desde 1991 hasta el 2005 que me hicieron contrato indefinido hasta ahora


    • muchas gracias


  356. hola llevo en la empresa desde enero de 1991 , en enero del 2000 me mandaron al paro 23 por que no les habian adjudicado el trabajo y despues de los 23 dias sigo en la empresa , en la nomina tengo reconocidos 21 años de antiguedad , le he demandado solicitando extincion de contrato al amparo art 50.1 , despues de tener puesta la demanda y tener fecha para el juicio antes que solicitaran un administracion concursal, cuando entra el administrador concursal me incluyen en el ere de extincion, despues de varios ere yo nunca habia estado incluida , y dicen que mi antiguedad es desde el año 2000 , todavia el ere del administrador concursal no esta aprobado si el juez de mi demanda dicta sentencia despues de que entre ere , se puede impugnar el ere del administrador concursal y si el juicio es antes de que entre en el ere de extincion que pasaria , la antiguedad para la indemizacion seria los 21 años que tengo en la nomina o la del 2000 Muchas gracias por la ayuda


    • Hola María,

      Tu caso es bastante complejo y me gustaría saber si demandaste a la empresa por impago de salarios ya que ese punto es importante para saber qué decidirá el juez. Normalmente no te admiten una demanda que se imponga para rescindir un contrato por impago de salarios cuando la empresa tiene problemas económicos y va a entrar en concurso de acreedores. Lo que puede pasar es que el día del juicio se presente el administrador concursal como representante de la empresa diciendo que se te ha incluido en un ERE por lo que el juicio quedará «cerrado» por estar ya incluida en un proceso de extinción de contrato.
      Para demostrar la antigüedad entrará en juego si te pagaron o no indemnización y si te volvieron a contratar con la misma categoría y para realizar las mismas funciones que realizabas con anterioridad en la empresa.


      • Hola gracias por responderme , demande a la empresa x atraso continuado en los pagos durante mas de un año , nomina de 900 euros pagadas en 3 veces con atrasos de 2 0 3 meses , nominas pagadas en 2 veces , la 1ª parte con 2 meses de retraso y la 2ª con 3 meses de retraso etc , cuando me mandaron al paro , teniamos contrato de obra para un año prorrogable si continuaba la obra , no me pagaron indemnizacion y me volvieron a contratar con la misma categoria y para realizar las mismas condiciones hasta el dia de hoy


      • En este caso lo más probable es que el juez reconozca la improcedencia del despido y la antigüedad desde el primer contrato pero depende mucho del criterio del juez y de las pruebas presentadas, seguro que si preguntas al graduado social / abogado que lleva tu caso te podrá orientar mejor que yo ya que conocerá todas las circustancias de forma más detallada.


  357. Hola Buenas tardes!! Tengo varias dudas al respecto de lo que puedo hacer con mi situación actual.
    He tenido varios problemas en el trabajo. En primer lugar con las tareas que realizo, soy oficial administrativa y trabajo de comercial sin remuneración variable. El jefe me manda a hacer tareas del tipo: cojer el coche hasta su casa para arreglarle la impresora a su mujer (3-4 Km del trabajo con mi coche o el del jefe), cambiar los puntos movistar para un teléfono, arreglarle la pantalla del ordenador, ir a correos con mi coche, ir a comprar los productos de limpieza para la oficina.etc etc….
    La cuestión es que importa todo menos lo que realmente es mi trabajo.
    El horario que hacemos es de 9 a 18hrs con una hora de pausa para comer, pero me he dado cuenta de que en mi contrato pone que el horario es de 9 a 17hrs. ¿Puedo decirle que quiero hacer el horario que pone el contrato y punto? ¿Puede cambiarlo sin previo aviso??

    Por otro lado, me ha estado pagando durante 4 meses 50€ más de lo acordado, yo se lo dije durante los dos primeros meses y él me dijo que lo arreglaría pero no fue así, ahora me dice que me los va a descontar de las 4 nóminas siguientes porque no me corresponde. Le dije que no me parecía justo y encima se enfadó.
    No me encuentro nada bien allí, ya que todas las promesas que me hizo no se han cumplido y cuanto mejor lo intento hacer más me buscan.
    Me prometió que el contable me enseñaría un día a la semana y no es así.
    Ahora me han dado la baja porque el otro día después de k¡lo del sueldo me dió un ataque de ansiedad.
    Ahora mismo no sé cómo hacerlo para no salir perdiendo aún más.
    No quiero volver porque no cumplen lo pactado pero no quiero perder mis derechos de paro ni nada.
    ¿Como lo puedo hacer?
    Gracias


    • Lamentablemente tu situación es muy complicada pero no tienes ningún medio legal para poder librarte. El hecho de que las tareas que realices no sean las de tu categoría es muy difícil de demostrar en un juicio por lo que no sería una vía posible para demandar.
      Lo que te recomendaría en un mundo perfecto es que hablases con tu jefe y le expusieras la situación pero ya sé que es imposible.
      Por otro lado el dinero que te han pagado de más lo tienes que devolver aunque tu jefe tuviese conocimiento de que estaba pagándotelo mal.
      Si quieres por correo electrónico puedo darte un par mas de directrices.


      • Pues la verdad es que no sé cual sería la mejor forma de irme. Porque esta situación no la puedo aguantar más.
        Por otro lado, mi pareja ha montado un restaurante y yo le llevo la contabilidad y los papeles. ¿habría forma de pedir la capitalización del paro para hacer una Comunidad de Bienes con él y meterme en el negocio?
        Muchas gracias por vuestra ayuda!!!


  358. Hola,necesito por favor que me ayudes.
    Te cuento,he trabajado en una empresa durante 14 años,la empresa cerro y me quede en el paro,he gastado seis meses de paro puesto que ahora mismo llevo una semana trabajando en una empresa la cual me ha hecho un contrato donde pone que la duración se extenderá desde 5/6/2012 hasta 7/9/2012 y se establece un periodo de prueba de 32 días,mi pregunta es la siguiente¿puedo pedir la baja voluntaria dentro de los 32 días de prueba y volver a seguir cobrando el paro que estaba cobrando? o por el contrario si decido quedarme hasta que finalice el contrato y me ofrecen renovar pero yo no quiero ¿puedo volver a cobrar el paro que estaba cobrando? o seria este último caso baja voluntaria al no querer renovar no podría volver a cobrar los 18 meses de paro que sigo teniendo.
    Gracias de antemano.


    • Buenas,

      Cuando hay un contrato de trabajo y es el trabajador el que decide rescindirlo por «baja voluntaria» el trabajador pierde su derecho a cualquier prestación por desempleo ya que éste, el desempleo es únicamente para cubrir una situación de necesidad creada por la pérdida de empleo y en tu caso esa pérdida no daría.


      • Gracias por tu contestación,pero en el caso de que me cumpla el contrato y me ofrezcan renovar y yo no quieropa ¿tampoco?.
        Gracias.


      • Ese caso es similar a una baja voluntaria, sigues teniendo trabajo y has sido tú como trabajador el que ha decidido no continuar con él.


      • Entonces si no estas agusto en un trabajo como es mi caso ahora mismo,me tengo que aguntar,yo tenia pensado que cuando finalizase mi contrato y en un supuesto que me ofreciesen renovar no hacerlo puesto que mis intenciones eran hacer un curso y seguir cobrando el paro,¿no hay ninguna solucion?
        Gracias y perdona por ser un poco pesado.


      • La ley establece como situación protegida la siguiente: «Terminación del contrato por expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato, siempre que dichas causas no hayan actuado por denuncia del trabajador. Se acredita con el certificado de empresa, indicando tipo de contrato y fecha de finalización.»
        Si la empresa te quiere renovar el contrato y tú no quieres lo que ocurre es que tú solicitas la resolución voluntaria del contrato, para evitar ésto se suele llegar a un acuerdo con el empresario para que de por extinguida la relación laboral pero ya te aviso que el empresario se puede negar a firmar el certificado de empresa si lo que quiere es renovarte ya que el empresario podría incurrir en fraude de ley.


      • Gracias por tus contestaciones,pero que culpa tiene el trabajador si no supera los días de prueba imagínate que al empresario le cae mal un trabajo o se arrepiente de haberlo cogido,y decide echarle alegando que no a superado el período de prueba,en ese aspecto estamos vendidos,no de si me equivoco.Muchas gracias y hasta pronto.


      • La ley protege las situaciones en las que el trabajador queda desprotegido, si al trabajador lo despiden, si deciden hecharlo, entonces el trabajador se encuentra en una situación de necesidad y se le cubrirá la misma con una prestación por desempleo pero si lo que quiere el trabajador es abusar del derecho entonces se le penaliza, aunque no te lo creas lo que se pretende es penalizar los fraudes de ley, casos en los que por ejemplo un trabajador con un contrato fijo solicita la baja voluntaria y para cobrar el desempleo firma otro contrato pero hace todo lo posible para no superar el período de prueba estará realizando un abuso del derecho.


      • Resolución de la relación laboral o societaria por el empresario o por el Consejo Rector en el período de prueba.
        Se considerarán en situación legal de desempleo los trabajadores que vean extinguida su relación laboral por cese en el período de prueba a instancia del empresario, con independencia de que dicho período de prueba se hubiese pactado, o no, en el contrato de trabajo, o aunque el cese se produzca en fecha posterior al período de prueba pactado, siempre que la extinción de la relación laboral anterior fuese situación legal de desempleo o hubiese transcurrido un plazo de tres meses desde la extinción, y sin perjuicio de que el trabajador pueda impugnar el cese como despido.
        Se acredita con el certificado de empresa. Si desde la anterior extinción de la relación laboral no hubieran transcurrido tres meses, ha de adjuntarse la acreditación de la anterior situación legal de desempleo.
        Como ves los trabajadores no están vendidos.


  359. Creo que no fuy muy clara con la última pregunta, lo que quiero saber es, si al denunciar a la empresa por el impago de mis salarios y dimito sin previo aviso, ¿puedo cobrar el paro o tengo que seguir asistiendo al trabajo?


    • Hola Esperanza,

      No puedes dimitir sin preaviso porque entonces pierdes todos tus derechos, lo que tienes que hacer es interponer una demanda de conciliación ante el tribunal de arbitraje y mediación laboral. Sin el certificado de empresa no puedes solicitar ningún tipo de prestación por desempleo o subsidio y si dimites no lo obtendrás.


  360. Buenas tardes.
    Trabajo en una empresa desde hace 7 años (contrato indefinido), en la que estamos con un ERE parcial de modo que trabajamos 5 h cada día en lugar de 8h. Puesto que nuestro trabajo estaba muy orientado a la construcción, ahora mismo se está intentando reorientar la empresa a otros mercados en los que mi puesto no tiene sentido. Tengo el temor de que finalizado el año, se amorticen una serie de puestos, entre ellos el mío. Me ha surgido la oportunidad de trabajar en algo más vinculado con mi formación pero tan sólo me ofrecen un contrato de prueba de 3 o 6 meses.
    Desearía saber si dada mi situación laboral (ERE parcial), puedo causar baja voluntaria si consigo finalmente el otro puesto de trabajo y cuantos días han de transcurrir desde que finaliza dicha baja hasta que pueda empezar a trabajar en el otro sitio.
    Por otra parte, en caso de que finalizado el contrato de prueba no me renueven, ¿podría cobrar el paro?
    Tengo dos hijos y es muy difícil tomar una decisión y resolver estas dudas me ayudaría mucho.

    Muchísimas gracias por adelantado.

    Paula


    • Hola Paula,

      Estando en situación de ERTE puedes solicitar la baja voluntaria, es decir, los típicos 15 días, piensa que sigues teniendo una relación laboral con la empresa.
      La verdad es que no estoy muy segura de si tendrías derecho a desempleo, creo que no ya que has renunciado a un trabajo del que por el momento te estaban garantizando una jornada mínima para ir a otro en el que el contrato que te han ofrecido era inferior al que tenías pero al ser un caso de ERTE sería más conveniente que lo preguntases en el SEPE que allí te indicarán mejor.


  361. Cordial saludo. mi caso es el siguiente hace 4 meses que la empresa donde laboro no me paga el salario y ahora mi jefe esta pensando en traspasar o cerrar la empresa, mis dudas son: si cierra la empresa a quién denuncio para cobrar? él tiene otras empresas la denuncia la puedo hacer directamente al persona o sea a mi jefe si desaparece la empresa, tengo entendido que despues de dos o más meses sin cobrar puedo dimitir sin la obligación de dar los días de preaviso, pero si dimito por el impago de mi suelto puedo denuncio cobrar la prestación sosocial y cual es la mejor oficina para la denuncia ?
    De antemano quedo altamente agradecida por su atención.


  362. Hola, tengo una pregunta. Estando con un ere de suspensión aplicado al 100% durante seis meses, si encuentro trabajo y me hace un contrato ¿tengo que avisar a la empresa con 15 días de antelación para que me rescindan el contrato?

    gracias


    • Buenas,

      Tienes que avisar a la empresa porque sigues teniendo una vinculación laboral con ellos aunque este suspendida de forma temporal.


  363. Hola Buenas!! Trabajo en una asociacion y mi pregunta es si me puedo negar a que me bajen el sueldo y como tendria que actuar , me lo tienen que notificar por escrito, que plazos. y si tengo que solicitar la rescision de mi contrato,( notificandole a la empresa ) y si cobraria el finiquito y el paro.

    Saludos .

    tamara


    • Hola Tamara,
      Ya hemos escrito sobre el tema de las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, incluidas las bajadas de salarios que se establecen en el Art. 41 ET.
      Lo de la rescisión del contraro no es obligatoria, me refiero a que no necesariamente tienes que solicitarla a no ser que la reducción de salario te afecte demasiado y no te sea rentable ir a trabajar.
      Te dejo el enlace del escrito y si tienes alguna otra duda estamos para intentar resolverla.

      Reforma Laboral 2012 (parte V)


  364. Buenos dias, me gustaria me asesorasen con respecto a mi situacion, soy unica empleada en una asociacion ,segun la asesoria me acojo al convenio de oficinas y despachos, segun la reforma laboral por causas economicas , y por perdidas te pueden despedir, me deben dos meses ,y ya accedi en marzo a que me bajaran una parte fuera de nomina, nos adeudan tambien un dinero que no sabemos si vamos a cobrar ( del que hay firmado un convenio), no quieren despedirme porque no tienen para pagarme el finiquito, y me han propuesto tomarme unos meses sin sueldo pagandome los seguros ( pienso que me lo tendrian que dar por escrito, sino se podria considerar abandono y perderia todos mis derechos, no me fio, perderia cobrar jun, jul, extra y Agosto que son mis vacaciones), y en septiembre a ver que pasa. Como ultima opcion en caso de no aceptar seria bajada de sueldo( hasta que cantidad), que en caso de no estar de acuerdo mi duda seria si me tiene que rescindir el contrato con menos indenizacion supongo, y si cobraria paro y por el total de las 40 horas semanales o en funcion de lo que me reduzcan..O tendria que aceptarlo si o si. El problema es que como no hay dinero, pues estoy jodida en todos los sentidos. Llevo como 15 años trabajados.
    .Gracias y un saludo.


    • Buenas Rosana,

      Lo que hablas de meses sin sueldo suele concebirse como una suspensión del contrato que se hace mediante un ERTE que tiene que negociarse y hacerse por escrito. Durante esos meses ellos te pagarían los seguros sociales tal y como comentas y tú cobrarías la prestación por desempleo.
      La otra opción que tiene la empresa es hacer simplemente un ERE, es decir, un despido por causas económicas, la indemnización correspondiente sería de 20 días de salario por año de servicio y si la empresa se declara insolvente tienes que ir a conciliación y después a juicio a reclamar la indemnización que en caso de empresas pequeñas como parece ser la del caso que comentas FOGASA se encargaría de tu indemnización.


      • Gracias por contestar: me gustaria me aclaraseis algunas dudas, os agradezco vuestra ayuda, pero esta situacion me resulta un poco complicada:

        Supuesto 1.

        Caso de que la empresa me de la carta de despido, por causas economicas, y no pueden pagar la indennizacion, de nuncio y cuando el juez declare la insolvencia de la empresa entonces me puedo ir al fogasa.

        En empresas de menos de 25 trabajadores es de 8 dia por año trabajado, si me correspondiese 13.500 euros de indennizacion y 16 años de antiguedad cuanto me pagaria el fogasa?? y los restantes 12 dias los pierdo??

        Supuesto 2:

        Caso de que me deban mas de tres salarios, puedo reclamar cantidades, denuncia, acto de conciliacion y en que consisitiria?? si deciden pagar que pasa con la denuncia ??
        y si no pagan , se dictaria sentencia de insolvencia y acudiria al fogasa.

        Supuesto 3

        Caso de que me esten pagando normal,y por causas economicas me quieren bajar el sueldo y no estoy de acuerdo, porque la situacion no me es rentable, tengo que denunciar y pedir que me rescindan mi contrato?? o solo denunciar ?? y hasta cuanto me pueden bajar el sueldo ?

        En caso de que no me esten pagando, no me podrian bajar el sueldo, porque los podria denunciar por reclamacion de cantidades??

        Se que es muy extensa la consulta, pero les agradezco su atencion.

        Saludos


  365. Hola,
    Buenas tardes, soy una trabajadora de una empresa deportiva acuatica. Resulta que llevamos desde que empezamos con retrasos en los cobros, y esta ultima vez hemos cobrado el viernes 26 de Mayo el sueldo de Marzo (aunque esto ya se ha repetido por lo menos otras dos veces mas, el tiempo de retraso de casi tres meses porque los demas meses era casi al acabar el mes siguiente al trabajado cuando hacian los ingresos). Hay algunos trabajadores que les estan pagando bien y a otros no como es mi caso. Me explico en mi caso yo tendria que estar cobrando desde octubre del 2011 una antiguedad de tres años, que hice en ese mes y no me la están pagando a tal fecha como hoy, he pedido explicaciones y no me dicen nada que ya se vera cuando me lo pagan pero es que veo que no llega la hora porque la ultima cosa que nos a pasado es que la empresa nos querian hacer firmar un acuerdo donde ponian una serie de condiciones (como que aceptamos no subirnos la subida de todos los años desde que empezamos a trabajar con ellos, y otras serie de cosas que eran mentira) , total que ese acuerdo yo y otras compañeras no lo firmamos porque no estabamos de acuerdo con lo que se decia en el, pero otros compañeros le firmaron porque decian que les daba igual;cosa que lo que pone es mentira en el acuerdo, pues a las personas que firmaron el acuerdo resulta que ha esas tres les han puesto las nominas bien con las subidas y la antiguedad, y a mi y a mis otras dos compañeras no, entonces el mes de marzo lo hemos cobrado diferente, lo que creo que no se puede hacer pagar a unos mas y a otros menos cuando encima estan ocupando los mismo puestos de trabajo con las mismas condiciones (horas, servicios, categoria,….) Estó lo considero una discriminación porque favorecen a unos y a otros no haciendo el mismo trabajo.
    Mi pregunta es: ¿Que podria hacer ante está situación???? Porque no se si les tendria que demandar a Inspeccion de trabajo, y poner una denuncia por lo social para reclamar el dinero, me podrias explicar de que deveria hacer.


    • Buenas,

      Sobre ese tema puedes consultar una entrada que ya hicimos es la siguiente: https://asesorialaboralgratis.wordpress.com/2011/10/28/mi-jefe-no-me-paga/
      Creo que más o menor responde a todas tus dudas y te indica que puedes hacer.


      • Hola,
        gracias, por haberme respondido.
        No me ha quedado muy claro entrando en el enlace que me has mandado.
        Por eso te comento la empresa nos paga pero con retraso de dos meses y pico, lo que quiero decir que para que haga los pagos al día y para reclamar mi antiguedad que es lo que no me están pagando desde octubre del 2011 y la subida del año, que tendria que hacer ir al Tribunal de arbitraje, y pedirselo y si ahí no hay acuerdo ya presentar una demanda por lo social??????????Yo soy de Valladolid, como lo puedo hacer que escrito y documentación tengo que llevar y donde tengo que acudir. Personalmente ya se lo he comunicado a la empresa pero ellos no hacen caso.
        Y luego con referencia a lo del trato desigual entre los trabajadores, en referencia de que ha unos les han puesto las nominas al día y a mi no, por donde puedo reclamar estó, porque es muy injusto que tu estes iendo a trabajar cumpliendo tus funciones y que te traten asi, favoreciendo a unos y a otros no como es mi caso, vamos que encima se rien en tu cara, habria algun art. en referencia a la ley del trabajador, donde se pueda ver estó.
        Muchas gracias por vuestra atención, espero respuesta.
        Un saludo.


      • Buenas,

        Por lo que puedo deducir de lo que cuentas el retraso en el pago no se produce por falta de liquidez de la empresa, al entender que si fuese así el retraso en el pago de los salarios sería generalizado y no afectaría solo a algunos trabajadores.
        En este caso puedes hacer uso del Art. 50 del estatuto que dice que «La falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado el trabajador tendrá derecho a las indemnizaciones señaladas para el despido improcedente». Si lo que quieres es solicitar es la rescisión simplemente comunica al empresario esta situación y tu intención de solicitar la rescisión y la indemnización correspondiente si la situación continua además de los correspondientes intereses por mora que se devengan del retraso en el pago de las nóminas correspondiente a un 10%.
        Con lo del trato diferenciado a los trabajadores para lo que te sirve es para que la empresa no pueda alegar falta de liquides o problemas económicos para el pago de los salarios por lo que no tendrán donde aferrarse.
        Espero haberte aclarado un poco más, igualmente ya sabes donde encontrarnos.


  366. buenas tardes mi empresa no me quiere firmar los formularios par asegurar a mi hijo ni la de mi lactancia q me corresponde como deberia proceder ello


    • Es un derecho del trabajador que el empresario no puede decidir. Envia un burofax a la empresa exigiendo que firmen los formularios, no se pueden negar.


  367. buenas trde mi pregunta es l siguiente no m depositan mi cuent ct desde el año psado como puedo proceder


    • Buenas,
      No entiendo la pregunta que has realizado, la puedes volver a repetir?


  368. hola buenas noches mi empresa me a ofrecido modificar el contrato sustanvialmente , es decir ,seria pasar de trabajar 40 horas semanales a 25 horas semanales de lunes a viernes y claro si no lo acepto mi contrato se extingiria automaticamente liquidandome asi a veinte dias por año trabajado con un maximo de nueve mensualidades .mi pregunta es que si se puede hacer eso si la empresa me dice q han bajado las ventas durante mas de seis meses aun q en la carta de modificacion no lo justifique?y por otro lado ,si acepto la media jornada pero demando el inem me podria pagar lo q voy a cobrar de menos aun q la empresa no presente un ere ? mucbas gracias y un saludo


    • Buenas,

      En efecto, la empresa puede realizarte una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. La indemnización que corresponde si lo que decides es rescindir el contrato de trabajo es la de 20 días de salario.
      Sobre lo de la prestación por desempleo, si tienes derecho a ella por haber cotizado el tiempo suficiente tienes que solicitar que te paguen la parte proporcional hasta alcanzar las 40 horas semanales.


      • hola muchas gracias por responder,pero en el inem me han dicho que no se me puede dar ninguna prestacion a no ser q sea damandante de empleo o si la empresa empresa ha presentado un ere y no es el caso aun que tenga un hijo a mi cargo me han dicho que no pero mi abogada me ha comentado que me la daberian dar que ella conoce casos y es que me ha dado la impresion de que en el inem me han querido despachar rapido ,un saludo


      • En relación con el desempleo parcial se entenderá por reducción temporal de la jornada diaria ordinaria de trabajo, aquella que se decida por el empresario al amparo de lo establecido en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores, sin que estén comprendidas las reducciones de jornada definitivas o que se extiendan a todo el período que resta de la vigencia del contrato de trabajo.

        Este texto esta extraido de la relación de situaciones protegidas que establece el ministerio de trabajo.


      • en el comunicado no pone que la reduccion sea temporal ,entonces no podria cobrar prestacion del inem


      • En este caso supongo que el inem entiende q como puedes negarte a la reducción pero la aceptas no tienen el porque pagarte una prestación.


      • vale,entonces y si yo no acepto la media jornada y me voy con mi liquidacion a veinte dias y mi paro completo ,podria segir adelante con una demanda ? y q es lo que podria ganar en caso de q lo hiciera ,los 45 dias o los 33 …………. por favor larespuesta a esto me ayudaria mucho ,gracias


      • Para empezar tienes que tener en cuenta que interponer una demanda no es simplemente presentarte en el juzgado y decir que como te han despedido quieres que te indemnicen. Una demanda tiene que tener una base, es decir, si por ejemplo el empresario no ha justificado y fundamentado suficientemente las causas que ha alegado para realizar la modificación sustancial de las condiciones de trabajo, ha incurrido en una discriminación por razón de sexo, ideología… o supuestos similares.
        La indemnización de 45 días te correspondería en caso de que el juez determinase que las modificaciones no estaban suficientemente justificadas y determina la improcedencia del despido. Si tu contrato era anterior a la entrada en vigor de la reforma laboral entonces te pertoca una indemnización de 45 días de salario por año de servicio hasta la fecha de entrada en vigor de la reforma laboral momento a partir del cual la indemnización se calcula sobre una base de 33 días por año de servicio.
        También ten en cuenta que en caso de interponer demanda y que esta siguiese para delante (primero tienes que ir a conciliación) la indemnización por despido improcedente no se te pagaría de forma inmediata ya que la jurisdicción de lo social está un poco colapsada y según que juzgados tardan hasta un año en ponerle fecha al juicio y eso siempre que el juez te diese la razón.


    • gracias de nuevo,estoy ahora mismo trabajando y hoy debo decidir hoy mismo por que se me cumple el plazo desde q me avisaron de todo esto y me gustaria que me recomendaran entre dos opciones, 1 irme hoy con lo que me dan, los veinte dias de liquidacion y para poder arreglar el paro a tiempo completo y despues demandar dentro del plazo porsupuesto y 2 quedarme a media jornada como se me a ofrecido ,demandar y correr el riesgo de despues cobrar el paro a tiempo parcial en caso de que me despidan o de perder la demanda ,yo creo que es un riesgo importante pero quedandome quizas tenga mas posibilidades de ganar .no se que hacer .Muchas gracias


      • Lamentablemente Jonay no puedo recomendarte qué hacer, simplemente te puedo decir que sucedería en ambos casos, lo de qué hacer queda a criterio de cada uno y depende mucho de tu situación personal y labora.
        Si aceptas quedarte pero de todos modos quieres demandar será para que un juez determine si las modificaciones llevadas a cabo por el empresario en base al Art. 41 ET son justificadas o injustificadas ( supongo que más o menos sabrás si lo son, pero no lo que tú creas si no la realidad). Si te vas pero aún así también demandas como ya te he comentado tiene que ser por el mismo presupuesto, porque las medidas de modificación no estas justificadas.
        Si te quedas, demandas y ganas la demanda lo que consigues es que te vuelvan a restablecer en las condiciones anteriores.
        Si te vas y ganas te indemnizarán pero dentro de un tiempo considerable.
        Si te quedas puede que cuando las cosas vuelvan a ir bien en la empresa te restituyan a una jornada completa.
        Como ya te he dicho me gustaría tener la respuesta exacta sobre lo que tienes que hacer pero es que sin conocer al empresario, sin conocer las circunstancias de la empresa y las tuyas es imposible saber cuál es la mejor opción.
        Muchas suerte con tu decisión, sea la que sea.


      • la verdad es q tengo un hijo estoy separado y tengo muchas cosas que pagar y casualmente hoy es mi cumpleaños jajajaja tiene guaza el asunto ,muchaw gracias por todo , de corazon


      • Feliz cumpleaños y ánimo! A las malas sigues teniendo la opción de tener trabajo a media jornada y la opción de poder buscar otro de otra media jornada.
        Ya verás como encontrarás solución a tus problemas!!


      • muchisimas gracias por todo


      • hola que tal ,bueno pues tengo una ultima duda,si hacepto lo q me ofrecen una reduccion de mi jornada laboral y de sueldo me podria hechar a atras con la decision de quedarme a media jornada y seguir igual con la liquidacion a veinte dias y con el paro completo ,es que creo q tendria veinte dias abiles para echarme atras es cierto eso


      • buenos dias ayer firme al final un papel q dice q no hacepto la media jornada por tanto hoy ya no trabajo pero q pasa q hoy tenvo q ir a firmar la liquidacio podria cojer solo el papel que necesito para el inem y no cojer el talon para poder luego demandar a la empresa


      • Puedes recoger tranquilamente el finiquito y a la vez demandar, no pasa nada.
        Piensa que para interponer demanda de conciliación ante el tribunal de arbitraje solo tienes 20 días!


  369. Buenos días: Mi empresa me ha comunido una bajada sustancial del salario y querria poder solicitar los 20 días por año por modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, Como debo proceder, debo poner papeleta de conciliacion, o mediante un escrito a mi jefe le informo que deseo la indemnización. Y que plazo tengo para realizarlo, Muchas gracias.


  370. El tema es el siguiente, se van a impartir unas clases de ingles en mi empresa. Según nos dicen, la empresa nos cederá 15min de nuestra jornada laboral y nosotros cederemos 75min de nuestro tiempo…
    Pero, según la nueva reforma laboral:
    La Reforma Laboral de 2012 ha proporcionado una nueva redacción al artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores.

    – “El trabajador tendrá derecho:

    […]

    – Los trabajadores con al menos un año de antigüedad en la empresa tienen derecho a un permiso retribuido de 20 horas anuales de formación vinculada al puesto de trabajo acumulables por un periodo de hasta tres años. La concreción del disfrute del permiso se fijará de mutuo acuerdo entre trabajador y empresario”.

    la consulta es: no sabemos si el permiso retribuido se refiere a la formación realizada de manera individual y personal por cada trabajador o la formación organizada por la empresa para los trabajadores.

    Muchas Gracias por adelantado.


    • Buenas Francisco,

      El permiso retribuido se refiere a formación que el trabajador requiera para el perfeccionamiento de su puesto de trabajo, esta formación la puede solicitar el trabajador o la puede imponer la empresa.


  371. Muchas gracias, Reciba un cordial saludo.


  372. Hola, soy Paco.

    En mi empresa me han dicho que me van a convertir mi contrato temporal en indefinido por concatenacion de contratos temporales. Se que hay un modelo (el 183) que lo convierte.

    La nueva normativa como afecta a esto?

    El nuevo contrato, que seria 189 (no bonificado) ¿que tipo de indefinido seria: fomento de emprendedores, ordinario… o tiene categoria propia?

    Gracias por vuestro tiempo!!


    • Hola Paco,
      Realmente no entiendo muy bien qué es lo que nos preguntas. Los contratos temporales convertidos en indefinidos no han sufrido ningún tipo de modificación tras la reforma laboral y las bonificaciones que estos contratos puedan tener no afectan al trabajador en sus condiciones de trabajo o en lo referente a sus derechos.
      Si el contrato que te hacen es Contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores no tendrás el período de prueba de un año porque ya prestabas servicios en la empresa así que esa normativa no te afecta.
      También indicarte que las bonificaciones dependen del tipo de empresa y de las características del trabajador (si es mayor de 50 años, si estaba desenpleado o si tenía riesgo de exclusión).


  373. En que casos se puede rebajar el salario base?


  374. Buenas tardes,
    podeis indicarme los pasos a seguir para comunicarle a mi empresa que me voy??? con la nueva reforma sigue vigente el preaviso de 15 dias? teneis algún modelo??? la empresa me debe las nominas de marzo y abril, ¿ tengo que denunciar ?, ¿ que me tienen que dar? lo de marcharme es porque he encontrado otro trabajo ademas de que nos han comunicado ( no por escrito) una bajada de salario y siguen sin abonar las nóminas, muchisimas gracias


    • Hola Lidia,
      La reforma laboral no ha establecido modificaciones en las cuestiones relativas a las bajas voluntarias por lo tanto, el preaviso de los 15 días continúa siendo el mismo, siempre claro está, que el convenio colectivo no estal
      blezca lo contrario.
      Sobre los salarios adeudados tienes el plazo de un año para reclamarlos, si no prescribe el derecho que tienes a ellos. Para reclamarlos dirigete al tribunal de arbitraje y mediación de tu provincia.
      Para la semana que viene estamos preparando una serie de modelos de documentos así que, ve visitándonos para consultarlos.


      • muchisimas gracias, estaré atenta a los modelos, saludos


  375. Buenas tardes: quisiera hacer una consulta que supongo me podreis resolver.resulta que el empresario comunicó el dia 27 de abril que el próximo mes bajará el sueldo y que el que no esté de acuerdo puede rescindir su contrato y él pagará 20 días por año trabajado. Mi duda es hasta que punto puede bajar el sueldo (qué cantidad), si esto seria indefinido o debe poner un periodo de tiempo el empresario, y si no están de acuerdo y deciden rescindir el contrato si tienen derecho a paro y a reclamar al menos 33 días por año trabajado.
    Las razones del empresario son falta de trabajo por competitividad pero la verdad es que ha ampliado el lugar de trabajo y ha incorporado vehículos nuevos hace una semana a la empresa.

    Muchas gracias de antemano!


    • Buenas,

      La cantidad límite para la bajada de salario es el salario mínimo interprofesional que siempre se debe respetar. El tiempo no está indicado, ni tampoco es necesario que el empresario lo indique, lo más normas sería que en cuanto la empresa deje de pasar por las causas que motivaron esa modificación se haya superado, pero a la práctica no estoy muy segura de que eso pueda ser así.
      Si decides rescindir el contrato tendrás derecho a prestación por desempleo si es que has cotizado un tiempo suficiente.
      No tienes derecho a reclamar una indemnización de 33 días que es la de despido improcedente, tienes derecho a acatar las modificaciones y a interponer una demanda para que un juez declare las medidas injustificadas y así que te volvieses a restituir las condiciones anteriores pero si tú rescindes el contrato no podrás solicitar el reconocimiento de un despido improcedente, no tienes base para esa demanda, a no ser que pudieses demostrar que había mala fé por parte del empresario y que tú no firmaste la rescisión del contrato si no que te engañó diciéndote que te despedía… o algo por el estilo, si no es así no creo que un juez aceptase esa demanda a trámite.
      No entiendo la justificación que dices que ha utilizado el empresario para llevar a cabo las modificaciones pero supongo que en el comunicado os ha especificado algo más. Es en la justificación donde puedes encontrar algo para solicitar a un juez que declare las modificaciones injustificadas, te recomiendo que leas bien la carta del empresario a ver qué dice exactamente.


      • buenas,
        gracias por la pronta respuesta.Solo queria comentar que el empresario solo lo ha comunicado de forma verbal y no escrita y lo que comunicó fue que a causa de la competencia no le aceptaban lo presupuestos entregados.Y luego otra pregunta,el salario minimo interprofesional donde se puede mirar cual es?
        Muchas gracias otra vez!


      • En este blog encontraras una entrada en la que hablamos del salario minimo y su cuantia, son unos 650euros, pero si leesel post veras exactamente su cuantia.


  376. Buenos tardes: Trabajo en una empresa de limpieza hace 13 años con un contrato indefinido a tiempo parcial (30 horas semanales), realizo mi trabajo en un sitio público, la empresa principal ha sacado el pliego de condiciones (ya que salimos a concurso) con una reducción de jornada de 2 horas para todo, somos en la plantilla 40 trabajadores. Lo que no reduce la empresa Principal en el pliego es el trabajo, ya que tenemos que hacer el mismo, puesto que todo sigue funcionando de la misma manera y además si sale algo nuevo también hay que realizarlo. ¿Es legal esta carga de trabajo que nos quieren aplicar?, ¿Estamos obligados hacer el mismo trabajo con dos horas menos? .La empresa principal no nos ha comunicado a los trabajadores nada únicamente ha sacado el pliego de condiciones y han salido a concurso. Ahora La nueva empresa que ha salido nos ha comunicado que la que no acepte o firme no conforme se va a la calle, con la respectiva indemnización…me guardo mi opinión. ¿esto es legal? ¿Podemos denunciar? ¿Tenemos que firmar la modificación de contrato obligatoriamente? ¿Podemos aceptar la modificación y denunciar? Puesto que la empresa ya nos ha dicho que a la calle la que firme no conforme por el motivo que sea ¿en ese caso como comunicar que no queremos rescindir el contrato pero estamos disconforme y que vamos a denunciar? Le agradecería que me dijera Cuál es la mejor opción. Muchas gracias.


    • Hola Irene,
      Comentarte que no puedo decirte cuál es la mejor opción ya que eso depende principalmete de tí y de tu situación (perjuicios que te cause continuar en la empresa, perjuicios de irte…) eso deberás valorarlo tú misma.
      La reducción de jornada es legal y si te piden que realices la misma cantidad de trabajo en menos tiempo, bueno, si la empresa ha estimado mediante un estudio de organizaicón y métodos del trabajo que hay una forma más eficiente de sacar el mismo trabajo en menos tiempo puede ser. En caso de que te exigiesen el mismo trabajo en menos tiempo y NADIE en la empresa sea capaz de hacerlo sería el momento en el que aparecerían las horas extras que ahora son legales en jornadas parciales, entiendo que no sería viable alegar reducción del rendimiento si lo que realmente lo que se ha reducido es la jornada.
      Si únicamente lo que hay es un pliego de un concurso público pero todavía no se ha otorgado ese concurso a ninguna empresa es normal que desde la dirección de la empresa no os hayan comunicado nada ya que seguramente ni ellos saben qué pasará.
      Cuando ante unas modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo no estás de acuerdo es el trabajador el que decide rescindir o no el contrato, o aceptar pero impugnar la modificación por considerarla injustificada (no creo que fuese el caso puesto que existe un contrato de prestación de servicios en que la empresa se compromete a prestar unos determinados servicios), en este segundo caso lo que hace el trabajador es continuar trabajando con las modificaciones pero mientras un juez decide si las modificaciones son justificadas, si no lo son el juez le dice a la empresa que vuelva a restablecer al trabajador las condiciones anteriores. Durante este pleito no se puede despedir al trabajador.
      En caso de que os mandasen «a la calle» a los trabajadores que no firmáseis habría que mirar qué es lo que hace el empresario, es decir, en qué justifica ese despido, si no se sabe la cuasa no te puedo decir si pueden o no pueden hacerlo, a lo mejor antes de las modificaciones lo que hacen es un ERE con los trabajadores que hayan manifestado su disconformidad, igualmente, la indemnización correspondiente es muy similar.
      Si lo que quieres es denunciar por las modificaciones de jornada lo que tienes que tener muy claro es que los motivos por los que vas a denunciar para que u juez acepte esa demanda serán la no justificación de las modificaciones.
      Espero haberte podido ser útil y que puedas resolver tu conflicto. Si tienes más dudas consúltanos todo lo que necesites.


  377. Buenas tardes: esta es mi situación:
    Llevo desde el 2009 trabajando en una clínica médica con diversos contratos encadenados. Desde el 01 de Julio de 2011 me han hecho un contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo y de interinidad, por una trabajadora que pidió un excedencia, y que en la actualidad mantengo.
    La empresa ha efectuado a un ere y va a prescindir de varias trabajadoras entre las que me encuentro YO. Mis preguntas
    ¿Tengo derecho a que se me mantenga en el puesto de trabajo hasta que dicha trabajadora (en excedencia) no se incorpore ?
    ¿Pedir la baja voluntaria implica no poder cobrar indemnización o el finiquito y no tener subsidio de desempleo?
    Esto último es que llevamos meses sin cobrar, y me parece una forma de presionar al pobre trabajador.


    • Hola María,
      Muchas veces las excedencias no implican que el trabajador que se encuentre en esa situación se reincorpore a la empresa. Cuando se realiza un ERE lo que sucede es que se amortizan puestos de trabajo entre los que en este caso se encuentra el del trabajador en excedencia por lo que su derecho a reintegrarse en su puesto de trabajo desaparece.
      Si pides la baja voluntaria lo único que implicará es que te quedarás sin cobrar la indemnización legal que te corresponde en caso de ERE de20 días por año de servicio.
      Si llevas meses sin cobrar lo que tienes que hacer es interponer una demanda, bueno, primero una conciliación porque puede que transcurra el plazo y tu derecho a solicitar esos salarios caduquen.


  378. Buenas tardes, yo queria saber si llevas 4 años trabjadno en una empresa privada, pides la excedencia por dos años, podria en esos dos años buscar trabajo y si se acabara ese nuevo contrato, cobrar paro hasta el dia de mi vuelta a la empresa??

    con dos años de excedencia te mantienen el puesto o tienes que esperar a que salga una vacante??
    gracias.


    • Hola Sergio,

      En las situaciones de excedencia voluntaria por cuidado de hijos o de familiares dependientes el trabajador tiene derecho a reserva de su puesto de trabajo por un período de un año, en los casos de excedencia voluntaria, sin justificación de cuidado de familiares no existe derecho de reserva del puesto de trabajo, simplemente existe derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría a la suya que hubiera o se produjeran en la empresa.
      Durante el periodo de excedencia acordado el contrato de trabajo no se ha extinguido si no que se ha quedado suspendido por lo que hasta que no haya una negativa por parte del empresario de extinguir la relación laboral o por parte del trabajador al no reingreso cuando acaba el período de excedencia no tienes derecho a solicitar una prestación por desempleo. Si durante la excedencia has tenido otro empleo creo que no tienes derecho a cobrar el desempleo hasta que no se produzca la negativa del empresario al reingreso en la empresa porque como ya te he dicho, el contrato de trabajo no se ha extinguido sino que se ha quedado suspendido. De todas maneras dirígete a la oficina del SEPE de tu localidad ya que a lo mejor puedes solicitar durante ese período algún tipo de prestación.


  379. Os queria hacer una pregunta. Yo trabajo para una firma que esta dentro de unos grandes almacenes de Palma que ahora abren los domingos. En nuestra boutique somos 4 dependientas, y yo soy la unica contratada de lunes a domingo, por lo tanto dicen que tengo que hacer yo todos los domingos, mientras que me den otro dia libre entre semana. El resto de firmas que vienen los domingos cobran un «plus» por venir ese dia a trabajar, pero yo no. Me gustaria saber si tengo derecho de cobrar algo mas por ir a trabajar ese dia, o si puedo pedir que cada una de las compañeras trabaje un domingo asi no es tan pesado para nadie. Por si ayuda en algo mas, se supone que nuestra firma esta dentro del convenio de Artes Graficas, por si hace cambia algo.
    Gracias


    • Hola Veronica,

      Si tu contrato es el único que dice que tu jornada laboral será de lunes a Domingo es lo que firmastes por lo que no te puedes negar a trabajar en la jornada a la que llegaste un acuerdo. Evidentemente, para la contabilización de tu jornada el trabajar un domingo no es como si realizases horas extras por lo que no vas a cobrar ningún plus, el resto que lo cobran es por el hecho de que en sus contratos se establece una jornada diferente de por ejemplo lunes a sábado.


  380. Buenas tardes,
    Me gustaría saber si pueden resolverme un par de dudas.En agosto de el pasado año (2011) presenté una baja voluntaria en una empresa en la cual estuve trabajando durante 9 años.Como no tenía derecho a paro, estuve buscando y por fin encontre un trabajo últimamente, en el que me han hecho un contrato a 30 horas semanales y de duración 17 dias con un periodo de prueba de 7 dias.Mi pregunta es la siguiente.Si no quiero renovar para otro contrato,¿tengo que avisar con antelación? y si ¿después de este contrato puede solicitar el paro?
    Muchas gracias


    • Hola Vero,
      Después de este contrato no puede solicitar una prestación por desempleo contributiva ya que la duración del contrato ha sido de tiempo inferior al del contrato anterior, es decir, tenías un trabajo estable con un contrato seguramente indefinido que al haber cambiado por un contrato de duración determinada no genera derecho a poder cojer el desempleo que generaste en el anterior trabajo. Esto es así porque se considera legalmente situaciones de intento de fraude a la administración, aunque no sea tu caso pero mucha gente hacía este tipo de «triquiñuelas» para cobrar durante un tiempo el desempleo.
      Por otra parte, indicarte que si lo que ha pasado es simplemente el fin de un contrato y el comienzo de otro no tienes que preavisar, simplemente decir que no quieres suscribir/firmar un nuevo contrato.
      Espero haberte sido de ayuda.


      • Muchas gracias,
        Esta mañana me pase por mi oficina del Inem y me dijeron que si yo hubiera trabajado nada más presentar mi baja voluntaria, no tendría derecho a paro, pero como han pasado por lo menos tres meses, en un principio sí, pero cada caso lo estudian para ver si se puede o no.Entonces durante cuanto tiempo tengo que trabajar para poder conseguir la prestación???
        Gracias de antemano



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